Sunat tendrá acceso a cuentas del sistema financiero con S/10.000 o más
Las entidades del sistema financiero deberán brindar esta información a la Sunat para evitar la evasión y elusión tributaria.
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La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) tendrá acceso a la información de las cuentas de entidades del sistema financiero con montos iguales o mayores a 10,000 soles.
Ello según lo establece el reglamento de la norma publicado el 31 de diciembre del 2020 en el Diario Oficial El Peruano.
Con la vigencia del reglamento se espera que las entidades del sistema financiero reporten datos de más de 260,000 personas y/o empresas, cada mes, lo que permitirá a la Sunat hacer controles más eficientes para prevenir y combatir esquemas de evasión y elusión fiscal.
Estas acciones buscan reducir indebidamente el pago de impuestos, perjudicando a los contribuyentes que si cumplen con sus obligaciones y a la economía, indicó el ente recaudador.
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Los datos que deben suministrar las entidades del sistema financiero son:
- Identificación del titular o titulares:
- En el caso de personas naturales: Nombre, tipo y número de documento de identidad, número de RUC o NIT de contar con dicha información y domicilio registrado.
- En el caso de empresas: Denominación o razón social, número de RUC o el NIT de contar con esta información, domicilio registrado y, de corresponder, el lugar de constitución o establecimiento.
2. Datos de la cuenta
- Tipo de depósito, número de cuenta, Código de Cuenta Interbancario (CCI), así como la moneda (nacional o extranjera). Adicionalmente, se debe informar la clase de titularidad de la cuenta (individual o mancomunada).
- El saldo y/o montos acumulados, promedios o montos más altos y los rendimientos generados en la cuenta durante el período que se informa.
Si el titular tiene más de una cuenta en la empresa del sistema financiero, se deberá brindar a la Sunat la información de todas en tanto el monto acumulado sea igual o superior a 10,000 soles. Además, si se canceló la cuenta con anterioridad, se debe declarar la fecha en que se hizo.
Asimismo, si la cuenta se encuentra expresada en dólares de los Estados Unidos de América, se hará la conversión a moneda nacional con el tipo de cambio promedio ponderado publicado por la Superintendencia de Banca y Seguros (SBS).
Cabe recordar que entre los años 2019 y 2020 el Perú obtuvo un resultado positivo de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE) en la evaluación del cumplimiento de los estándares de seguridad y confidencialidad de la información tributaria y financiera.
Por ello actualmente el intercambio internacional recíproco de datos con otras economías se suma a las herramientas con las que ahora cuenta la Sunat para mejorar el cumplimiento tributario.