Regulan pensiones mínimas en Sistema Privado de Pensiones

La Ley N°31670, publicada el 13 de enero del 2023, regula la creación de pensiones mínimas y la ampliación de las alternativas de aportes voluntarios para los afiliados del Sistema Privado de Pensiones (SPP).

 

De acuerdo con la ley, se busca crear una mejor cultura previsional, a través de la determinación de metas, con miras a una jubilación con una pensión mínima. De esta manera se promueve  alternativas para los aportes voluntarios de los afiliados al SPP, con cargo a la devolución de Impuesto a la Renta de Cuarta y Quinta categoría, o devolución de cualquier otro tributo o saldo a favor a nombre del afiliado.

 

Pensión mínima

 

La pensión mínima creada por la ley, es decidida por el aportante; no obstante, esta no puede ser un monto menor al de la Canasta Básica de Consumo (CBC) que determina y publica el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI), el mismo que para el 2021 ascendió a S/ 378 mensuales por habitante.

 

En esa línea, para obtener dicha pensión mínima, cada afiliado debe fijar una meta de ahorro previsional para la administración de su cuenta individual de capitalización, de tal manera que quede establecido el saldo mínimo de jubilación, que es el monto que debe tener el aportante en su cuenta al momento de jubilarse.

 

El saldo mínimo de jubilación se constituye con los aportes obligatorios y voluntarios que el aportante haya realizado a su cuenta individual de capitalización, así como con la rentabilidad generada por la AFP.

 

Administración de la cuenta individual de capitalización

Una vez alcanzado el referido saldo mínimo de jubilación, el afiliado sigue haciendo los aportes obligatorios establecidos por ley. No obstante, el aportante podrá decidir sobre el excedente de la cuenta individual de capitalización entre:

 

  • Trasladar el excedente de la cuenta individual de capitalización a su cuenta de aportes voluntarios sin fin previsional.

 

  • O emitir garantías negociables por un monto equivalente al excedente de la cuenta individual de capitalización.

 

Aportes con cargo a devoluciones de impuestos

Se faculta al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF) el poder ampliar el alcance de los aportantes; que pueden solicitar devoluciones de pago de impuestos de renta de cuarta y quinta categoría o de cualquier otro tributo o saldo que tenga como titular al afiliado, para abonarse a su cuenta individual de capitalización. Asimismo, se faculta al MEF a flexibilizar los requisitos para la realización de aportes voluntarios al SPP.

 

Aportes voluntarios sin fin previsional

Adicionalmente, se modificó el artículo 30 del TUO de la Ley del Sistema Privado de Administración de Fondos de Pensiones, con el fin  de eliminar la exigencia de estar afiliado como mínimo cinco años al SPP para poder efectuar aportes voluntarios sin fin previsional que pueden ser convertidos a aportes voluntarios con fin previsional.

 

Reglamentación pendiente

Se ha dispuesto que se reglamente la ley dentro de un plazo no mayor de 90 días calendario, plazo que de respetarse, se cumpliría el 13 de abril del 2023.

 

Al respecto, debemos señalar que el reglamento deberá aclarar la aplicación de varios puntos de la ley, tales como:

 

  • Si el retiro del excedente puede ser en una sola armada, o estará sujeto a cronogramas.
  • Si la pensión mínima y la meta de ahorro previsional variará cada año en función de la actualización de la canasta básica por el INEI.
  • Si la pensión mínima fijada por el afiliado puede ser variada y con que frecuencia.
  • La naturaleza y el procedimiento para la emisión de las garantías negociables por un monto equivalente al excedente de la cuenta individual de capitalización.
  • El procedimiento para que las devoluciones de pago de impuestos de renta de cuarta y quinta categoría o de cualquier otro tributo, sea abonado a la cuenta individual de capitalización.

 

Finalmente; cabe recordar que actualmente el SPP ya prevé dos regímenes de pensión mínima, conforme con las Leyes 27617 y 28991, con las que el Estado otorga un bono complementario que cubre la diferencia entre la pensión calculada de acuerdo a los aportes del trabajador y la mínima que se establezca, cuando este  haya cumplido con ciertos requisitos de edad y de años de aporte a un sistema de pensiones.

