Sunafil: MYPE deben contar con un plan de respuesta ante emergencias
Deben considerar situaciones como incendios, sismos, derrames, fugas y accidentes de trabajo.
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La Superintendencia Nacional de Fiscalización Laboral (Sunafil) recordó que las Micro y Pequeñas Empresas (Mype) tienen una serie de obligaciones a considerar, que obedecen a la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo. Estas son importantes porque permiten que se controlen riesgos laborales.
Uno de ellos está referido a contar con un plan de respuesta ante emergencias, que contemplen posibles situaciones como incendios, sismos, derrames, fugas o accidentes de trabajo. Este plan debe incluir roles definidos, medios de comunicación, zonas seguras, simulacros regulares y capacitación para las brigadas.
“Estar preparados para lo inesperado permite minimizar daños y salvar vidas. La respuesta efectiva ante una emergencia transmite una imagen responsable con los trabajadores, clientes, proveedores y comunidad en general”, señaló el superintendente de la Sunafil, Michael Guevara Varela.
Recordemos que una microempresa, es aquella cuyas ventas por año, no deberían pasar las 150 UIT (Unidades Impositivas Tributarias), es decir, los 802,500 soles. En el caso de ser una pequeña empresa, las ventas por año no superan las 1700 UIT, es decir, los 9,095,000 soles.

Las MYPE deben priorizar el uso de la herramienta IPERC para prevenir riesgos y proteger a sus trabajadores.
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Además, las Mype deben poner énfasis en el uso de la herramienta Identificación de Peligros, Evaluación de Riesgos y Controles (IPERC), ya que permite priorizar acciones de prevención, en función del nivel de riesgo. De esta forma, los empleadores protegen al trabajador y a la unidad de negocio.
Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo en MYPE
También deben recordar la obligatoriedad de capacitar a los trabajadores, dado que es un componente obligatorio del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Y es que todos los trabajadores deben ser formados e informados al momento de su contratación, durante sus funciones, al asumir nuevas funciones o al introducirse nuevas tecnologías, equipos o procesos en la unidad de negocio.
Asimismo, cuando el empleador de la MYPE cuente con 20 o más trabajadores, este debe constituir un Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo; sin embargo, si cuenta con menos de 20 trabajadores, se debe designar a un supervisor de seguridad y salud en el trabajo.
En tal sentido, el referido Comité o Supervisor de SST, de acuerdo a sus funciones es el llamado a realizar inspecciones internas en áreas críticas, verificar las condiciones eléctricas, orden y limpieza, uso de Equipos de Protección Personal (EPP), señalización, accesos, rutas de evacuación, entre otros, recordó el superintendente.
La Sunafil continuará brindando estas medidas, con la finalidad de que los empleadores puedan comprenderlas e implementarlas en sus respectivos negocios.
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