En los últimos años, el Perú ha ampliado las licencias y beneficios dirigidos a los trabajadores con responsabilidades familiares. Estas medidas buscan facilitar el cuidado de los hijos y atender situaciones personales complejas, como enfermedades graves, fallecimientos o procesos de adopción.
Estos son los principales derechos vigentes para los padres trabajadores y cómo se comparan con los otorgados en otros países.
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Licencia por paternidad alcanza los 10 días
Desde 2018, los padres trabajadores tienen derecho a una licencia por paternidad de 10 días calendario consecutivos con goce de haber.
Este permiso puede iniciarse desde la fecha de nacimiento del hijo, cuando la madre o el bebé reciben el alta médica o hasta tres días antes de la fecha probable de parto, siempre que exista la certificación médica correspondiente.
La licencia también puede extenderse en determinados casos. Se amplía a 20 días por nacimientos prematuros o partos múltiples, y a 30 días cuando el recién nacido presenta una enfermedad congénita terminal, una discapacidad severa o si la madre enfrenta complicaciones graves de salud.
Asimismo, si la madre fallece durante el parto o mientras disfruta de su licencia por maternidad, el padre puede acceder al periodo restante con goce de remuneración.
Asignación familiar y licencia por adopción
Los trabajadores del sector privado tienen derecho a percibir una asignación familiar equivalente al 10 % de la remuneración mínima vital, siempre que acrediten tener uno o más hijos.
En tanto, quienes adopten a un menor de hasta 12 años pueden acceder a una licencia remunerada de 30 días naturales, contados desde la entrega oficial del niño o niña. En el caso de matrimonios adoptantes, la licencia corresponde a la madre.
Permisos por enfermedad o fallecimiento de familiares
La legislación peruana también contempla licencias para atender situaciones familiares delicadas.
Los trabajadores pueden acceder a siete días de licencia remunerada para acompañar a un hijo, padre, madre, cónyuge, conviviente o persona bajo su tutela que padezca una enfermedad grave, terminal o haya sufrido un accidente que comprometa seriamente su vida. Este plazo puede ampliarse hasta por 30 días adicionales, descontándose del periodo vacacional.
Por otro lado, cuando fallece un hijo, cónyuge, padre, madre o hermano, el trabajador tiene derecho a cinco días de licencia, que pueden ampliarse si el deceso ocurre en una ciudad distinta al centro laboral.
Apoyo a familiares con discapacidad
Los trabajadores de los sectores público y privado también pueden solicitar permisos para acompañar a hijos menores con discapacidad, personas con discapacidad bajo su tutela o familiares dependientes a consultas médicas y terapias de rehabilitación.
La licencia con goce de haber puede alcanzar hasta 56 horas al año, utilizadas de manera continua o alternada.
Empresas pueden ser sancionadas
Las empresas que incumplan estas obligaciones pueden ser denunciadas ante la Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil), recordó Mauro Ugaz, socio del Área Laboral de EY Perú.
Dependiendo del número de trabajadores afectados, las multas pueden oscilar entre S/14 465 y S/288 915.
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