 

Con esta nueva disposición, será el propio trabajador quien determine cuánto desea tener de pensión mínima, y en función a ello, cuánto requerirá aportar y/o mantener en su cuenta individual al momento de su jubilación.




Eduardo Morón: «La situación actual de las pensiones en el Perú está peor que antes»

¿Cómo está el sistema privado de pensiones en el Perú?

Lamentablemente la situación actual de las pensiones en el Perú está peor que antes. Claramente los retiros de los fondos han sido indiscriminados y no se logró atender exclusivamente y realmente el tema de la emergencia. Más del 40% de los retiros corresponde a gente que no perdió ni un día su trabajo con lo cual te das cuenta de que no tenía ningún sentido lo que se hizo o permitió.

 

Entonces, hoy estamos en una situación peor porque hay muchísimos peruanos que no tienen ninguna opción de financiamiento, seguro de su vejez y a aquellos que podían haberlo tenido les permitieron abrir las puertas de esos fondos y cuando les toque retirarse no tendrán los recursos necesarios para financiar su vejez.

 

Pero siempre hay críticas a las AFP por no dar una pensión adecuada al aportante.

Si uno puede leer un poco de lo que se está discutiendo en Chile, a propósito de la propuesta del presidente, Gabriel Boric, tenemos que sacar algunas lecciones para nuestra discusión. Nosotros muchas veces hemos dicho que para tener mejores pensiones, (los aportantes) tienen que hacer un mayor sacrificio de ahorro, dar más recursos para obtener mayores pensiones mañana. Pero, que la gente no quiere escuchar.

 

Eso se ve en la reforma propuesta por Chile, donde hay una discusión de aportes adicionales a los que ya existían como base fundamental para que efectivamente la gente tenga una mayor pensión. También es parte de la propuesta que el Estado tiene que poner más plata para que esas pensiones no contributivas como nuestra Pensión 65 sea fortalecida.

 

¿Qué es lo que se debería o no tomar en cuenta de la propuesta chilena?

Hay errores que se han planteado en Chile que son mensajes importantes para nuestra propia discusión. Se necesitan más recursos y empiezan a mirar de dónde se puede sacar y la propuesta que se ha planteado en Chile sugiere retirar recursos del bolsillo de la gente para pagarle la pensión al que no contribuye.

 

Esto al final es simple, pues es un impuesto a la planilla formal. Pero, Chile es diferente a Perú, pues el nivel de formalidad de Chile es mucho mayor que el del Perú. Nuestro vecino país tiene el 80% de formalidad, lo que no ocurre con nuestro país.

 

Evidentemente, en nuestro caso es imposible pensar recaudar de ese pequeño grupo de la población formal para financiar al resto y creo que en el caso de Chile es una opción lamentablemente muy riesgosa que hace menos atractiva la formalidad.

 

En la propuesta de Chile se está permitiendo el ingreso de nuevos competidores. ¿Eso no sería bueno para el sistema peruano?

En el tema de competencia, efectivamente hay una demanda aquí y en todos lados. Siempre he dicho que la mayor competencia no solamente tiene que estar en el hecho de que yo pueda escoger rojo, azul o verde, sino que efectivamente me genere un beneficio o bienestar.

 

Puedo tener mucha competencia, pero al final no necesariamente me puede generar un bienestar. Aquí se ha discutido mucho el permitir o no que sean los bancos los que tomen estos recursos porque ellos tienen otros clientes y al final tienen que decidir a quién favorecer. Ellos (los bancos) incentivos súper desalineados respecto a los afiliados.

 

Nosotros hemos comentado a la Comisión de Reforma del Sistema Privado de Pensiones (SPP) que lo que se necesita para promover más competencia es un back office centralizado común que permita que aparezcan más actores. Pero, como siempre, en los detalles es donde están los problemas porque no queda claro todavía es quién va a ser el que decida en qué activos van a terminar invirtiendo estos nuevos gestores de portafolio.

