Lima y Callao: prohíben motos con acompañantes por razones de seguridad

El Decreto Supremo N.º 046-2025-PCM, publicado el 13 de abril del 2025 en el diario oficial El Peruano, establece nuevas restricciones para la circulación de vehículos motorizados menores en Lima Metropolitana y el Callao. La medida responde al incremento de actos delictivos cometidos con este tipo de vehículos y se enmarca en el estado de emergencia vigente en ambas jurisdicciones.

¿Qué establece el decreto?

La norma prohíbe que los vehículos de las categorías L1 y L3 circulen con acompañantes. Además, restringe el uso de accesorios adicionales al casco que cubran el rostro del conductor, como pasamontañas o máscaras.

Vehículos comprendidos:

· Categoría L1: motocicletas de dos ruedas con cilindrada de hasta 50 cm³ y velocidad máxima de 50 km/h.

· Categoría L3: motocicletas de dos ruedas con cilindrada mayor a 50 cm³ o velocidad superior a 50 km/h.

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Defensoría del Pueblo propone medidas ante uso de motos lineales.

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Motivo de la medida

Según el Ejecutivo, se busca reducir delitos como el sicariato y el robo agravado, ya que bandas criminales utilizan estos vehículos para desplazarse con rapidez y evadir a la autoridad. Esta restricción estará vigente mientras dure el estado de emergencia, declarado actualmente hasta el 16 de mayo del 2025, con posibilidad de prórroga.

Críticas y posibles vulneraciones constitucionales

Diversos especialistas y representantes de gremios de motociclistas han expresado su preocupación por posibles vulneraciones a derechos constitucionales:

· Libertad de tránsito: la restricción de llevar acompañante puede considerarse excesiva.

· Igualdad ante la ley: si no se aplica de forma uniforme, podría generar discriminación.

· Propiedad privada: limita el uso legítimo del bien por parte de su titular.

· Derecho al trabajo: afecta a quienes utilizan estos vehículos como herramienta laboral.

¿Hay precedentes?

Sí. En países como Colombia, se implementaron restricciones similares, como la prohibición de circular con acompañante en motocicleta. No obstante, estudios han demostrado que estas medidas no son efectivas por sí solas y deben ser parte de estrategias integrales de seguridad ciudadana para lograr resultados sostenibles.

Delivery bajo nueva regulación

El Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) complementó el decreto con los Decretos Supremos N.º 006 y 007-2025-MTC, centrados en el servicio de entrega rápida (delivery). Las principales disposiciones incluyen:

· Se crea un registro obligatorio para empresas prestadoras del servicio.

· Solo pueden usarse vehículos L1 y L3 que cuenten con sistema de frenos, sistema sonoro, alumbrado delantero y trasero, láminas retroreflectivas, y cajuela para reparto de mercancía, identificada con la Placa Única Nacional de Rodaje, fijada al chasis posterior.

· El servicio solo puede ser prestado por conductores habilitados en el Registro Nacional de Prestadores y Conductores del Servicio y Actividad de Transporte de Envíos de Entrega Rápida.

· Está prohibido llevar acompañantes durante la prestación del servicio.

Además, se ha actualizado el Reglamento de Placa Única Nacional de Rodaje en conformidad con la Ley N.º 32184, que modificó las características de las placas únicas nacionales de rodaje para vehículos motorizados menores.

Finalmente, debemos señalar que, si bien la seguridad ciudadana es un objetivo legítimo del Estado y un derecho de todos los ciudadanos, su consecución debe equilibrarse con la garantía de los derechos fundamentales, y las medidas que se tomen deben ser acompañadas de mecanismos de monitoreo y evaluación para asegurar su efectividad.

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Auditorías en seguridad y salud en el trabajo: claves para cumplir con la ley

La Ley 29783, de Seguridad y Salud en el Trabajo, establece que los empleadores deben realizar auditorías periódicas al Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo (SGSST), con el fin de verificar su aplicación, adecuación y eficacia en la prevención de riesgos laborales.

Estas auditorías deben ser realizadas por auditores independientes y contar con la participación activa de los trabajadores y de sus representantes, desde la elección del auditor hasta el análisis de los resultados obtenidos.

El proceso de auditoría permite evaluar si la estrategia global del SGSST cumple con los objetivos trazados y si facilita la identificación de áreas de mejora, ajustes en la política interna y reformulación de metas.

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Los resultados deben ser documentados, registrados y comunicados al Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo, así como a los trabajadores y sus organizaciones sindicales. Para ello, las empresas deben mantener un Registro de Auditoría, donde se consigne el informe de auditoría; hallazgos detectados; no conformidades y observaciones; y el plan de acción para subsanar dichas no conformidades.

Normas laborales

Normas laborales

El incumplimiento de esta obligación puede derivar en sanciones por parte de la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), por lo que resulta fundamental que las empresas adopten un enfoque en la gestión de auditorías de seguridad y salud en el trabajo.

