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CCL: resolución del Indecopi fortalece la seguridad jurídica y promueve una regulación compatible con el desarrollo empresarial

La resolución del Indecopi precisa que las municipalidades pueden regular horarios de funcionamiento, pero deben justificar técnicamente cualquier medida que limite el desarrollo de actividades económicas.
Para la CCL, la resolución del Indecopi representa un avance en la defensa de una regulación predecible y compatible con el desarrollo empresarial.

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) saludó la decisión de la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi que confirmó la inaplicación de determinadas restricciones horarias impuestas por la Municipalidad Metropolitana de Lima mediante las Ordenanzas N.° 235 y N.° 1568, respecto al horario de apertura de discotecas, salones de baile y establecimientos similares en el Cercado de Lima, así como la venta y entrega de bebidas alcohólicas en los 43 distritos de Lima.

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Según la resolución del Indecopi, si bien la municipalidad tenía competencia para regular estas materias, no acreditó cuál era la problemática relacionada con la seguridad o la tranquilidad ciudadana que pretendía solucionar. En ese sentido, las calificó como barreras burocráticas carentes de razonabilidad y confirmó su inaplicación con efectos generales

Para la CCL, este pronunciamiento constituye un precedente relevante y un avance en la defensa de una regulación predecible y compatible con el desarrollo empresarial.

Asimismo, reafirma que, si bien las entidades públicas pueden regular las actividades económicas dentro del ámbito de sus competencias, cualquier restricción que pretenda limitar el desarrollo de la libre debe encontrarse debidamente sustentada en información objetiva, responder a una problemática específica y respetar los márgenes de razonabilidad establecidos en ordenamiento jurídico

En ese sentido, el gremio empresarial destacó que resolución del Indecopi fortalece la seguridad jurídica y contribuye a mejorar la calidad de las regulaciones municipales, al recordar que la autonomía de los gobiernos locales no los exime del deber de sustentar objetiva y técnicamente aquellas decisiones que afectan el desarrollo de actividades económicas.

En ese contexto, exhortó a las municipalidades elaborar sus ordenanzas de manera técnica con el fin de alcanzar mejores resultados y mayor legitimidad. De esta manera, se evita trasladar de manera indiscriminada los costos de la inseguridad o la informalidad a empresas que cumplen con sus licencias, invierten, generan empleo y se someten a la fiscalización municipal.

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