SBS prorroga hasta el 31 de agosto protesto de títulos valores
En poder de las entidades bajo su supervisión.
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La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), mediante Resolución N° 1747-2020 publicada hoy en el Diario Oficial, ha dispuesto que el plazo para realizar el protesto de los títulos valores en poder de las entidades bajo su supervisión, y cuyos obligados al pago domicilian en el Perú o cuyo protesto debía llevarse a cabo en territorio peruano, se prorrogue hasta el 31 de agosto próximo.
Cabe indicar que esta nueva prórroga responde a la ampliación del estado de emergencia nacional, por parte del Gobierno peruano, hasta el próximo 31 de julio de 2020.
Esta medida se toma en el marco de la situación de emergencia que vive el país y viene causando perjuicios a las personas naturales y jurídicas, entre las cuales se encuentran deudores directos e indirectos de las entidades financieras, empresas de seguros, cooperativas de ahorro y crédito no autorizadas a captar recursos del público y otras instituciones bajo la supervisión de la SBS.
La norma precisa también que esta medida de carácter extraordinario será aplicable respecto a todo título valor que, al 11 de marzo de 2020, se encontraba con plazo vigente para ser protestado pero que, como consecuencia del estado de emergencia vigente, no pudo ser protestado dentro de los plazos establecidos en el artículo 72 de la Ley de Títulos Valores, y será extensible para todo título valor cuyo vencimiento del plazo de realización del protesto ocurra hasta el 7 de agosto de 2020, inclusive.