• Osiptel: ¿Qué hacer si no estás de acuerdo con tu recibo de teléfono o internet?

    2 de junio del 2023
    Reproducir:

    image_pdfimage_print

    Cuando los usuarios no están de acuerdo con el monto que figura en su recibo de servicio móvil, teléfono fijo, internet o televisión de paga, tienen el derecho de presentar un reclamo por facturación en su empresa operadora, informó el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).

     

    También corresponde hacerlo cuando haya desacuerdos por requerimientos de pago respecto al cálculo de los consumos facturados, a la inclusión de servicios adicionales, cargos por reconexión, promociones, paquetes o conceptos no contratados, entre otros casos.

     

    “Como parte del procedimiento, las empresas operadoras deberán brindar al usuario un código de reclamo como constancia de presentación del mismo, independientemente si el trámite se ha realizado a través del canal de atención presencial, telefónico o virtual”, indicó la directora de Atención y Protección del Usuario del regulador, Tatiana Piccini Antón.

     

    Explicó que la empresa tendrá hasta 15 días hábiles para responder, cuando el monto reclamado sea de hasta 0,5 % del valor de la unidad impositiva tributaria (UIT), lo que este año equivale a S/ 24,75; y de 20 días hábiles para montos superiores al 0,5% del valor de la UIT.

     

    Además, precisó que se debe considerar el plazo máximo de cinco días hábiles para la notificación de la respuesta por parte de la empresa operadora en el domicilio del usuario o a través de correo electrónico si así lo autorizó.

     

    “En ningún caso, las empresas operadoras podrán condicionar la presentación del reclamo al pago previo de todo el recibo. Eso está prohibido”, enfatizó la funcionaria.

     

    Además, detalló que, si el usuario pagó el importe del recibo en reclamo y el caso es declarado fundado, es decir, a favor del usuario, se le debe devolver el monto ya pagado.

    Es pertinente indicar que el usuario solo debe pagar por el monto no reclamado (monto con el que está de acuerdo) mientras el reclamo se encuentre en trámite.

     

    “Los usuarios tienen hasta un año, contados después de la fecha del vencimiento del recibo, para formular un reclamo por facturación”, subrayó.

     

    También podrán realizar el reclamo hasta un año después de que la empresa operadora hizo el requerimiento de cobro por el concepto reclamado o de notificado el documento donde se consigna el cobro de los montos supuestamente adeudados.

     

    Lea también: Conexiones de internet fijo aumentaron 5% al primer trimestre 2023

     

    No hay imágenes cargadas en la galería, por favor desactivar la opción de galeria.

    ESTUDIOS

    EMPRESA

    EXPERIENCIA LABORAL

Entradas Recientes

¿Quién fue José de la Serna, personaje de la Batalla de Ayacucho?

La Batalla de Ayacucho marcó el fin del virreinato en el Perú y dio inicio a una nueva era en Latinoamérica. Al hablar de las figuras representativas de ese conflicto, el nombre más mencionado es el de Antonio José de Sucre, quien lideró con valentía al ejército patriota para vencer a los realistas. Por el […]

CCL presentó cuadro conmemorativo en honor a Rosa Bueno

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) develó con orgullo un cuadro conmemorativo en honor a Rosa Bueno de Lercari, past president del gremio, quien desempeñó el cargo entre abril de 2022 y abril de 2024. En la ceremonia participaron Roberto De La Tore, actual presidente de la CCL, junto con otros representantes como Hernán […]

Artículos relacionados

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

GUIA DE SALUD
Suscríbete Contáctanos