• Pasos para denunciar barreras burocráticas

    Estas son impuestas por las entidades públicas, obstaculizan las actividades económicas, transgreden los principios de la simplificación administrativa y afectan al ciudadano y a las empresas.

    4 de octubre del 2021
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    Por Víctor Zavala

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    La Cámara de Comercio de Lima informa los pasos a seguir para identificar y denunciar barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad que imponen las entidades públicas a los ciudadanos y a las empresas en general, en el desarrollo de sus actividades de producción, comercialización y de prestación de servicios, en el marco de una iniciativa privada libre y las normas de una economía social de mercado que dispone la Constitución.

     

    Las trabas burocráticas son impuestas por las entidades del Poder Ejecutivo, los gobiernos regionales y municipales mediante decretos supremos, resoluciones ministeriales, ordenanzas regionales y municipales que afectan mayormente a las pequeñas empresas que no pueden acceder o permanecer en el mercado formal y que se ven obligadas a refugiarse en la creciente informalidad que caracteriza a nuestro país.

     

    ¿Cuáles son las barreras?

    Constituyen barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad las ex igenc ias , requ isit os , limitaciones, prohibiciones o cobros no dispuestos por ley, para la realización de las actividades económicas que imponen las entidades públicas a los administrados y que afectan los principios y normas de simplificación administrativa contenidas en la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

     

    ¿Cómo se identifican?

    Para identificar la existencia de una barrera burocrática deben presenta rse tres requisitos concurrentes: Son impuestas por las entidades públicas (ministerios/ municipalidades); impiden u obstaculizan las actividades económicas; y/o transgreden los principios de la simplificación administrativa y afectan al ciudadano y a las empresas en general.

     

    Libre iniciativa privada

    Las barreras burocráticas afectan el derecho constitucional de libre iniciativa privada que tienen las personas naturales y jurídicas a dedicarse a las actividades económicas de su preferencia, sean de producción, comercialización y a la prestación de servicios cumpliendo con la ley.

     

    Clases de barreras

    Las barreras burocráticas pueden ser ilegales, esto es, cuando se trata de restricciones, exigencias o requisitos no dispuestos previamente por la ley; y carentes de razonabilidad, esto es, cuando su objeto o finalidad o las exigencias impuestas carecen de razonabilidad o proporcionalidad y son contrarias a la simplificación administrativa y a las normas de una economía social de mercado que garantiza la Constitución.

     

    Labor del Indecopi

    La Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas (CEB) y la Sala Especializada del Tribunal del Indecopi son las entidades encargadas de identificar y sancionar las trabas burocráticas ilegales o no razonables, sea por denuncia de parte o mediante la actuación de oficio por parte de la CEB.

     

    La CEB es la que identifica y sanciona las barreras burocráticas establecidas en decretos supremos, resoluciones ministeriales, ordenanzas regionales, ordenanzas y decretos municipales.

     

    Cabe señalar que la CEB no solo actúa por denuncia de los afectados, sino también de oficio, cuando la traba impuesta afecta a un significativo número de ciudadanos y empresas.

     

    Asimismo, la CEB tiene la facultad de imponer sanciones y multas a los funcionarios públicos que imponen las barreras burocráticas ilegales o carentes de razonabilidad. Las sanciones y multas pueden ser desde la amonestación hasta multa de 20 UIT (actualmente S/ 88.000).

     

    En los procedimientos iniciados de oficio, la CEB está facultada para interponer demanda de acción popular contra los decretos supremos, resoluciones ministeriales, ordenanzas y decretos municipales que impone las barreras, con el objeto de lograr su modificación o derogación.

     

    Denuncia ante la CEB

    Los ciudadanos y empresas afectados por una barrera burocrática ilegal o carente de razonabilidad pueden formular denuncia ante la CEB.

     

    Para ello deben de cumplir lo siguiente: pagan los derechos de trámite (13,36% de S/ 4.400 = S/ 587); identificarse con sus datos personales y poderes; exponer los fundamentos de hecho y de derecho que sustenta su denuncia; identificar a la autoridad o funcionario que impuso la barrera y presentar la documentación que sustente los hechos expuestos en su denuncia.