 

Entonces, ahí hay cosas por mirar especialmente en esta opción que están dando en Chile donde, además, a mi juicio es absolutamente innecesario el crear un gestor estatal y, además, diciendo que ese gestor va ser bueno, bonito y barato.  Creo que es difícil para nosotros que convivimos con la desgracia de Petroperú creer que lo estatal es bueno, bonito y barato.

 

¿Cómo van nuestras reformas? ¿Nosotros tenemos muchísimas que nunca se concretan?

Si nos miramos con respecto a Chile, y en ese aspecto tampoco somos tan diferentes, nosotros hemos tenido varias comisiones de reformas. Hay una en marcha con un nuevo grupo que va a mirar la reforma de pensiones. Los chilenos también hace rato están armando una reforma que no logra tener un consenso mínimo que permita construir sobre lo ya avanzado que es lo esencial para no generar más problemas. Lo que más me preocupa es el tema de cargarle a la planilla formal. Siempre he dicho que el gran problema de nuestro país es el altísimo grado de informalidad.

 

¿Hay algún mea culpa por parte de las AFP porque hay mucho rechazo de la población?

Creo que la gente con justa razón le pide muchos cambios; pero, una cosa que no se entiende es que es un sector híperregulado. Es un sector donde no se puede hacer esto o aquello porque se cree que es lo más conveniente. Se tiene que hacer lo que dice la ley.

 

Se le ha reclamado mucho a las AFP; sin embargo, por más que estén de acuerdo con estos reclamos no se puede hacer nada porque sería ilegal ya que su regulador no lo permite. Por ejemplo, un tema que se ha discutido mucho es que las AFP compartan pérdidas y las AFP pueden estar de acuerdo, pero no lo pueden hacer porque eso no está en la ley.




Ricardo Alcázar: Por un nuevo sistema universal de pensiones

La Constitución Política del Perú en sus artículos 10, 11 y 12 reconoce el derecho ciudadano a la seguridad social y a la libre elección de dónde poner sus fondos pensionarios en entidades estatales, privada o mixtas, lo cual hace posible y obliga constitucionalmente a formular un sistema de pensiones intangible que comprenda a todos los ciudadanos del Perú. Hoy existen dos sistemas de pensiones, uno público (ONP) que está totalmente desfinanciado y resulta un fracaso; y otro privado (AFP) que ha funcionado bien en parte; sin embargo, tiene muchas deficiencias y por lo tanto es necesario reformar o refundar.

 

Para ello es necesario un gran debate nacional participativo en busca de un nuevo sistema universal de pensiones, que asegure el futuro de las pensiones de todos los peruanos. Hay varios estudios y puntos de vista al respecto para países latinoamericanos, a partir de estudios del Banco Mundial en los primeros años de este siglo XXI, que hablan de un sistema multipilar como sigue:

 

Un primer pilar, es el fondo llamado “no contributivo” financiado (por reparto entre todos los ciudadanos del país) y administrado por el Estado, que produciría lo que le llaman “beneficio definido” lo cual aseguraría una pensión mínima al momento de la jubilación.

 

Un segundo pilar, es el fondo llamado “contributivo” que aporta cada uno de los ciudadanos durante todos sus años de trabajo en planilla, el mismo que es administrado por una entidad privada especializada en fondos de pensiones tipo AFP.

 

Un tercer pilar, es un fondo voluntario, el mismo que cada ciudadano puede aportar y ahorrar con el afán de conseguir la mayor pensión posible al jubilarse, el mismo que también es administrado por una entidad privada tipo AFP, tal como sucede hoy mismo en el Perú.

 

La suma de estos tres pilares daría la oportunidad de asegurar una pensión decente para todos los ciudadanos, al cumplir la edad de jubilación que hoy es de 65 años, tanto para mujeres como para varones.

