Depósito legal
Reproducir:
Roberto Yupanqui
Seguramente al leer un libro habrá notado que en la página de créditos o derechos se suele leer la expresión “Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú”, acompañada de un código. Para ser precisos el Depósito Legal es la obligación que tienen tanto las personas naturales como jurídicas, en su calidad de editores, productores, fabricantes, u otros de hacer entrega a la Biblioteca Nacional del Perú un determinado número de ejemplares del material bibliográfico impreso, producido o distribuido en el Perú.
El Depósito Legal está normado por la Ley 26905 y su Reglamento es el DS. 0117-98-ED. Asimismo se considera material bibliográfico todo producto o información del conocimiento humano, registrado sobre cualquier soporte. Realizar esta entrega tiene como finalidad acopiar, incrementar, preservar y difundir el Patrimonio Bibliográfico Nacional.
Cabe señalar que la omisión a esta obligación da lugar a la imposición de multas. Además, realizar el trámite supone cumplir con una serie de pasos debidamente coordinados, antes de imprimir la obra definitiva.
Así tenemos que, a través de la página web de la Biblioteca Nacional del Perú (Plataforma SIPAD), se debe gestionar un número de registro de Depósito Legal, cuya obtención no tiene costo y se otorgará un certificado provisional de Depósito Legal con el número asignado.
Una vez impresa la publicación, se deberá exhibir en un lugar visible la razón social y domicilio legal del editor e impresor, la frase “Hecho el Depósito Legal en la Biblioteca Nacional del Perú” y el número asignado, el nombre del autor, el mes y año de la publicación.
Por último, dentro del plazo de 30 días hábiles de impresa la obra, debe entregarse a la Biblioteca Nacional del Perú los ejemplares que correspondan según el artículo 4° de la Ley y recabar, posteriormente, el Certificado de Depósito Legal definitivo que acreditará el cumplimiento de la ley.