Miguel Honores: «Sector construcción se recuperaría a partir de abril”

¿Cuál es su opinión sobre la creación de la Autoridad Nacional de Infraestructura para reemplazar a la Autoridad para la Reconstrucción con Cambios (ARCC)?

Estaría de acuerdo si este organismo tiene objetivos puramente técnicos y sin ningún tipo de injerencia política;  pero sobre todo que tenga un marco normativo donde se establezcan funciones específicas. Además, que sea una entidad autónoma o adscrita a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM).

 

Actualmente es necesario contar con un organismo especializado y técnico, con profesionales altamente capacitados, probos y bien remunerados encargados de gestionar y planificar los grandes proyectos de infraestructura que ahora mismo están en diferentes entidades ejecutoras de diversos ministerios y organismos gubernamentales.

 

A la vez, la Autoridad Nacional de Infraestructura también podría gestionar los grandes proyectos públicos de gobiernos regionales y municipales, que claramente han demostrado que no tienen las competencias para gestionarlos, evidenciando por años, un nivel de ineficiencia en el avance de sus presupuestos y ejecución de obras.

 

¿Qué regiones registran menor ejecución de su presupuesto?

Conforme a nuestro Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial (IEDEP) de la CCL, en el 2022 el presupuesto asignado para proyectos de inversión pública en 25 regiones fue de S/ 13.800 millones, de los cuales se ejecutaron S/ 9.165 millones al cierre del año, lo que significó un avance del 66,4%. De este grupo, las regiones con menores avances fueron Huánuco (30,6%), Cajamarca (41,4%) y Áncash (44,9%).

 

Ahora, para el año fiscal 2023, el presupuesto asignado es similar al año pasado, con S/ 13.917 millones, de los cuales, al 28 de marzo, apenas se ejecutaron S/ 1.048 millones, lo que significa un avance paupérrimo de 7,5%. Las regiones con menores avances fueron Pasco, Puno y Áncash, con 2%, 2, 6% y 3%, respectivamente.

 

Como se observa, Áncash repite esta condición como una de las regiones que no gasta adecuadamente su presupuesto, monto que se asigna para la contratación de obras y servicios para el beneficio de la población.

 

¿Cuáles deberían ser las funciones específicas de este nuevo organismo?

Planificar, gestionar, y ejecutar todos los proyectos de infraestructura que el país necesita construir de cara al tan ansiado cierre de la brecha de infraestructura que tenemos. De la misma manera, continuar con la ampliación de infraestructura en sectores como salud, educación, justicia, transporte, entre otros. Por ejemplo, en el sector transporte se requiere la modernización de carreteras y aeropuertos, a fin de potenciar los polos de desarrollo del país.

 

Precisamente, los sectores mencionados cuentan con importantes presupuestos, pero lamentablemente no saben ejecutarlos de manera adecuada.

 

Por ello, considero que este nuevo organismo debería trabajar de la mano con la Agencia de Promoción de la Inversión Privada (ProInversión), ente ejecutor adscrito al MEF.

 

Con respecto a su presupuesto, este debería ser necesario para ejecutar estos grandes proyectos puesto que tendrá un alcance nacional considerando, además, que la brecha de infraestructura se estima en US$ 200.000 millones.

 

¿Y qué debe hacer el Gobierno para una acción adecuada ante los desastres naturales?

El Gobierno debe tener una acción preventiva más que reactiva. Para lograrlo debe haber un mayor control sobre el desarrollo de expedientes técnicos de obras de prevención y rehabilitación en zonas vulnerables con asistencia especializada, así como la supervisión de los procesos de contracción de empresas. Esto es muy importante para materializar los proyectos.

 

Y a fin de evitar más tragedias, también es importante declarar la intangibilidad de quebradas y cuencas hídricas, de manera que nadie pueda construir viviendas en esas zonas. Ya vimos las consecuencias lamentables que genera la presencia de huaicos e inundaciones desatados por el efecto del ciclón Yaku.

 

Ante la convulsión social y eventos climatológicos, ¿cómo estima que le irá a su sector (construcción) en estos meses?

