• UIT 2025: Los nuevos montos de infracciones de tránsito en Perú

    Con la modificación de la UIT 2025, las infracciones de tránsito tendrán un nuevo monto. Conoce los detalles a continuación.

    18 de diciembre del 2024
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    Samuel Moreno

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    El Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) presentó el nuevo monto de la Unidad Impositiva Tributaria (UIT) que entrará en vigencia a partir del 1 de enero de 2025, según un decreto supremo publicado en el diario oficial El Peruano. Además del cambio en la cifra, habrá modificaciones importantes relacionadas con los pagos por multas de tránsito, las cuales variarán dependiendo de la gravedad de las infracciones.

    El Servicio de Administración Tributaria (SAT) determinará el porcentaje de la UIT 2025 que se deberá pagar según la clasificación de la infracción, que puede ser leve, grave o muy grave. Por ejemplo, las multas por infracciones leves estarán entre el 4 % y 5 % de una UIT, lo que equivale a S/214 y S/267.50 con el nuevo valor que se aplicará desde enero de 2025.

    UIT 2025: Infracciones y multas según su gravedad

    Faltas Leves

    Multa: 4 % – 5 % de una UIT (S/214 – S/267.50)

    • Usar bocinas de aire comprimido en áreas urbanas.
    • Hacer uso de la bocina de manera innecesaria para llamar la atención.
    • Lanzar, dejar o abandonar objetos o sustancias en la vía pública que obstaculicen la circulación.
    • Utilizar el carril destinado al giro a la izquierda para continuar en una dirección distinta a la señalizada.
    • Abrir o dejar abierta la puerta de un vehículo estacionado, dificultando el tránsito vehicular.
    • Estacionar en zonas exclusivas para vehículos que transportan personas con discapacidad o conducidos por ellas.
    • Dejar el vehículo mal estacionado, incluso en zonas donde está permitido.

    Faltas Graves

    Multa: 10 % de una UIT (S/428)

    Realizar adelantamientos o sobrepasar a otro vehículo de manera incorrecta.
    No señalizar ni tomar precauciones al girar, hacer un giro en U, cambiar de carril o detener el vehículo.
    Frenar de manera repentina sin una razón justificada.
    No mantener una distancia prudente y razonable según el tipo de vehículo y las condiciones de la vía, tanto al circular como al detenerse detrás de otro vehículo.
    No ubicarse con anticipación en el carril correspondiente para realizar un giro o cambio de dirección.
    No usar el carril derecho para recoger o dejar pasajeros o para cargar y descargar.

    Faltas Muy Graves

    Multa: Varía entre 5 % y 150 % de una UIT (S/267.50 – S/8 025)

    • 5 %: S/267.50
    • 12 %: S/642
    • 18 %: S/963
    • 24 %: S/1 284
    • 50 %: S/2 675
    • 100 %: S/5 350
    • 150 %: S/8 025

    Ejemplos de Faltas muy graves:

    • Circular generando contaminación por encima de los límites máximos permitidos.
    • Suministrar combustible a un vehículo de transporte público con pasajeros a bordo.
    • Participar en carreras o competencias de velocidad no autorizadas.
    • Permitir que un menor de edad conduzca un vehículo automotor sin autorización o permiso provisional.
    • Manejar un vehículo con sistemas de dirección, frenos, suspensión, luces o eléctricos en mal estado, según una inspección técnica vehicular.
    • No detenerse al aproximarse a un vehículo de transporte escolar identificado que está recogiendo o dejando estudiantes.

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