• Medidas para el cumplimiento de la Inmovilización Social Obligatoria

    14 de agosto del 2020
    (Foto: Andina)
    Reproducir:

    image_pdfimage_print

    El Ministerio del Interior y el Ministerio de Defensa informan a la ciudadanía que, a fin de dar estricto cumplimiento a lo dispuesto por el Gobierno para evitar la propagación del Covid-19 en el país, se han dispuesto las siguientes medidas:

     

    1. Las personas y vehículos que pueden circular los domingos son:

     

    a. Servicios de abastecimiento de alimentos y medicinas.

    b. Servicios públicos esenciales de agua, saneamiento, energía eléctrica, gas, hidrocarburos, limpieza y recojo de residuos sólidos.

    c. Servicios de telecomunicaciones.

    d. Servicios funerarios.

    e. Servicios de transporte de carga, mercancías y actividades conexas, según lo estipulado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones.

    f. Vehículos particulares de personal médico, enfermeras, bomberos y de las Fuerzas Armadas y Policía Nacional que participan en los operativos.

    g. Personal de serenazgo y fiscalización de los gobiernos locales.

    h. Personal y vehículos de medios de comunicación.

    i. Vehículos oficiales de transporte de salud.

    j. Vehículos particulares del Poder Legislativo, Ministerio Publico e INPE.

    k. Personal de empresas de seguridad.

    l. Personal y servicio de farmacias y restaurantes autorizados para realizar envíos a domicilio (delivery).

     

    La Policía Nacional del Perú retendrá la Tarjeta de Propiedad y Licencia de Conducir e impondrá una multa de S/ 6,450 a las personas que transiten con su vehículo durante el horario de inmovilización social obligatoria (22:00 horas a 04:00 horas) y los días domingos (desde las 22:00 horas del sábado hasta las 04:00 horas del lunes).

     

    Asimismo la Policía Nacional del Perú impondrá a toda persona las multas establecidas por incumplir las medidas sanitarias dispuestas por el Gobierno, mediante el D.S. 006-2020-IN, que aprueba el Reglamento del D. L. 1458.

     

    2. Obligación de las empresas y entidades

     

    a. Otorgar a su personal una credencial (fotocheck) que lo identifique como trabajador de dicha organización y/o empresa.

    b. Asimismo, deberán generar el pase laboral y/o vehicular de las personas y vehículos indicados en el punto 1 en la página www.gob.pe/paselaboral

     

    3. Sobre reuniones familiares y/o sociales

     

    a. Según lo dispuesto por el Gobierno, quedan prohibidas las reuniones de carácter social y familiar (con personas que no vivan en el mismo domicilio) para evitar la concentración de personas e impedir la propagación del virus.

    b. La Policía Nacional está facultada para intervenir en los domicilios y/o locales donde se incumpla lo dispuesto y se denunciará penalmente a los infractores, de acuerdo con la normatividad vigente.

     

    4. Sobre el aforo en lugares públicos

     

    a. La FF. AA. y PNP controlarán el distanciamiento social y aforo en los mercados, bancos y paraderos de transporte público, así como el cumplimiento de los protocolos sanitarios.

    No hay imágenes cargadas en la galería, por favor desactivar la opción de galeria.

    ESTUDIOS

    EMPRESA

    EXPERIENCIA LABORAL

Entradas Recientes

Mayoría de entidades públicas mantiene un bajo desempeño en su gestión

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) dio a conocer el desempeño de 16 instituciones públicas evaluadas en la XXII Encuesta Anual de Ejecutivos (EAE 2024), donde la mayoría muestra un bajo desempeño institucional. La encuesta EAE 2024, encargada a la Consultoría Interdisciplinaria en Desarrollo (CID) Latinoamérica, recoge una muestra representativa de ejecutivos de pequeñas […]

Resumen Normas Legales – Diciembre 2024

ACTUALIZACIÓN 16 DE DICIEMBRE DE 2024 COMISION PARA EVALUAR APLICACION DE PENA DE MUERTE RESOLUCION MINISTERIAL 0319-2024-JUS (EDICION EXTRAORDINARIA 14/12/2024) Crea la Comisión Sectorial de naturaleza temporal, dependiente del Ministerio de Justicia, encargada de elaborar un informe técnico que recoja las propuestas para evaluar la aplicación de la pena de muerte al delito de violación […]

Artículos relacionados

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

GUIA DE SALUD
Suscríbete Contáctanos