• Congreso propone exigir antecedentes penales para adquirir motos lineales

    El proyecto de ley destaca el incremento de crímenes cometidos mediante el uso indebido de motos.

    8 de mayo del 2025
    Presenta PL para restringir compra de motos lineales en Perú.
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    El congresista Juan Carlos Martín Lizarzaburu Lizarzaburu, de Alianza Para el Progreso (APP), presentó el Proyecto de Ley N.º 11037, que propone la obligatoriedad de presentar antecedentes penales y cumplir con otros requisitos para adquirir motos en el Perú.

    El documento detalla que la iniciativa, titulada «Ley que fortalece la seguridad ciudadana mediante la incorporación de los artículos 4-B y 4-C en la Ley N.º 27181, Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, para la adquisición y responsabilidad en las transacciones de vehículos menores motorizados», tiene como finalidad contribuir a la prevención de delitos.

    Para alcanzar este objetivo, se plantea agregar los artículos 4-B y 4-C a la Ley General de Transporte y Tránsito Terrestre, quedando redactados de la siguiente manera:

    Artículo 4-B. Requisitos para la adquisición de vehículos menores motorizados

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    La compra de vehículos menores motorizados pertenecientes a la categoría L, según la clasificación vehicular establecida en el Anexo I del Decreto Supremo 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehículos, estará condicionada al cumplimiento de los siguientes requisitos:

    • Licencia de conducir.

    • Copia del Documento Nacional de Identidad (DNI) legalizado.

    • Antecedentes Penales

    • Antecedentes Policiales

    • Para el caso de extranjeros, además, condición migratoria habilitante vigente.

    Defensoría del Pueblo propone medidas ante uso de motos lineales.

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    Asimismo, se indica que estos requisitos también serán obligatorios para alquilar los vehículos menores motorizados, previa inscripción en el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC). Por otro lado, el artículo 4-C aborda la «responsabilidad administrativa en las transacciones de vehículos menores motorizados».

    «Las personas naturales y jurídicas que, al transferir, alquilar, prestar, donar o permutar vehículos menores motorizados de la categoría L de la clasificación vehicular contenida en el Anexo I del Decreto Supremo 058-2003-MTC, Reglamento Nacional de Vehículos; no hayan cumplido con acreditar ante el MTC, lo previsto en el artículo 4-B de la presente Ley, alcanzan responsabilidad administrativa», indica.

    Proyecto de ley sobre la compra de motos lineales

    Las disposiciones complementarias finales del proyecto indican que el Poder Ejecutivo deberá aprobar el reglamento de esta ley en un plazo máximo de «noventa días hábiles» desde su entrada en vigor. Asimismo, la iniciativa propone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones (MTC) cree el Registro de Adquisiciones de Vehículos Menores Motorizados para garantizar el cumplimiento de la norma.

    En su exposición de motivos, el proyecto señala que en los últimos años se ha observado un «incremento exponencial de delitos» cometidos utilizando estos vehículos menores como medio de transporte.

    Por ello, se consideran necesarias las nuevas exigencias para ejercer un control adecuado y prevenir la «distorsión del verdadero objetivo» de estos vehículos.

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