• Sunarp uniformiza criterios para expedición de informes técnicos de catastro

    Lineamientos aprobados para todas las zonas registrales incluyen nuevas reglas para la elaboración y emisión de informes en caso de duplicidad de partidas y búsquedas catastrales

    4 de agosto del 2021
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    La Superintendencia Nacional de los Registros Públicos (Sunarp) aprobó lineamientos para uniformizar y hacer predictible la evaluación técnica y la emisión de informes de catastro en actos de inscripción, servicios de publicidad y otros procedimientos administrativos registrales.

     

    Estos lineamientos son de obligatorio cumplimiento en las catorce Zonas Registrales del país y la Sede Central de la institución.

     

    El documento, aprobado por Resolución N°023-2021-SUNARP/DTR y publicado en el diario oficial El Peruano, establece los lineamientos para la evaluación técnica de los profesionales que laboran en las oficinas de catastro a nivel nacional, quienes están a cargo de la emisión de los informes técnicos en los procedimientos registrales.

     

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    Además, instituye formatos estandarizados para normalizar la atención de información en los procedimientos de inscripción, publicidad y cierre de partidas por duplicidad.

     

    Estas medidas están orientadas a promover la adopción de criterios homogéneos ante casuísticas similares, regular el uso de cartografía de apoyo para la ubicación de los polígonos en consulta – cuando los planos de ubicación sean insuficientes – y evitar las observaciones por falta de información gráfica.

     

    Para la Sunarp, estos lineamientos contribuirán a facilitar la atención que brindan las áreas de catastro. Ello con el fin de responder adecuadamente a las necesidades de nuestros usuarios, asegurando un servicio ágil, efectivo y de calidad, que fortalezca el desarrollo inmobiliario del país.

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