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Obras por Impuestos alcanzan los S/12 140 millones y fortalecen la infraestructura del país

El mecanismo de Obras por Impuestos (OxI) se ha consolidado como una herramienta eficaz para reducir brechas sociales y mejorar la calidad de los servicios públicos, especialmente en regiones con baja ejecución pública o limitada capacidad técnica. Desde su creación en el 2008, ha movilizado más de S/ 12 140 millones en inversiones ejecutadas por el sector privado, beneficiando a más de 28 millones de peruanos en 22 regiones del país.

El éxito de OxI radica en permitir que las empresas privadas financien proyectos utilizando el Impuesto a la Renta que deberían pagar al Estado. A través de este sistema, el Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) puede redirigir recursos a otras prioridades mientras se garantiza el avance de obras estratégicas.

Data informativa.

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Durante el 2024, se adjudicaron 126 proyectos por un valor de S/ 4 204 millones, con la participación por primera vez de 73 empresas y 42 entidades públicas. En el 2025, solo en el primer trimestre, ya se han adjudicado 62 proyectos por S/ 380 millones.

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Regiones líderes en ejecución

Cinco regiones concentran el 63 % de toda la inversión de OxI, con S/ 7 642 millones. Se trata de Cusco, con 95 proyectos por S/ 1 087 millones; Arequipa (79 proyectos por S/ 1 598 millones); Áncash (72 proyectos por S/ 2 815 millones); La Libertad (57 proyectos por S/ 874 millones); e Ica (51 proyectos por S/ 1 271 millones).

Estas inversiones se han focalizado en educación y salud, facilitando el acceso a servicios básicos y promoviendo el desarrollo territorial.

Además, regiones como Ayacucho, Apurímac, San Martín, Tumbes y Lambayeque se han integrado gradualmente al mecanismo en los últimos cinco años, ampliando la cobertura de OxI a casi todo el país.

Respaldo institucional y mejoras normativas

Es importante resaltar que el MEF ha implementado medidas para ampliar el alcance de OXI, como la simplificación de trámites, ampliación de sectores y la mejora de las condiciones para una mayor participación empresarial.

En ese sentido, en febrero del 2024, el MEF aumentó los topes de los Certificados de Inversión Pública Regional y Local (CIPRL), lo que permitirá que los gobiernos regionales y locales puedan acelerar el desarrollo de infraestructura de calidad. Antes de la medida, los gobiernos regionales, locales y universidades públicas disponían de un tope máximo de S/ 33 828 millones para financiar y ejecutar OXI. Con los cambios realizados, ese tope se elevó a S/ 46 185 millones.

El mayor incremento se da para los gobiernos locales por S/ 24 764 millones, lo que representa un incremento del 57 %. Para el caso de los gobiernos regionales, el tope será de S/ 19 683 millones, monto mayor en 16 % al establecido en 2024. Asimismo, destaca el incremento del 74 % del tope destinado a las 53 universidades públicas por S/ 1 738 millones.

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OxI al servicio de la seguridad ciudadana

Aunque los sectores de Educación (24 %), Transporte (22 %) y Salud (18 %) lideran las inversiones, Saneamiento (11 %) y Orden público y Seguridad (9 %) vienen ganando protagonismo. Estos últimos han escalado una importante presencia con inversiones que suman S/ 1 374 millones y S/ 1 048 millones, respectivamente.

En el caso de los proyectos de Orden público y Seguridad, ya se han ejecutado 73 proyectos por más de S/ 1 000 millones, incluyendo la construcción de comisarías, centros de vigilancia y compra de patrulleros y equipamiento policial. De este total, siete proyectos corresponden al Gobierno Nacional por 82 000 000, nueve a cargo de los Gobiernos Regionales (S/ 252 millones) y 57 a cargo de los Gobiernos Locales (S/ 714 millones).

Según el registro de mayores inversiones, sobresalen dos proyectos. Se trata de la “Creación del servicio de Seguridad Ciudadana local en el centro de comando, control, comunicación, cómputo y monitoreo” en Ica por 87 000 000; y el proyecto “Mejoramiento y ampliación del servicio de Seguridad Ciudadana local en serenazgo de Maynas, Punchana, Belén y San Juan Bautista”, en la provincia de Maynas, departamento de Loreto, por S/ 66 millones.

Para el 2025, se espera concretar la adjudicación de 62 proyectos en seguridad con una inversión estimada en S/ 2 700 millones.

En suma, el mecanismo de Obras por Impuestos se ha consolidado como una alternativa innovadora y efectiva para cerrar brechas sociales, acelerar la ejecución de obras públicas y fomentar alianzas entre el Estado y el sector privado. Su expansión progresiva y los resultados alcanzados evidencian su valor como catalizador del desarrollo sostenible en el Perú.

Data informativa.

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