• Jorge Guillén: Retiro de fondos de ONP

    15 de diciembre del 2020
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    Por Jorge Guillén

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    La reciente medida del Congreso de la República permite el retiro de hasta S/ 4.300 o una Unidad Impositiva Tributaria (UIT). Esta medida complementa los retiros que se han realizado en las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFPs).

     

    El retiro de la AFP tiene cierto sentido para una adecuada ejecución ya que es un fondo de capitalización individual. Sin embargo, el retiro de los fondos de la ONP, cuya naturaleza es reparto colectivo no necesariamente garantiza una adecuada ejecución y atentaría contra la sostenibilidad fiscal de las finanzas públicas.

     

    Se ha estimado que unos S/ 15.000 millones se estarían retirando de la ONP, y como hemos mencionado líneas arriba, el dinero viene de un fondo colectivo que debe ser asumido por el Gobierno. En el caso de la AFP, si el dinero se retira, a elección del afiliado, se hipoteca la jubilación por liquidez inmediata.

     

    El retiro de fondos de ONP, dada su naturaleza colectiva, se estaría retirando dinero de donde no hay y no implicaría una reducción de jubilación futura. Es por ello que el gobierno asumirá, este retiro como si fuese un cheque en blanco a pagar en el largo plazo.

     

    La densidad de cotización de la ONP no asegura necesariamente pensión para un 50% de los afiliados a este sistema de reparto colectivo. En algunos casos el retiro de fondos implicaría el retiro del 100% de los fondos de afiliado.

     

    La disciplina de aportes en la ONP es muy similar al caso de las AFPs. En el primer caso la rigidez del sistema no garantiza una pensión y en el segundo no implica una pensión alta.

     

    Esta medida populista del Congreso viene de la mano con la falta de adecuados estímulos por parte de los Bonos Solidarios: Universal, Yo me quedo en casa, Independientes y Rural.

     

    Estos Bonos no han sido los más adecuados ya que no han tenido problemas de cobertura y han sido insuficientes para la clase más vulnerable del país. Son S/ 760 que se han repartido en 6 meses, es un monto que no alcanza para la canasta básica de consumo del más pobre.

     

    ¿Medida Inconstitucional?

    El Ejecutivo está planteado insertar una demanda en el Tribunal Constitucional (TC). Todo en derecho es discutible y quizás el argumento del ejecutivo implique que la medida atentaría contra el principio constitucional: “Que todo peruano tiene derecho a una pensión”.

     

    En el 2014 se insertó una demanda por inconstitucionalidad de la reforma de AFPs y fue archivada por el TC. Si la demanda planteada ahora por el Ejecutivo prospera, aliviará un punto porcentual del PBI el ya mermado déficit fiscal del MEF.

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