Las estimaciones para marzo apuntan a cerrar en rojo, pero no a un nivel tan fuerte como lo fueron en febrero o enero (-11,7%).

 

Estimamos que, a partir de abril, el sector construcción empiece su recuperación, dado que existe una gran necesidad de iniciar las obras en distintas regiones, las que requieren vías de acceso, colegios, hospitales y otros.

 

Como se sabe, las afectaciones a nuestro sector no solo responden a la presencia de los eventos climatológicos, sino por un contexto de convulsión social y crisis política que se viene dando desde hace varios años.

 

¿Y para el cierre del año?

Esperemos alcanzar cifras similares a las del año pasado (+2,98%). El problema es que Perú se ha vuelto un país muy inestable. Nos gustaría dar algunas estimaciones, pero con este clima de inestabilidad es muy difícil saber lo que va a pasar.

 

Este crecimiento será producto de un mayor impulso de la inversión pública, debido a la necesidad de la reconstrucción de caminos y carreteras, hospitales, colegios emblemáticos, así como la Línea 2 del Metro de Lima y Callao, que va a buen ritmo. Lamentablemente, la inversión privada tendrá una variación negativa este año (-0,5%), tal como lo estimó el Banco Central de Reserva.




Sector textil y confecciones ha sido golpeado por conflictos sociales y desastres

La economía peruana se está desacelerando, siendo muy afectada por los conflictos sociales a inicios de año. Esta tendencia también está afectando al sector textil y confecciones.

 

Así lo manifestó el director institucional de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), Carlos Posada, durante el conversatorio “Panorama Político y Naturaleza: Impacto en el sector indumentaria”, evento de la CCL que se llevó a cabo el 28 de marzo.

 

Afirmó que el PBI de Perú en enero fue de -1,12% como consecuencia de las protestas. “El efecto fue muy duro. Hemos tenido casi 16 regiones convulsionadas que nos llevó a una caída del PBI”.

 

Los sectores que más se vieron perjudicados fueron: Minería -3,6% y Construcción -11,7%. Por lo que el Banco Central de Reserva (BCR)se vio obligado a reducir su proyección de crecimiento. “Todo apunta a que febrero será también complicado por el efecto arrastre de las protestas y el peso de las regiones del norte (16%) en el PBI nacional”, expresó.

 

Posada afirmó que en el tercer trimestre del 2021 el sector textil y confecciones creció 14,2%, mientras que en el 2022 se expandió 27,5%. En el cuarto trimestre del 2021 creció 13,9% mientras que en similar periodo del 2022 hubo un fuerte bajón y solo se expandió 4,2% debido a bloqueo de carreteras, protestas, cierre de comercios, distribución complicada y menor comercio local y exterior.

 

“El PBI se está desacelerando, estamos entrando a un terreno complicado y se deben prender todas las alarmas”, comentó.

 

Asimismo, expresó que las exportaciones peruanas al cierre del 2022 llegaron a US$ 63.355 millones, pero la cifra pudo haber sido de US$ 67.000 millones. Sin embargo, las afectaron la inestabilidad, las protestas, el cierre de carreteras y los efectos colaterales.

Predictibilidad

 

Posada aseguró que si bien son positivas las iniciativas como el Programa Con Punche Perú, debemos reconocer que es necesario dar mayor estabilidad y predictibilidad.

 

“La principal preocupación en el exterior países es la predictibilidad. Si permanente estamos en cambios de ministros, viceministro y vacancias, esto es muy nocivo para los que quieren apostar por el país. Todos debemos exigir respeto a la institucionalidad. La agenda país está muy apartada de la institucionalidad, tal vez es algo que debemos repensar”, sostuvo.

 

Fenómenos climatológicos

Por su parte, el viceministro de MYPE e Industria, Javier Dávila Quevedo, explicó que el sector textil y confecciones se ha visto muy golpeado por los conflictos sociales y los fenómenos climatológicos.

