• Pautas para regularizar el Impuesto a la Renta 2020

    8 de abril del 2021
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    A solo unos días del inicio del cronograma final para la Regularización del Impuesto a la Renta 2020, unas 100,000 empresas ya presentaron, de forma anticipada, esta información ante la Sunat. La gran mayoría de contribuyentes acatan esta obligación en los plazos establecidos en el cronograma final, el cual, va del 25 de marzo del 12 de abril, de acuerdo al último dígito del número de RUC.

     

    La declaración anual se presenta vía internet, mediante el Formulario Virtual N° 710 (simplificado o completo) que contiene información referencial del saldo a favor, los pagos a cuenta y las retenciones del impuesto, así como el impuesto temporal a los activos netos (ITAN) que no haya sido aplicado como crédito contra los pagos a cuenta.

     

    Aquellas personas jurídicas que al efectuar la declaración anual tengan un impuesto por pagar, cuentan con la opción de acogerse de inmediato al beneficio del fraccionamiento y/o aplazamiento de la deuda tributaria, mediante el enlace habilitado al presentar la declaración. De lo contrario, pueden hacerlo a partir del sexto día hábil siguiente de la presentación de la declaración anual.

     

    Esta alternativa es para aquellas empresas que en el 2020 tuvieron ingresos que no superaron los 645,000 soles (150 UIT). En el caso de las empresas con ingresos anuales mayores a ese monto pueden acogerse al fraccionamiento desde el primer día hábil de mayo, por intermedio de Sunat Virtual.

     

    Al presentar esa solicitud, el contribuyente tiene la opción de solicitar el aplazamiento de su deuda hasta por seis meses, el fraccionamiento hasta por 72 meses o el aplazamiento y fraccionamiento.

     

    Revise aquí en detalle las principales disposiciones que deben de tener en cuenta las personas naturales y empresas para regularizar el IR del 2020.

     

    Impuesto a la Renta de Personas Naturales

    Impuesto a la Renta de Empresas

    Reparto de Utilidades a los trabajadores

    ¿Cómo gestionar la devolución del IR 2020 pagado en exceso?

     

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