 

Ahora bien, ¿cómo podemos poner esto en práctica? Es indudable que se requiere de un gran debate nacional para lograr un consenso adecuado, por lo que aquí esbozamos algunas ideas creativas relacionadas principalmente al financiamiento y administración de los fondos, y en especial de los fondos del primer pilar.

 

El primer pilar “no contributivo” lo proporciona el Estado a través de un “reparto igual” para todos los ciudadanos, lo cual puede ponerse en práctica desde que nacen y cuyo DNI amarillo debe constituir el número de su “Cuenta de Ahorros Pensionaria Individual Intangible”, con ahorros desde los cero años hasta que cumpla la edad de jubilación.

 

Teniendo en cuenta ello, será necesario financiarlo a partir de una alícuota individual igual para todos, que debiera provenir de un impuesto que es pagado por todos los ciudadanos que consumimos todos los días, como es el Impuesto General a las Ventas (IGV).

 

Según la Nota Semanal 04-2022 del BCR, el Impuesto a las operaciones gravadas total (18%) conocido generalmente como IGV, que está compuesto por el IGV propiamente dicho de 16% más el Impuesto de Promoción Municipal (IPM) de 2%, corresponde una recaudación anual en el 2021 de 78 mil 99 millones de Soles corrientes.

 

A modo de ejercicio teórico, para la comprobación de la viabilidad de esta idea, digamos que asignamos para el “reparto igual” en la Cuenta de Ahorros Pensionaria Individual Intangible de todos los ciudadanos un equivalente al 2%, el mismo que se cobra por el IPM, recibiendo un nuevo nombre que puede ser “Impuesto para el ahorro ciudadano pensionario”, teniendo en cuenta que el Tesoro vería la forma de no desfinanciar a las Municipalidades, usando otros fondos a partir de ahorros que pueden generarse a partir de la recaudación general de impuestos, ya que todos hemos visto que ¡sí se puede!, si no se habría hecho, por ejemplo, el despilfarro del dinero público en los últimos 30 años.

 

En caso se demuestre que no se puede disponer del IPM, entonces habría que subir el IGV a 20%, lo cual puede ser justificado por el ahorro a largo plazo, ya que todo ahorro es un sacrificio que tiene un costo de oportunidad que se ve en el largo plazo, el mismo que debe ser incorporado a nuestra cultura nacional, hoy desafortunadamente cortoplacista.

 

Siguiendo este ejercicio ilustrativo general con datos del Banco Central de Reserva (BCR), el 2% del IPM en el 2021 equivale aproximadamente a 8 mil 678 millones de Soles, un año bajo en recaudación, por la recuperación lenta después de la caída económica ocasionada por la pandemia. Si esta cifra conservadora la dividimos entre 30 millones de ciudadanos peruanos (que viven en Perú y pagan el IGV como consumidores) bajo el concepto de “reparto igual”, corresponderían S/ 289 a cada uno en todo el año 2021.

 

Solo por cuestiones ilustrativas de esta idea, en el supuesto negado que la recaudación y la población se mantengan por los 65 años, considerando un marco de macroeconomía estable, y teniendo en cuenta una rentabilidad nominal conservadora de 5% anual (la Asociación de AFPs informa un promedio de 11,2% anual en El Comercio del 22.05.2022), los S/ 289 anuales que el Estado depositaría a cada ciudadano durante 65 años, podrían significar cuando llegue a esa edad y se jubile, contar con un fondo de más de S/ 138.000 y por lo tanto, tendría una pensión de jubilación por 30 años hasta los 95 años de vida, equivalente a unos S/ 400 mensuales, que en términos constantes podría significar un mínimo ahorrado individualmente para vivir decentemente solo con el primer pilar.

 

Estas son solo aproximaciones para demostrar en líneas generales que la idea tiene una gran probabilidad de funcionar, por lo que ahora toca hacer los cálculos econométricos complejos multivariables al Ministerio de Economía y Finanzas (MEF), Superintendencia Nacional de Banca, Seguros y AFP, las Administradoras de Fondos de Pensiones (AFP) y las instituciones privadas que tienen que ver con el desarrollo de nuestro país, quienes son plenamente conscientes que hay que asegurar las pensiones del futuro.