 

La problemática del sectro también incluye la invasión de importaciones chinas, pobres condiciones laborales, baja productividad, falta de innovación e investigación, ausencia de diseño, ingeniería y tendencias; alta informalidad y atomización de empresas, dificultades de acceso y uso del financiamiento, y reducido alcance de compras estatales.

 

Dávila indicó que entre el 2016 y 2019, el sector textil y confecciones registró una ligera contracción de 1,3% en promedio anual, pese a registrar su mejor año en el 2018, con un aumento de 3,4%.

 

En el 2020 el sector cayó 31% por efectos de la pandemia, mientras que en el 2021 registró un crecimiento de 28,8% debido a un efecto estadístico, pero aún no supera los niveles prepandemia.

 

La industria contribuye con el 6,9% al PBI manufacturero y con el 0,9% al PBI nacional y genera 391.000 empleos. Asimismo, refirió que 12.586 empresas salieron del mercado durante la pandemia, y de esas solo 4.000 están bancarizadas, es decir accedieron a financiamiento.

 

Dávila sostuvo que, en el Ejecutivo, se está estudiando la posibilidad de dar financiamiento para las empresas del sector, entre otras medidas.

 

«Se va a anunciar un conjunto de medidas en cuanto a competencia desleal, financiamiento, entre otros, que permitan una mejor gestión y atacar diferentes frentes de la problemática del sector», puntualizó.

 

Cadena de abastecimiento

A su vez, el presidente del Gremio de Indumentaria de la CCL, Luis Antonio Aspillaga, indicó que las empresas del sector textil y confecciones fueron muy golpeadas por la pandemia. Además, les sigue afectando el aumento de las tasas de interés, debido al entorno local e internacional.

 

Muchos conglomerados decidieron cerrar parte de sus negocios ya sea hilandería o confección por la pandemia del Covid-19. Así, la cadena de abastecimiento se ha vuelto más compleja y larga, por lo que los costos son más altos; mientras que los clientes que compran prendas de Asia tiene que hacerlo con plazos más largos lo que genera mayores costos.

 

A ello se suma, los temores de inflación y recesión en Estados Unidos. “Es como una nube gris en la economía de EE.UU. y la gente está en compás de espera”.

 

Aspíllaga consideró que el 2023 será un año “flat”, pero hacia el segundo semestre se registrarán órdenes urgentes y se presentarán oportunidades de negocio.

 

Manifestó que la sostenibilidad y transparencia serán claves en los próximos años, ya que los consumidores valoran cada vez más estos temas, lo cual dará a Perú una posición ventajosa.

 

“Los jóvenes comparan más, no solo ven la etiqueta, sino que la marca habla más que el glamour y la moda”, comentó al agregar que la ocupabilidad de las tiendas de retail están en un alto nivel lo que también debe aprovecharse.




Donaciones y sus efectos tributarios: todo lo que debe saber

Como es de público conocimiento, las fuertes lluvias producidas en nuestro país en las últimas semanas, han ocasionado cuantiosos daños materiales y pérdidas de vidas humanas. En respuesta, el Gobierno Nacional ha declarado en emergencia a las zonas más afectadas, con la finalidad de gestionar la recuperación de las mismas.

 

A propósito de ello, a la vez que invocamos a nuestros asociados y ciudadanía en general, a expresar su solidaridad con las víctimas de estos desastres naturales, a través de la entrega de bienes, consideramos pertinente hacer un recuento de la normativa tributaria vigente aplicable a las donaciones.

 

Gasto deducible para el Impuesto a la Renta 

 

Son deducibles para fines del Impuesto a la Renta, las donaciones en favor de entidades y dependencias del Sector Público Nacional y de entidades (privadas) sin fines de lucro, cuyo objeto social comprenda uno o varios de los siguientes fines: beneficencia, asistencia o bienestar social, educación, culturales, científicos, artísticos, literarios, deportivos, salud, patrimonio histórico cultural indígena y otros de fines semejantes (inciso x) del artículo 37° del Texto Único Ordenado de la Ley del Impuesto a la Renta)

 

La deducción máxima permitida es de hasta el 10% de la renta neta de la empresa o persona donante (artículo 50 de la LIR). No obstante, para ello, deben cumplirse determinados requisitos previstos en el Reglamento de la Ley del Impuesto a la Renta, conforme se señala a continuación:

 

Respecto de los donantes

 

  • La donación de bienes podrá ser deducida por los donantes, como gasto del ejercicio en que se realiza.

