• CAN aprueba norma para reducir impacto de mayores costos en fletes

    Con esta norma de la CAN se busca evitar que se generen sobrecostos a los productores y se incremente el precio de los bienes finales al consumidor, con lo cual se hace frente a la crisis del transporte internacional marítimo de mercancías y la disrupción de la cadena de suministro motivada por la falta de buques en operación, el cierre intermitente en puertos por el Covid-19, el congestionamiento de puertos y la escasez de contenedores.

    17 de Marzo del 2022
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    Frente al incremento de las tarifas de los fletes internacionales, la Comunidad Andina (CAN) aprobó hoy la norma que faculta a los Países Miembros: Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú a reducir temporalmente un porcentaje de los gastos de transporte para la determinación del valor en aduana.

     

    La Decisión fue adoptada en el marco del Periodo 126 de sesiones ordinarias de la Comisión de la CAN presidida por el viceministro de Comercio Exterior de Ecuador como Presidencia Pro Tempore de la CAN, Daniel Legarda. Participaron los viceministros de Comercio de Bolivia, Benjamín Blanco; de Colombia, Andrés Cárdenas, de Perú, Ana Cecilia Gervasi y el secretario general de la Comunidad Andina, Jorge Hernando Pedraza.

     

    “Con esta norma se busca evitar que se generen sobrecostos a los productores y a su vez no se incremente el precio de los bienes finales al consumidor final, con lo cual se hace frente a la crisis actual que vive el sector de transporte internacional marítimo de mercancías y la disrupción de la cadena de suministro motivada entre otros, por la falta de buques en operación, el cierre intermitente en puertos por el Covid-19, el congestionamiento de puertos y la escasez de contenedores”, explicó el jefe del organismo andino.

     

    Reducción de gastos

     

    De acuerdo con la Decisión, cada país podrá aplicar temporalmente, para las subpartidas arancelarias que determine, la reducción de un porcentaje de los gastos de transporte y/o gastos conexos, conforme lo establece la Decisión 571 “Valor en aduana de las mercancías importadas”.

     

    Asimismo, el país que adopte este mecanismo, debe comunicarlo a la Secretaría General de la CAN dentro de los 90 días hábiles a partir de su entrada en vigencia, a fin de que sea puesta en conocimiento de los demás países.

     

    Proyectos

     

    Del mismo modo, en la sesión se aprobó la Decisión que permitirá desarrollar dos proyectos en el marco del Fondo de Iniciativas Comunitarias (FIC), impulsado por la Secretaría General de la CAN: uno para la formación de auditores en buenas prácticas de manufactura y otro para implementar un Centro Regional de Inteligencia Fitosanitaria Andina.

     

    De igual forma, en la reunión, el secretario general de la Comunidad Andina presentó el estado de avance de los temas relacionados al proceso de reactivación económica de la región en tema referidos a la agenda agropecuaria andina, agenda digital andina, comercio electrónico, cuarta revolución industrial, propiedad intelectual, cadenas regionales de valor, el proyecto INTERCOM para facilitar el comercio, entre otros, lo cual fue destacado por los viceministros presentes en la sesión.

     

     

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