Perú estableció derechos antidumping definitivos sobre las importaciones de tubos soldados de acero al carbono laminado en caliente (LAC) de los tipos utilizados en la elaboración de estructuras de acero, originarios de la República Popular China, por un periodo de 5 años.
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La solicitud de aplicación de derechos antidumping fue presentada por las empresas peruanas Aceros Arequipa, Tupemesa y Precor que adujeron que las importaciones de LAC llegaban con precios tan bajos que les impedían competir.
Tras una investigación de Indecopi, se encontró que las empresas chinas Jinzhuoyi y otras siete pertenecientes a los grupos Derun, Baolai y Youfa, exportaron tubos de acero (LAC) al Perú bajo prácticas de dumping, es decir, a un precio inferior al valor normal calculado en la investigación.
Así, se obtuvo márgenes de dumping de 8.3 %, 15.7 %, 25.0 % y 32.1 %, respectivamente, los cuales son superiores al margen previsto en el Acuerdo Antidumping de la Organización Mundial de Comercio (OMC).
Además, las firmas lograron demostrar una relación causal entre las importaciones objeto de dumping o subvención y el daño a la rama de producción nacional para lo cual se basaron en cifras del volumen de importaciones y su efecto sobre el precio en el mercado interno.
En ese sentido, se demostró que las importaciones de los tubos de acero se elevaron en 94.7 % a precios artificialmente bajos, lo que provocó que las ventas de las empresas nacionales cayeran hasta en 16.5 % y los principales indicadores económicos de dicha rama de producción, como la participación de mercado, el margen de beneficios, la utilidad operativa y los inventarios con relación a las ventas totales, registraron evoluciones desfavorables.
