• Proyectos de ley que frenan el crecimiento del Perú

    En su Semáforo Legislativo, la CCL identificó 17 proyectos del Congreso y del Ejecutivo que van en contra de la institucionalidad, la inversión y el mercado laboral.

    25 de abril del 2022
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    Por: Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial (IEDEP) de la Cámara de Comercio de Lima

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    La coyuntura actual de desaceleración en la economía mundial es una mala noticia para el comercio exterior peruano. Según las recientes publicaciones de crecimiento del Fondo Monetario Internacional (FMI), las proyecciones de crecimiento de nuestros dos principales socios comerciales, como son China y Estados Unidos se redujeron entre octubre 2021 y abril 2022.

     

    En el caso de China, las estimaciones de crecimiento económico pasaron de 5,6% a 4,4%; mientras que, en el caso de Estados Unidos, pasó de 5,2% a 3,7%. Ello, significará una desaceleración del crecimiento de las exportaciones peruanas, tanto de productos tradicionales como no tradicionales. Incluso, esta tendencia puede reducir los altos términos de intercambio que nos favorecieron en el 2021.

     

    A esto se suma el afán de los poderes Ejecutivo y Legislativo de reactivar la economía a través del desahorro del sector privado, como el retiro de parte de los fondos privados de pensiones (AFP) y la libre disponibilidad de la Compensación por Tiempo de Servicios (CTS); así como el otorgamiento los bonos del Gobierno para la población vulnerable. Todas ellas medidas cortoplacistas y que no garantizan lo que requiere el país: un crecimiento económico sostenido.

     

    En esa dirección, el Semáforo Legislativo de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) identificó un grupo de 17 proyectos de ley del Congreso de la República que van en contra de la institucionalidad, la inversión y el mercado laboral y que cuyo efecto será inevitablemente frenar el potencial de crecimiento del país.

     

    Proyectos que afectan la Institucionalidad

    Existen nueve proyectos (PL 01641, 01642, 01653, 01660, 01675, 01680, 01681, 01682 y 01699) que van dirigidos a modificar los artículos 58, 59 y 60 de la Constitución Política del país. Estos, en resumen, buscan cambiar el régimen económico retornando a experiencias negativas de la década de los 80 con un Estado empresario, que afectaron las cuentas fiscales y la estabilidad macroeconómica.

     

    Peor aún, las propuestas legislativas presentadas por el Congreso plantean que el Estado oriente la actividad productiva, lo que restringe o limita toda iniciativa privada.

     

    De otro lado, los proyectos 01710 y 01705, presentados por el Poder Ejecutivo, pretenden modificar el artículo 61 de la Constitución prohibiendo los monopolios y oligopolios.

     

    Uno de los argumentos en la propuesta de la Ley Antimonopolios es que la falta de competencia y la existencia de monopolios y oligopolios genera abusos en los mercados generando incremento de precios y una mayor inflación.

     

    Sin embargo, en los últimos 22 años (2000-2021), el Perú es el país que ha registrado la menor inflación acumulada en la región llegando al 83%, por debajo de países como Chile (107%) y Bolivia (143%).

     

    Luego, está el PL 1016, que busca, a través de una Asamblea Constituyente, la reforma total de la Constitución, lo que, en la actual coyuntura, es uno de los factores que viene afectando las expectativas empresariales –que se encuentran en el tramo pesimista, según el Banco Central de Reserva del Perú (BCRP)–, perjudicando las perspectivas de inversión tan necesarias para alcanzar un mayor crecimiento económico.

     

    Iniciativas en contra de la Inversión

    La inversión es la principal fuente de la generación de empleo, necesaria si consideramos que anualmente se incorporan un promedio de 286.000 personas al mercado laboral. Sin embargo, hay tres proyectos de ley que afectarían la inversión actual y futura.

     

    Una de las modalidades de inversión son los contratos Estado a Estado (G2G). En dicha modalidad existen, a la fecha, cinco suscritos para la asistencia técnica en la gestión de los proyectos: Nueva Carretera Central y Vía Expresa Santa Rosa (Francia), Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios (Reino Unido), Hospitales Lorena y Sergio Bernales (Francia), Aeropuerto de Chinchero (Corea) y el Proyecto Especial de Inversión Pública Escuelas Bicentenario (Reino Unido).

     

    Se trata de S/ 26.724 millones en inversiones acompañadas por la asistencia técnica de las Oficinas de Gestión de Proyectos (PMO, por sus siglas en inglés) e implementadas por dichos países. Dichos PMO son constituidos por empresas públicas y/o privadas del país ganador.

