• ¿Cómo proteger su patrimonio familiar?

    25 de marzo del 2024
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    Por Roberto Yupanqui

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    En tiempos de incertidumbre económica, la preocupación para asegurar el futuro de quienes dependen de nosotros no es menor. En el Código Civil, existe una figura legal que permite proteger parte del patrimonio con el fin de beneficiar en el futuro a nuestros dependientes.

    Esta figura es conocida como el Patrimonio Familiar, una institución jurídica que permite al titular de un inmueble afectarlo de manera permanente para destinarlo como casa habitación o para su aprovechamiento en actividades como la agricultura, artesanía, industria o comercio, en beneficio del cónyuge e hijos menores o incapaces; así como de los padres en estado de necesidad o los hermanos menores o incapaces.

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    El inmueble sujeto al patrimonio familiar se convierte en inalienable (no se puede vender o dar en garantía), indivisible y, lo más importante, inembargable. Esto garantiza que el mismo sirva de manera permanente como morada o sustento de las personas destinadas como beneficiarias por el instituyente o titular del predio.

    El patrimonio familiar será válido en la medida que no exceda de lo necesario para la morada o el sustento de los beneficiarios, siendo obligatorio o explotar directamente el predio, según corresponda. En caso de fallecimiento del constituyente del patrimonio familiar, se procederá a su sucesión respecto al bien afectado, asegurando así su continuidad mientras sus beneficiarios lo sigan siendo. Su constitución puede realizarse de forma judicial o notarial.

     

     

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    Establecen nuevas condiciones para justificar el incremento patrimonial

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