     

    La CEB debe atender la denuncia en un plazo de 120 días hábiles. De no estar conforme con lo que resuelve la CEB, el denunciante puede apelar ante el Tribunal del Indeocpi en un plazo máximo de 5 días hábiles de haberse notificado la resolución de la CEB.

     

    Casos en los que la CEB sanciona

    Cuando se incumpla el mandato de inaplicación o eliminación de la barrera burocrática; cuando se impongan restricciones al libre tránsito (Art. 61 – Ley de Tributación Municipal); cuando se impongan barreras ya declaradas ilegales por el Indecopi; cuando la barrera burocrática declarada exija requisitos adicionales para obtener la licencia de funcionamiento o cuando contravengan la Ley de Regulación de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones.

     

    Además, cuando se establezcan plazos mayores para el otorgamiento de licencias y permisos; cuando la entidad no cumpla con el principio de silencio administrativo positivo previsto en la Ley 29060; o cuando se exija documentación e información prohibida en los artículos 40 y 41 de la Ley 27444 – Ley del Procedimiento Administrativo General.

     

    Principales barreras ilegales en el 2021

     

    Municipalidad de Lima Res. 456 -2021/SEL-Indecopi (22/09/21).- La Sala del Indecopi declaró barrera burocrática la exigencia de la MML (Ord. 2087) de contar con Estudios de Impacto Vial para el desarrollo de proyectos de edificación de centros educativos.

     

    Gobierno Regional de Arequipa Res. 471-2021/SEL-Indecopi (22/09/21).- Declaró barrera burocrática la calificación con silencio administrativo negativo al Procedimiento Habilitación Vehicular para transporte de personas, trabajadores y turistas materializada en el TUPA del Gobierno Regional de Arequipa.

     

    Municipalidad de Lima Res. 476 -2021/SEL-Indecopi (22/09/21).- Declara barrera burocrática ilegal el impedimento de que los vehículos de transporte de carga y/o mercancías de las categorías N2, N3, O3 y O4 circulen en ciertos tramos de la Panamericana Sur y Panamericana Norte entre las 06:30 hasta las 10:00 horas, por carriles no considerados preferenciales.

     

    Municipalidad de Huancayo Res. 512-2021/SEL-Indecopi (22/09/21).- Declara barrera burocrática ilegal el cobro por derecho de tramitación de S/ 18,10 para obtener y renovar el carnet de habilitación del conductor y establece horarios de desinfección de vehículos.

     

    Municipalidad de Yanahuara Res. 513-2021/SEL-Indecopi (22/09/21).- Declara barrera burocrática ilegal la imposición de un plazo de vigencia de un año para las autorizaciones de instalación de anuncios y propaganda en bienes de dominio público.

     

    Municipalidad de Chanchamayo Res. 520-2021/ SEL-Indecopi (22/09/21).- Declara barrera burocrática la exigencia al transportador autorizado de expedir obligatoriamente los comprobantes de pago por la explotación de línea y por cualquier tipo de pago que realicen los propietarios y/o comisionistas y/o conductores a los empresarios, bajo sanción de multa y cancelación del permiso.

     

    Municipalidad de Huancayo Res. 521-2021/SEL-Indecopi (22/09/21).- Declara barrera burocrática ilegal la suspensión de la inscripción de vehículos de la categoría M1 con 7 asientos, en la modalidad de taxi empresa.

     

    Municipalidad de Sullana Res. 138 -2020/Indecopi-PIU (22/09/21).- Declara barrera burocrática ilegal la imposición de un régimen de evaluación previa con plazo de 30 días para la tramitación de una autorización para la instalación de infraestructura de telecomunicaciones.

     

    Municipalidad de Tambopata Res. 17-2021/ Indecopi-CUS (24/07/21).- Declaran barrera burocrática ilegal a la Ord. 044-2020-CMPT-SO, que establece medidas de control contra el COVID-19 que exceden a las normas de bioseguridad establecidas por el Ministerio de Salud (Minsa).

     

    Municipalidad de Lima Res. 216 -2021/SEL-Indecopi (25/06/21).- Declara barrera burocrática la exigencia de la MML (Ord. 386) que obliga a ceder el 3% del terreno como aporte para Renovación de Habilitación Urbana con fines comerciales, más el 2% del terreno para servicios públicos.