 

  • No se requiere que el donante (persona natural o jurídica) esté previamente inscrito como donante.

 

  • Debe acreditarse la donación mediante la correspondiente acta de entrega y recepción del bien donado y el Comprobante de Recepción de Donaciones que expida el donatario (beneficiario).

 

  • Los donantes deben declarar a Sunat las donaciones que efectúen.

 

Respecto de los donatarios (beneficiarios)

  • Los donatarios deberán estar calificados como entidades perceptoras de donaciones por la Sunat. Dicha calificación tiene validez por tres años, los que pueden renovarse.

 

  • Cuando reciben donaciones, las entidades perceptoras extenderán un documento que las acredite, según lo siguiente:

 

  • Donación realizada a entidades y dependencias del Sector Público Nacional, excepto empresas: mediante el acta de entrega y recepción del bien donado y una copia autenticada de la resolución correspondiente que acredite que la donación ha sido aceptada.

 

  • Donación realizada a organizaciones u organismos internacionales: mediante la declaración emitida por las organizaciones u organismos internacionales.

 

  • Donación realizada a las demás entidades beneficiarias: Mediante el comprobante de recepción de donaciones, que, como mínimo debe contener los datos de identificación del donante (nombre, RUC) y los datos que permitan identificar el bien donado (valor, estado de conservación y de ser el caso, la fecha de vencimiento del producto y la fecha de la donación).

 

  • En abril del año siguiente, deberán informar a Sunat sobre la aplicación de los fondos y los bienes recibidos durante el anterior.

 

Respecto de los bienes donados

 

  • El valor de los bienes donados no puede ser mayor a su costo computable.

 

  • Los bienes perecibles deben ser entregados al donatario antes de la fecha de vencimiento.

 

  • En las donaciones de dinero deben observarse las normas sobre bancarización (depósito bancario, cheque nominativo con cláusula “No Negociable”).

 

  • Los bienes donados pueden ser muebles, inmuebles y dinero en efectivo.

 

 

Donación efectuada por personas naturales afectadas a rentas de trabajo

Las personas naturales que perciban rentas de trabajo (cuarta y quinta categoría) pueden deducir de su renta neta las donaciones efectuadas a entidades públicas, o a entidades sin fines de lucro, cuyo objeto social ha sido señalado en el punto anterior, siempre que estas hayan sido previamente calificadas como perceptoras de donaciones por la Sunat.

 

La deducción no podrá exceder del límite del 10% de la renta neta del trabajo y la renta de fuente extranjera.

 

El saldo de las deducciones no absorbidas por la renta neta del trabajo no podrá ser aplicado en los ejercicios siguientes.

 

Regímenes especiales vinculados a estados de emergencia por desastres naturales

 

Con motivo de otros desastres naturales ocurridos en nuestro país, fueron dictadas disposiciones relativas a las donaciones, que estimamos necesario recordar, a fin de exhortar al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) y a la Sunat, para que evalúen su actualización y aplicación, en particular en el contexto que atraviesa nuestro país, y ante la necesidad de estar preparados para enfrentar futuros desastres

 

  1. LEY 29200 – DISPOSICIONES PARA LAS DONACIONES EFECTUADAS EN CASOS DE ESTADO DE EMERGENCIA POR DESASTRES.

 

Mediante la Ley 29200 (El Peruano 16.02.2008), reglamentada por DS. 064-2009-EF (El Peruano 20.03.2009), fue aprobado el Régimen de Donaciones por Desastres Naturales, cuyos alcances básicos fueron los siguientes:

 

  • Sólo es aplicable a las donaciones que se realicen a favor de las localidades declaradas en estado de emergencia por desastres naturales.