     

    El proyecto de ley 1389 propone que, para futuros proyectos, se adicione al procedimiento de selección del país que brindará la asistencia técnica, estipulado en el Texto Único Ordenado (TUO) de la Ley de Contrataciones del Estado, un “estudio de mercado que evidencie que no existen proveedores domiciliados en el país con la capacidad de cumplir con dicho requerimiento”.

     

    En ese sentido, el IEDEP considera que la iniciativa es un procedimiento adicional y una carga gubernamental incongruente con este tipo de contrataciones, considerando que lo que se busca es un Estado con experiencia en la construcción y/u operación de proyectos que pueda asesorar al país en la gestión del proyecto, permitiendo ahorrar presupuesto y cumpliendo plazos.

     

    Por otro lado, la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC), creada de manera excepcional y temporal, es la encargada de implementar el Plan Integral de la Reconstrucción con Cambios ascendente a S/ 25.655 millones.

     

    En febrero de 2021, la Contraloría General de la República (CGR) informó que, durante el periodo 2017-2020, se había ejecutado el 52,8% del presupuesto asignado en ese periodo y que equivale a un avance del 31,6% del total del Plan.

     

    Ante esos resultados, el proyecto de ley 1265 propone desactivar la ARCC y transferir directamente los pliegos presupuestales de las obras en el estado que se encuentren a los gobiernos regionales y locales, según corresponda, e inclusive señala que las obras a cargo de ministerios deberán ser transferidas a los gobiernos regionales donde se ubique la obra.

     

    Para el IEDEP, esta es una iniciativa contraproducente para el avance del Plan considerando que los gobiernos subnacionales son los de menor ejecución presupuestal (en 2021 ejecutaron el 64% de su presupuesto asignado en comparación al 78% del Gobierno Nacional), debido a sus débiles capacidades y que la transferencia planteada no garantiza la resolución de los problemas que enfrenta la ARCC como, por ejemplo, incumplimientos que retrasan las intervenciones en las carteras de educación y salud.

     

    Afectando también la inversión, el proyecto de ley 800 busca derogar la Ley N° 27623 que dispone la devolución del Impuesto General a las Ventas (IGV) e Impuesto de Promoción Municipal a los titulares de la actividad minera durante la fase de exploración, así como su prórroga hasta el 31 de diciembre de 2022 (D.U. N° 021-2019).

     

    Desde el IEDEP, se considera que esta medida desalentará la inversión en la actividad exploratoria que involucra fuertes desembolsos de dinero y son altamente riesgosas. Esta propuesta puede afectar 63 proyectos de exploración minera cuyo costo asciende a US$ 586 millones, sobre todo teniendo en cuenta que recientemente el Instituto FRASER reportó, en su encuesta 2021, la pérdida de atractivo del Perú como plaza para inversiones mineras, situando a nuestro país en el puesto 42° entre 84 jurisdicciones.

     

    Proyectos en materia Laboral

    En materia laboral, el PL 01420/2021-CR busca igualar la remuneración de los trabajadores de la empresa tercerizadora con el percibido por los trabajadores de la empresa principal, además del derecho a participar en las utilidades tanto en la empresa principal como en su empresa empleadora.

     

    Lo que hay que precisar es que la empresa tercerizadora está a cargo del trabajador y que pretender cobrar utilidades en ambas empresas provoca una mayor brecha de desigualdad en la medida que trabajar para terceros genera un privilegio de recibir doble utilidad.

     

    Por otro lado, el PL 01588 contempla establecer la remuneración mínima vital (RMV) en relación a la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) desvirtuando las bases técnicas del cálculo de la RMV en detrimento de variables que sí reflejan características propias del salario como la productividad y la inflación.

     

    En todo caso, el IEDEP reitera que debe ser la Comisión Técnica de Productividad y Salario Mínimo la que establezca el mecanismo de reajuste y su periodicidad. Las consecuencias de dichas propuestas ya son sabidas, un menor empleo formal y un reacomodo de los trabajadores hacia una oportunidad de empleo en el sector informal.

     

    Leyes que afectarían a las Pensiones

    Los PL 01056, 01181 y 01405 plantean trasladar los fondos previsionales a cualquier producto del sistema financiero que les asegure rentabilidad y liquidez. Esto muestra un desconocimiento del objetivo de los fondos de pensiones que es un horizonte de inversiones de largo plazo que aseguren una buena pensión de jubilación.

     

    Pero, para que este sistema funcione, se necesita que existan aportantes activos, lo que no ocurre en nuestro país, donde los trabajadores se van trasladando de un empleo formal a informal y viceversa y, como consecuencia, el número de años de aporte es muy reducido y que no les permite acceder a una pensión importante.

     

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