     

    Municipalidad del Callao Res. 248 -2021/SEL-Indecopi (25/06/21).- Declara barrera burocrática ilegal la exigencia (Ord. 043) de contar con paraderos de taxi en el tercer carril de acceso al Aeropuerto Jorge Chávez.

     

    Municipalidad de Huancayo Res. 265-2021/SEL-Indecopi (25/06/21).- Declara barrera burocrática ilegal (Ord. 528-2015) el cobro por derecho de tramitación y por renovación de autorización del Servicio de Taxi Estación – Empresa.

     

    Devolución de subsidios EsSalud Res. 269-2021/SEL-Indecopi (25/06/21).- Declara barrera burocrática ilegal (Acuerdo 58-14-EsSALUD) que dispone un plazo de 6 meses para solicitar devolución de subsidios por maternidad, que fueron pagados por la empresa por cuenta del EsSALUD.

     

    Ministerio de Transportes Res. 290-2021/SEL-Indecopi (25/06/21).- Declara barrera burocrática ilegal la exigencia (RD 11581-2008-MTC) que dispone que los Centros de Inspección Técnica Vehicular, cuenten con un mínimo de 5 establecimientos para vehículos de visitantes.

     

    Municipalidad de Villa El Salvador Res. 238-2021/SEL-Indecopi (04/05/21).- Declara barrera burocrática ilegal la ordenanza que obliga a instalar un Centro de Videovigilancia en establecimientos comerciales.

     

    Municipalidad de Chorrillos Res. 246 -2021/SEL-Indecopi (04/05/21).- Declara barrera burocrática ilegal impuesta por la municipalidad que obliga a instalar un sistema de videovigilancia en establecimientos comerciales e industriales en el distrito.

     

    Municipalidad de Cajamarca Res. 201-2021/SEL-Indecopi (04/05/21).- Declara barreras burocráticas las exigencias no previstas en la ley para la aprobación automática de licencias de edificaciones en su jurisdicción.

     

    Municipalidad del Callao Res. 219-2021/SEL-Indecopi (04/05/21).- Declara barrera burocrática ilegal la exigencia de contar con certificado de conformidad ambiental para operar en el terminal portuario.

     

    Municipalidad del Callao Res. 22-2021/SEL-Indecopi (23/04/21).- Declara barrera burocrática ilegal el cobro de arbitrios de parques y jardines del año 2017 dirigidos a aeropuertos, dispuesto por la Ord. 036-2016.

     

    Municipalidad de San Isidro Res. 185-2021/SEL-Indecopi (23/04/21).- Declara barrera burocrática ilegal el cobro de arbitrios de seguridad ciudadana del año 2018, dispuesto por la Ord. 462 en dicha jurisdicción.

     

    Municipalidad de Huancayo Res. 185-2021/SEL-Indecopi (23/04/21).- Declara barrera burocrática ilegal los cobros por derecho de tramitación de autorización de ruta para transporte de personas en áreas y vías no saturadas por congestión vehicular y contaminación ambiental.

     

    Municipalidad de Huancayo Res. 196 -2021/SEL-Indecopi (23/04/21).- Declara barreras burocráticas diversas prohibiciones sobre el transporte terrestre dispuesto por la municipalidad.

     

    Municipalidad del Santa Res. 199-2020-Indecopi-LAL (30/03/21).- Declara barrera burocrática ilegal diversos cobros por derechos de trámite para autorización de obras/trabajos en vía pública, dispuesto por la Ord. 09-2007 en su jurisdicción.

     

    Municipalidad de Huancavelica Res. 300-2020/ Indecopi-JUN (25/02/21).- Declara barrera burocrática ilegal diversas restricciones relativas al servicios de transporte público, contenidas en la Ord. 025-2016.

     

    Municipalidad de Chanchamayo Res. 196-2020/ Indecopi-JUN (28/01/21).- Declara barreras burocráticas ilegales diversos requisitos, exigencias, limitaciones y prohibiciones al servicio de transporte terrestre, contenidas en la Ord. 04-2019 en dicha jurisdicción.

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