 

  • Las personas naturales y jurídicas que efectúan tales donaciones tienen derecho a deducir la donación como gasto según las normas del impuesto a la renta.

 

  • Las donaciones deben estar canalizadas a través de entidades calificadas previamente por la Sunat, como entidades sin fines de lucro perceptoras de donaciones.

 

  • Los bienes donados no están afectos al IGV, siempre que las donaciones se realicen durante el periodo de emergencia declarado oficialmente por el Poder Ejecutivo.

 

  • A su vez, los donantes no pierden el derecho de utilizar el crédito fiscal que genera la compra del bien donado.

 

  • Asimismo, estas donaciones no se consideran como “operación no gravada”, a fin de no limitar que el donante utilice el 100% del crédito fiscal.

 

  • Ambas entidades –la donante y la receptora de las donaciones– deberán mantener por cinco años la documentación correspondiente que sustenta la donación.

 

  • La entidad perceptora que dé mal uso a las donaciones será responsable civil y penalmente conforme a ley.

 

Sin embargo, la Ley 29200, señaló que los bienes cuya donación está comprendida en sus alcances, deben ser detallados en el Decreto Supremo que declare el estado de emergencia por desastres producidos por fenómenos naturales, en concordancia con lo dispuesto por el artículo 92 de la Ley General de Aduanas (actualmente, artículo 185 de la nueva Ley aprobada por Decreto Legislativo 1053).

 

De acuerdo a esto último, no sería posible aplicar a la fecha la Ley 29200, por el hecho de no haberse publicado la relación de bienes aludida.

 

  1. LEY 30498 – LEY QUE PROMUEVE LA DONACIÓN DE ALIMENTOS Y FACILITA EL TRANSPORTE DE DONACIONES EN SITUACIONES DE DESASTRES NATURALES

 

Mediante la Ley 30498 (El Peruano 08.08.2016) se aprobaron normas para promover la donación alimentos y otros bienes y servicios y facilitar el transporte de donaciones para atender a la población afectada de las localidades declaradas en estado de emergencia por desastres producidos por fenómenos naturales, siendo aplicable durante el plazo de dicho estado de emergencia.

 

Esta ley dispuso, entre otros, lo siguiente:

 

  • No se considerará venta gravada con el IGV, la entrega de bienes a título gratuito por los donantes a las entidades perceptoras de donaciones calificadas por la Sunat.

 

  • Tampoco configurará venta gravada con el IGV, la entrega de bienes a título gratuito por las entidades perceptoras de donaciones, a otra entidad perceptora de donaciones o a la población afectada por desastres producidos por fenómenos naturales.

 

 

  • La finalidad de atención a la población afectada por desastres producidos por fenómenos naturales, se considerará cumplida, con el documento que emita la entidad perceptora de donaciones.

 

  • El donante no pierde el derecho a aplicar el crédito fiscal del IGV que corresponda al bien donado.

 

 

  • La donación no se considerará como operación no gravada para efectos de la prorrata del crédito fiscal

 

Esta Ley 30498, dispuso también que los bienes cuya donación se encuentran comprendidos en los alcances de dicha norma, serían los que se detallen en el Decreto Supremo que declare el estado de emergencia por desastres producidos por fenómenos naturales.  En este caso, se expidió el DS N° 030-2017-PCM (23.03.2017), mediante el cual se aprobó la lista de bienes y servicios comprendidos en el marco de esta disposición, considerando al material médico, bloqueadores, alimentos, prendas de vestir, menaje de cocina, útiles de aseo, carpas, toldos, bolsas de dormir, linternas, motobombas y otros que sean necesarios para atender los requerimientos de la población afectada; así como los servicios de catering, servicios médicos, transporte, logísticos, traslado y almacenaje, entre otros.

 

No obstante, al aprobarse dicha relación, el DS 030-2017-PCM hizo mención expresa a que comprendía a los estados de emergencia declarados mediante decretos supremos dictados en el 2017. Posteriormente, fueron aprobadas otras listas, pero también en forma específica, respecto otros decretos supremos que declararon los estados de emergencia en dicho año.

