Los peruanos en el exterior que pierdan sus pasaportes o estos hayan vencido podrán obtener un pasaporte electrónico ordinario y/o un pasaporte de emergencia, según dispuso el Ministerio de Relaciones Exteriores.
LEE TAMBIÉN: Claves para tramitar el pasaporte electrónico sin contratiempos
Según el Decreto Supremo N°031-2026-RE, el pasaporte de emergencia debe servir para que quien lo solicita pueda continuar su viaje de retorno al Perú o a su país de residencia.
La Cancillería dispuso que el pasaporte de emergencia reemplazará a los salvoconductos desde el 1 de julio de 2026. Este documento debe ser entregado por la Oficina Consular del Perú en el exterior en el plazo máximo de veinticuatro horas desde que fue solicitado.
En el caso de los menores de edad, este documento podrá ser solicitado por un representante legal y se comprobará que, al menos uno de sus padres, es peruano.
El documento tendrá una vigencia de 7 meses y para obtenerlo se pagará una tasa consular de USD 20, salvo los casos de repatriación por indigencia, abandono o emergencia, donde es gratuito.
