• 19.10.2021 / 10:38 am

    A partir del 1 de enero del próximo año, las facturas electrónicas deben enviarse a la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) o al Operador de Servicios Electrónicos (OSE), según corresponda, en un periodo no mayor de dos días calendarios, contados desde su emisión, para que estos comprobantes electrónicos sean considerados válidos. […]


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MAPFRE  hASTA 08/06/2023
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