 

Tal como ocurre con la Ley 29200, esta disposición –Ley 30498– dictada aparentemente para atender situaciones generales de emergencia producidas por fenómenos naturales, no podría aplicarse en esta nueva emergencia.




Sunat posterga pago de impuestos hasta por tres meses en zonas de emergencia

Debido a los desastres naturales que vienen afectando diversas regiones de nuestro país y en apoyo a los contribuyentes damnificados, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) les recuerda que la declaración y pago de sus responsabilidades tributarias, como la Renta Anual 2022, se postergará hasta por 3 meses.

 

Esta medida se aplica según lo dispuesto por la Resolución de Superintendencia N.° 051-2019, que señala que, ante la declaratoria de Estado de Emergencia por desastres naturales, aquellos contribuyentes que tengan domicilio fiscal registrado ante la Sunat en alguna de las localidades afectadas reciben automáticamente la postergación de sus obligaciones tributarias, facilitando así que las personas naturales y empresas puedan reiniciar o continuar con sus actividades comerciales.

 

Zonas en emergencia

 

Cabe precisar que mediante los Decretos Supremos N.º 30-2023-PCM, N.º 34-2023- PCM y N.º 36-2023-PCM publicados recientemente, se declaró en estado de emergencia diversos distritos de Arequipa, Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Lima, a los cuales podrían sumarse nuevas localidades por impacto de daños, que también podrán postergar las fechas de vencimiento de sus declaraciones y pagos.

 

Prórrogas

 

Se debe precisar que existen dos tipos de prórrogas:

1) La que corresponde a las declaraciones y pagos mensuales de tributos que vencen a partir de marzo hasta julio del 2023 y que se podrán declarar y pagar desde el mes junio hasta agosto de 2023, respectivamente.

2) Aquella que está referida a la Declaración de Renta Anual 2022 que vence en marzo y abril de 2023, que se podrá declarar y pagar hasta el mes de junio de 2023.

 

En todos los casos, se considerará el cronogramará de vencimientos, en función al último dígito del RUC de cada contribuyente. Para obtener más información sobre las nuevas fechas que le corresponden gracias al beneficio de la prórroga, los contribuyentes se pueden comunicar con la Central de Consultas telefónicas de la Sunat a los números 0-801-12-100 o 315-0730 y visitar nuestro portal institucional (www.sunat.gob.pe).




Los estragos de un eventual Fenómeno de El Niño Costero

Los daños causados a nivel mundial por fenómenos naturales en el 2022, entre olas de calor, inundaciones, terremotos, incendios, huracanes, sequías, erupciones volcánicas, entre otros, ascendieron a US$ 115.000 millones, con una tendencia creciente anual en el rango de 5% y 7% durante la última década. Según UNICEF, las inundaciones registradas el año pasado afectaron a 27,7 millones de niños en 27 países en el mundo.

 

Entre los desastres climáticos, destaca el Fenómeno de La Niña, que afecta la circulación atmosférica, amplificando las lluvias en zonas del sur de Asia y a su vez provocando olas de calor marinas en el Pacífico norte y sur. Es usual que La Niña se alterne con su opuesto, el Fenómeno del Niño, pero esto no ha sucedido en los tres últimos años, (entre 2020 y 2022). Sin embargo, a inicios de marzo han aparecido floraciones de agua más cálidas de lo normal, las primeras señales del fin de La Niña y de aparición de El Niño.

 

Ya en la Declaración de Tokio sobre el Decenio Internacional para la Reducción de Desastres Naturales de las Naciones Unidas, en 1989, se señalaba que la clave para evitar los desastres era un enfoque integral de reducción del riesgo que tenga en cuenta todos los aspectos vulnerables y haga hincapié en la planificación y preparación.

 

En ese sentido, las consecuencias de no estar preparado contra estos desastres naturales se traducen, para un país, en un serio empeoramiento de las condiciones de vida de la población, una caída del acervo de capital y la infraestructura, la actividad económica y el empleo. En un segundo nivel, es afectada la capacidad de pago de crédito, tanto de las personas como de las empresas, a la par de la recaudación tributaria del gobierno.

