Renzo León-Velarde: “Sunat debe dar mayor plazo para que empresas se adecúen a facturación electrónica”
El gerente general de Digiflow, Renzo León Velarde, explica los alcances del proyecto de la Administración Tributaria para el envío de facturas y recibos por honorarios electrónicos.
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Raquel Tineo
¿Cómo ha sido el avance del factoring en lo que va del año?
Ha avanzado de forma muy significativa porque han aparecido una serie de entidades financieras dedicadas exclusivamente a este rubro y ellas han sido el motor del factoring electrónico.
Así, las entidades financieras tradicionales han empezado a mirar hacia nosotros los emisores para tratar de no perder presencia en el mercado, porque prácticamente ahora todo el que negocia con una factura lo hace a través de empresas de factoring, y no en el sistema financiero.
Sunat ha pre-publicado un proyecto para implementar la plataforma de conformidad de facturas y recibos por honorarios electrónicos. ¿Cómo ve la propuesta?
En una palabra, te lo resumo: mala. La intención es excelente, pero la ejecución no va a ser uniforme. Esta reglamentación viene tarde, ha demorado en ser publicada.
Por lo tanto, esto ha llevado a Sunat a tener que apretar el cronograma para que todo salga como estaba previsto el 1 de enero. ¿Qué significa eso? El emisor en general tiene hasta ocho días, contando desde el día de la emisión para enviar su documento a Sunat.
Se iba a dar una vigencia de tres meses para dar tiempo a que todos los sectores económicos puedan tratar de adecuarse a esta nueva expectativa de publicación y transcurridos esos meses, el primero de enero entraban en vigencia esos dos días.
Ahora, están apretando ese plazo para que solamente el emisor tenga 15 días para adecuarse. Esos días son del 15 al 31 diciembre.
Es decir, al cierre de año, en campaña, donde más se necesita ponerle foco al negocio. Uno tiene que haberse adaptado de ocho a dos días sin importar en qué industria trabaje, de qué tamaño sea la empresa o cuál sea su estacionalidad.
Eso será, definitivamente, muy traumático. Eso también lleva a que la plataforma de Sunat tenga la robustez de recibir toda esta documentación, procesarla y publicarla en tiempo récord.
A eso hay que sumarle que, desde enero hasta abril, cerca de medio millón de emisores de la micro y pequeña empresa pasarán a ser emisores obligatorios de la factura electrónica.
Entonces, el volumen de emisores y negocios va a aumentar inmensamente en el curso electrónico.
¿Qué se debería hacer?
La recomendación es que se dé un poco más de tiempo, enero, febrero marzo, para los cuatro días de emisión, y recién a partir del 1 de abril empecemos a ver las emisiones a dos días.
Nosotros, desde Digiflow como emisores, hemos hecho todas las adecuaciones para que nuestros clientes puedan cumplir con la norma, pero esa forma de implementar va en contra de la naturaleza de los negocios.
Adicionalmente, ¿qué tendría que mejorarse en dicho reglamento?
Por otro lado, hay una afectación al octavo día para el emprendedor, porque antes, desde la fecha de emisión de la factura electrónica yo ya tenía derecho al uso de mi crédito fiscal.
Ahora, es desde la fecha de aceptación, la cual se tiene que dar en ocho días o de lo contrario se considera una aceptación tácita.
¿Qué pasa si el cliente vende el 26 del mes? Si espero que llegue el día de aceptación tácita, ese crédito fiscal ya pasó para el siguiente mes, afectando directamente la rentabilidad del flujo del mes en ejercicio.
¿Qué pasa si es un mes de campaña? Mis compras no me van a servir como crédito fiscal para la inversión que estoy haciendo.
Es importante incentivar que el privado pueda tener un sistema automatizado, que la empresa privada, los proveedores de facturación electrónica, de punto de venta en general, puedan atender a sus clientes para ayudarlos a una aceptación más ágil, que les permita tener beneficios del mismo emisor, porque si yo le acepto la factura en uno o dos días, se va a poder negociar mucha más rápido y el aceptante tendrá su crédito fiscal cuando lo necesita.
¿Sunat ha recibido el feedback de parte de ustedes los emisores?
Siempre que Sunat desarrolla cambios normativos lo consulta con los proveedores o con los que estamos en el sistema de comprobantes de pago electrónico, en términos de aceptación que puedan tener con los clientes.
Sin embargo, en este caso puntual, lo que sucede es que está ejecutando un reglamento que viene desde el Ministerio de Economía y Finanzas y el Ministerio de la Producción.
Por lo tanto, es más un ejecutor que un generador de la norma. En este caso, Sunat tiene las manos atadas.
Tendría que venir de los propios ministerios la reconsideración de los plazos. Depende de ellos alguna rectificación o ratificación.
Entiendo que varios gremios han dedicado largas cartas explicando por qué se requiere esta ampliación.
No rechazando la adaptación, sino por el contrario, estamos de acuerdo, pero pedimos que se haga de la manera correcta, dándole tiempo suficiente a los contribuyentes para adecuarse.
Entonces, esas cartas podrían o no tener un efecto en los ministerios. Hasta ahora, por lo menos, todo sigue tal cual indica la resolución.