 

En cuanto a la administración del primer pilar, el Banco Mundial sugiere que sea el Estado quien administre este primer pilar a través de la Cuenta de Ahorros Pensionaria Individual. Sin embargo, es bueno pensar, ¿cómo el Estado ha administrado la Oficina Nacional de Pensiones (ONP) hasta la fecha? ¿Cómo el Estado ha administrado el Sistema Nacional de Pensiones Público hasta antes de las AFP?. Sencillamente muy mal, recordando que hace algunos años atrás, los jubilados se encadenaban para solicitar aumento de pensiones.

 

Siendo el Estado comprobadamente un mal administrador de pensiones, esta cuenta individual intangible del primer pilar, debe ser administrada por una institución especializada privada que puede ser generada sobre la base de las AFPs reformadas (evitando la concentración de grupos económicos, por ejemplo) en unas nuevas Administradoras Nacionales de Pensiones (ANPs) donde participen como accionistas el sector privado, los afiliados y posiblemente el Estado en forma minoritaria, ya que la principal misión del Estado es regular a través de una potente Superintendencia de ANPs especializada y muy profesional como otros órganos reguladores que funcionan en nuestra economía social de mercado.

 

Segundo y Tercer Pilar

Sumados al primer pilar esbozado líneas arriba, el segundo pilar, tal como lo recomienda el Banco Mundial, sería una cuenta personal contributiva donde se depositan los descuentos obligatorios de planilla que realizan las empresas a cada uno de los ciudadanos con empleo decente, tal como se hace ahora; y el tercer pilar sería el aporte voluntario individual de los ciudadanos, que debe ser atraído por la alta rentabilidad y la confiabilidad del Nuevo Sistema Universal de Pensiones del Perú administrado por las ANPs y supervisado profesionalmente por el Estado, siendo conscientes que junto a los otros dos pilares, se pueda asegurar una buena pensión de jubilación que redundará en lograr una vida decente en los cuarteles de invierno de nuestra vejez.

 

Y por último, al pagar el IGV veremos el retorno en nuestra “Cuenta de Ahorros Pensionaria Individual Intangible” hasta la jubilación, lo cual redundará favorablemente en la lucha contra la informalidad… Continuará…Se abre el debate…

 

 

 




Campaña escolar: Negocios mantienen expectativas conservadoras

Si bien algunas escuelas iniciaron clases semipresenciales a mediados del año pasado, recién para marzo de este 2022 el Gobierno peruano oficializó el retorno a la educación presencial. Esto genera optimismo en los negocios. No obstante, según los expertos consultados para este informe, los ingresos estarían aún muy por debajo de las cifras prepandemia.

 

Uno de los factores sería el retraso del inicio de la campaña debido a la tercera ola de la pandemia, por lo que recién se esperaría que a finales de marzo haya mayor demanda tanto de uniformes, calzado, útiles y textos escolares, entre otros. A ello se sumaría el alza de los precios de algunos de estos productos, lo que podría influir en dicha demanda.

 

Colegios privados listos para empezar

El presidente del Gremio de Educación de la Cámara de Comercio de Lima, Ramiro Salas, precisa que las escuelas privadas se han estado preparando con todos los protocolos para este esperado retorno a clases y que gradualmente se irá volviendo a la presencialidad por completo.

 

“Esto será un proceso para los escolares. Tanto para colegios públicos como privados, la relación entre padres de familia con los maestros y la escuela, necesariamente será un elemento de coordinación muy importante”, anota.

 

Dentro de los protocolos incluidos, Salas menciona que estarán el aforo adecuado, el uso permanente de la mascarilla, el constante aseo personal de las manos y el mantener la distancia social. Ello ayudará a que se pueda ir superando la posibilidad de contagio y, en caso exista alguna evidencia, hay un protocolo de aislamiento rápido que impedirá que el virus se propague de forma masiva.