 

 

El Niño Costero

Según la Comisión Multisectorial Estudio Nacional del Fenómeno El Niño (ENFEN), existe una mayor probabilidad de que continúe el calentamiento anómalo observado en lo que resta del verano y hasta mediados de otoño del 2023. Esto se explica por las condiciones océano-atmosféricas que incluye la zona norte y centro del mar peruano, y el pronóstico de ondas Kelvin cálidas que arribarían entre marzo y mayo. Por esto, el ENFEN modificó el sistema de alerta de No activo a Vigilancia de El Niño costero.

 

Según el Ministerio del Ambiente (MINAM), en los últimos cinco siglos hemos enfrentado 120 episodios y en el presente siglo enfrentamos uno severo en el año 2017.

 

Pese a la severidad del Fenómeno de El Niño Costero (FNC), el PBI 2017 solo se desaceleró a una tasa de 2,5% luego de crecer en el 2016 al 4%. Hay que recordar que los dos severos FNC anteriores ocurrieron en 1983 y 1998, años en que el PBI cayó 10,4% y 0,4% respectivamente.

 

Regiones más afectadas

 

En 2017, la región más afectada fue Piura, pues su PBI se contrajo en -2,4% siendo los sectores productivos más afectados Agropecuario (-20,2%), Manufactura (-1,8%) y Construcción (-4,1%). Otros impactos se detectaron en en el PBI Agropecuario de Tumbes (-3,3%), en el sector Construcción (-4,8%) y Electricidad, gas y agua (-9%) de La Libertad. Asimismo, en Áncash, resultaron muy afectados los sectores Agropecuario (-1%), Manufactura (-7,7%), Transporte y almacenamiento (-1,4%); mientras que el Lambayeque los sectores más dañados fueron Pesca (-23,8%), Electricidad, gas y agua (-5,9%) y Manufactura (-0,2%).

 

Por otra parte, las tasas de morosidad de las microfinancieras, como las cajas municipales, tuvieron un ligero repunte en las zonas más expuestas al FNC. Fue el caso de Ancash (11,3%), Tumbes (9,3%), Piura (7,3%) y, en menor medida, La Libertad (5,3%) y Lambayeque (4,4%). Según la actividad económica, la morosidad promedio nacional en cajas municipales llegó a 8% o más en los sectores agropecuario, pesca, minería, y construcción.

 

 

Potencial FNC en 2023

Son cinco las regiones más expuestas ante un nuevo FNC: Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad y Ancash. Estas regiones aportan el 16,7% del PBI total y en cuanto a empleo formal el 20%; y, si se excluye a Lima Metropolitana, la participación sería del 41,1%.

 

De acuerdo con la experiencia de años anteriores son cuatro actividades productivas las que ven afectadas su performance: agropecuario, manufactura, comercio y transporte. En conjunto, las cinco regiones aportan el 25,5% del producto agropecuario nacional, el 14% de la manufactura, el 16,4% del comercio y el 15,7% del transporte.

 

Si la actividad agropecuaria quedara afectada, se puede perder en producción hasta S/ 37,8 millones por día sobre todo por las pérdidas en La Libertad (S/ 15,8 millones) y Piura (S/ 10,8 millones).

 

En el caso del comercio, se pueden registrar pérdidas diarias de S/ 39,6 millones, siendo las regiones más afectadas Piura (S/ 12,2 millones), La Libertad (S/ 10,3 millones) y Lambayeque (S/ 9,9 millones) y, en menor medida, Ancash (S/ 5 millones) y Tumbes (S/ 2,2 millones).

 

Hay que tener presente que la población pobre en las regiones analizadas llega a 1,5 millones de personas, tomando como referencia los datos del Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI) de 2021. En ese sentido, serían necesarios recursos fiscales para ayudar a paliar los efectos del FNC, además de los daños en la infraestructura física y social, sobre todo la de educación y salud que serían las más perjudicadas.