• Víctor Cruzado: Tributación y economía digital

    Hoy no es necesario tener presencia física para generar beneficios o rentas, por lo que el principal reto de la tributación es adaptar sus normas a la realidad digital de la economía.

    9 de julio del 2021
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    Por: Víctor Cruzado Ribeyro

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    La economía digital es un nuevo modelo que se caracteriza por el uso masivo de la Tecnología de la Información y Comunicación (TIC) y la interacción de ésta con la Internet, produciendo con esto lo que se conoce como la cuarta revolución industrial.

     

    Las TIC son el conjunto de recursos, herramientas y programas que se utilizan para procesar, gestionar y compartir información mediante soportes tecnológicos como tablets, teléfonos móviles, laptop, etc.

     

    Elementos

     

    Los elementos que caracterizan a la economía digital son:

     

    Dinamismo: Hay movilidad de activos, funciones y personas (en un curso virtual podemos participar desde cualquier parte del mundo).

     

    Transcendencia de los datos: Es la materia prima de la economía digital. Los usuarios somos conscientes que compartimos nuestros datos (preferencias, likes, lugares favoritos, etc) con empresas (facebook, google, etc.) que nos entregan sus productos a cambio de nuestros datos, los cuales son posteriormente comercializados por ellas.

     

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    Impacto de la Red: Es el impacto de unos usuarios en otros (Instagram o Tiktok).

     

    Uso de plataformas multilaterales: Facilitan la interacción entre los clientes y proveedores (Amazon, Alibaba, Booking o las plataformas de videojuegos).

     

    Inestabilidad de la posición de los mercados: La información fluye muy rápido y las empresas deben adaptarse con la misma velocidad, de otro modo su posición en el mercado puede cambiar. (Nokia o Blackberry fueron líderes, hoy en día han dejado de serlo).

     

    Tendencia al Oligopolio: Como las empresas saben que la posición en el mercado es volátil, esto los lleva a mantener posiciones de oligopolio (Amazon o Facebook).

     

    Tributación

     

    Desde el punto de vista tributario enfrentamos un serio problema, pues nuestras normas se basan en el concepto de presencia física.

     

    Hoy podemos comprar un libro a través del aplicativo “Busca Libre”, que se encuentra en España, para ser enviado al Perú, y de dicha transacción surgen una serie de preguntas: ¿dónde se debe pagar el impuesto a la renta? ¿en España donde se encuentra la librería?, ¿es en el país donde se encuentra el servidor de Busca Libre?, ¿acaso en el país donde se encuentre registrados los derechos de autor? o ¿en Perú que es el país donde se aprovecha económicamente el producto o servicio adquirido?.

     

    Actualmente, no es necesario tener presencia física para generar beneficios o rentas susceptibles de ser gravadas, por lo que el principal reto de la tributación es adaptar sus normas a la realidad digital de la economía.

     

    Interrogantes

     

    La tarea concreta en materia tributaria es definir tratamientos nuevos y responder a una serie de interrogantes:

     

    1. Establecer un nexo de conexión: Deben ampliarse los criterios de conexión de territorialidad y domicilio, pues las empresas obtienen beneficios económicos sin necesidad de tener presencia física en Perú, por lo que urge un nuevo concepto de nexo que considere presencia económica, sin tener presencia física.
    2. Calificación de rentas: ¿Cómo gravamos los nuevos modelos de negocios digitales? Los datos que les damos a las páginas sociales ¿tienen un valor?; ¿como los gravamos y que tipo de rentas son?
    3. Recaudación del IGV: ¿Quién debe pagar el IGV en la economía digital, el vendedor o el comprador?
    4. Difícil determinación del domicilio de los operadores: Hay mucha movilidad de las empresas. El servidor puede estar en un país distinto al domicilio del vendedor.
    5. El concepto de Establecimiento Permanente: Está obsoleto pues solo regula la presencia física.
    6. Pérdida de recaudación: ¿Los robots deben tributar? Ellos reemplazan a una persona que pagaba impuestos.
    7. El uso de las nuevas tecnologías por la Administración Tributaria: La Sunat no dispone de suficiente información para evaluar los ingresos percibidos por los contribuyentes en esta nueva economía.

     

    Sin duda, hay muchos temas pendientes por tratar y debemos orientar todos nuestros esfuerzos en normar estos asuntos, de la mano con lo que se viene sugiriendo la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) y no trabajar de manera aislada.

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