• Día del Trabajo 2024: ¿Cuánto te deben de pagar si trabajas el feriado 1 de mayo?

    La Cámara de Comercio de Lima informa que, conforme a las normas que regulan los feriados, el 1 de mayo se paga sin ninguna condición, aun cuando el trabajador tenga tardanzas o inasistencias en mayo.

    30 de abril del 2024
    En caso el trabajador labore el 1 de mayo siendo su día de descanso obligatorio, y no se sustituya el descanso con cualquier otro día, el trabajador percibirá cuádruple pago.
    Reproducir:

    image_pdfimage_print

    En conmemoración del “Día Internacional del Trabajo”, el miércoles 1 de mayo es un feriado no laborable para trabajadores del sector público y privado a nivel nacional amparado en el Decreto Legislativo 713 y su Reglamento DS. 012-92-TR, informó la Cámara de Comercio de Lima (CCL).

    “Conforme a las normas que regulan los feriados, se debe tener en cuenta que el pago del feriado 1 de mayo se percibe sin condición alguna, aun cuando el trabajador registre tardanzas o inasistencias en el mes de mayo”, precisó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL.

    Explicó que, por el feriado 1 de mayo, los trabajadores perciben una remuneración promedio que se calcula dividiendo entre 30 el total de las remuneraciones durante el mes de abril.

    ¿Cuánto te deben de pagar si trabajas el feriado 1 de mayo?

    No obstante, señaló que existen algunas situaciones laborales para esta fecha como es el caso para los trabajadores del sector privado.

    “Si el trabajador labora el 1 de mayo, sin descanso sustitutorio, tiene derecho a percibir un triple pago: una remuneración por el día feriado que ya está considerado en su pago mensual habitual, otra remuneración diaria adicional por haber trabajado en día feriado, más una sobretasa del 100% de dicha remuneración”, detalló.

    Por ejemplo, si el trabajador percibe S/ 100 diarios y labora el 1 de mayo, sin descanso sustitutorio en algún otro día, tendrá derecho a percibir, en la práctica, 3 remuneraciones: S/ 100 por el día feriado (que está incorporado dentro de la remuneración semanal, quincenal o mensual) y S/ 200 por trabajar el 1 de mayo (remuneración diaria más sobretasa de 100%).

    Álvaro Gálvez precisó que no se considera haber laborado el 1 de mayo, cuando el turno de trabajo se inicie el día 30 de abril (laborable) y concluya el 1 de mayo.

    ¿Cuándo corresponde un cuádruple pago?

    En caso que el miércoles 1 de mayo coincida con el día de descanso semanal obligatorio del trabajador, se le debe pagar un día de remuneración por el citado feriado, con independencia de la remuneración por el día de descanso semanal.

    “De laborarse el 1 de mayo, siendo día de descanso obligatorio, y no sustituirse el descanso con cualquier otro día, el trabajador percibirá cuatro pagos diarios, esto es, por el descanso semanal, por el feriado, y doble por haber trabajado en día feriado”, anotó.

     

     

    LEER MÁS:

    ¿Hay feriados y días no laborables en mayo 2024?: revisa AQUÍ el calendario completo

    No hay imágenes cargadas en la galería, por favor desactivar la opción de galeria.

    Para asegurar tu estabilidad financiera tras el retiro de la AFP y la liberación de la CTS, es clave planificar cómo y en dónde invertir tu dinero. A continuación, conoce las siguientes alternativas de inversión.

    ESTUDIOS

    EMPRESA

    EXPERIENCIA LABORAL

Entradas Recientes

Exportaciones no tradicionales agropecuarias crecieron 22,8 % en mayo

Las exportaciones de productos agropecuarios alcanzaron los US$ 754 millones en mayo, superior en 22,8 % respecto al mismo mes del año pasado, debido al incremento del volumen exportado en 35,4 %.   Este desempeño estuvo asociado al incremento en los envíos de paltas, cacao, mangos congelados, mandarinas, granadas, entre otros. El repunte en las […]

Sin tarjeta ni efectivo: billeteras digitales crecen en Perú

En los últimos años, el uso de billeteras digitales en el Perú ha experimentado un crecimiento sostenido, impulsado por la necesidad de realizar transacciones rápidas, seguras y sin contacto. Hoy, más de la mitad de la población —un 58 %, según el Banco Central de Reserva— ya utiliza estos medios de pago. Solo en 2024, las […]

Artículos relacionados

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

BANNER CCR CUORE HASTA 21/03/2025
Suscríbete Contáctanos