Horario de verano
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Roberto Yupanqui
Si bien nos encontramos en plena etapa de reactivación económica, algunas empresas y comercios continuaron laborando durante la cuarentena.
Aquí figuran los servicios esenciales como el abastecimiento de alimentos, servicios de salud, expendio de medicamentos, servicios financieros, servicios de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, combustibles, telecomunicaciones y actividades conexas; donde los trabajadores desarrollaron sus actividades con normalidad, ya sea en la modalidad remota –desde casa– o de forma presencial cumpliendo con los protocolos correspondientes, conforme a la Resolución Ministerial N° 972-2020-MINSA.
Precisamente en estos meses, las áreas y departamentos de Recursos Humanos informan a sus trabajadores sobre las medidas a ser adoptadas durante la estación de verano. Al respecto, se han recibido consultas referidas al tema sobre si estas tendrían algún tratamiento en particular considerando la incidencia del trabajo remoto y/o las normas laborales dadas por el Gobierno con motivo de la pandemia.
Fiscalización
Lo cierto es que no existe un tratamiento en particular a considerar. Es decir, las empresas que opten por implementar esta medida, pueden realizarlo de forma similar como lo realizado en años anteriores, aun cuando parte de sus trabajadores se encuentren en el trabajo remoto.
En tanto, las acciones de fiscalización, seguimiento o control que realicen a los trabajadores en trabajo remoto comprenderán el tiempo de trabajo comprendido en el horario de verano. Lo mismo ocurrirá para el caso de medias jornadas previo al inicio del fin de semana si fuese el caso.
Esta clase de medidas forman parte de lo que habitualmente se conoce como “remuneración emocional”; componente del conjunto de beneficios que en situaciones como las que venimos atravesando, bien podría ser muy valorado.
Por ello, corresponde a cada empresa o comercio evaluar la pertinencia o no de estas medidas, considerando la muy particular situación en la que actualmente nos encontramos.