 

Pensiones se elevarían

El profesor de Pacífico Business School, Jorge Carrillo, explica que en pandemia la gran mayoría de las pensiones de los colegios se redujeron, pero ahora las instituciones van a retomar los costos de la prepandemia, e incluso se incrementarían por el tema de la inflación y los protocolos sanitarios. Así, se elevarían en promedio 12% más que en el 2019.

 

Al respecto, Ramiro Salas sostiene que en algunos casos sí ameritarían ciertos incrementos, y tiene mucho que ver con los requerimientos de cada colegio para ofrecer un servicio educativo adecuado que contemple, efectivamente, todos los protocolos. “En estos dos años hemos desarrollado una serie de conceptos y metodología muy concreta para recuperar el interés de los escolares en las materias”, refiere.

 

Mientras tanto, Jorge Carrillo subraya que probablemente el costo de la movilidad también se eleve debido al alza del precio de la gasolina (por efecto de los precios internacionales del petróleo) y el tipo de cambio.

 

De otro lado, sobre los gastos que generarían los útiles y textos escolares, así como los uniformes y otros accesorios para los niños y jóvenes, en promedio se gastaría entre S/ 800 y S/ 1.000 más versus el 2020 y 2021.

 

“En muchos casos los útiles y uniformes son importados. Estos se habrían incrementado en un 20%, aproximadamente, primero por el tipo de cambio, pues si se compara con el 2019, el incremento del precio del dólar ha sido de más del 20% y, por otro lado, los costos de importación que se han quintuplicado en muchos casos”, refiere Carrillo.

 

Útiles escolares costarían 12% más

En ese sentido, el gerente comercial de Continental, Rodolfo Salas, indica que en su caso los precios de útiles escolares se elevarían entre 10% y 12%, dependiendo de la categoría. Sin embargo, recalca que no se están trasladando todos los altos costos (de importación) al consumidor final, pues parte de ellos lo están asumiendo o se está promediando con los stocks de campañas pasadas.

 

Cabe resaltar que las empresas empezaron a importar útiles para la campaña escolar desde setiembre y octubre del año pasado (ver cuadro), pero la cantidad importada disminuyó respecto al 2019. Ello, según el Instituto de Investigación y Desarrollo de Comercio Exterior de la CCL, se debería al stock que aún mantienen los negocios, los cuales no pudieron ser despachados por la pandemia.

 

 

Rodolfo Salas, de Continental, afirma que esta campaña espera lograr el 70% de las ventas del 2019, pero el ticket promedio de compra sería menor a la prepandemia.  “Por ejemplo, teníamos tickets de pre-escolar que bordeaban los S/ 400 y S/ 450, en primaria era de S/ 350 y secundaria de S/ 280 o S/ 250, dependiendo de si el colegio era público o privado. Eso solo en lista escolar, no libros. Ahora estaremos en un 50% de dicho ticket promedio”, precisa.

 

En ese sentido, la empresa, dueña de la marca Standford, asegura que ahora su estrategia es ofrecer productos más económicos, pero manteniendo la calidad, como las marcas Atlas, Conti y Milano. “Hoy estamos viendo que el consumidor está buscando productos que sean económicos y buenos. Por eso, tenemos los de menor ticket que cumplen con las condiciones”, refiere.

 

Venta de uniformes aún no se recuperaría

El presidente del Gremio de Indumentaria de la CCL, Luis Antonio Aspillaga, señala que empresas de su sector dedicadas a la fabricación de uniformes escolares para los colegios privados se encuentran al 30% de la producción del 2019, pues no se tiene la certeza de que se inicien las clases y no quieren quedarse con la mercadería.

 

Asimismo, añade que sí habría un alto incremento en los precios finales de estos productos debido, principalmente, a la escasez de telas a nivel mundial, ya que los uniformes se fabrican con telas que tienen mezclas de fibras, algodón y poliéster.

 

“El incremento de los precios sería alto, entre el 50% y 70% respecto al 2019, por el alza de los precios de los insumos a nivel internacional, los botones, cierres, entre otros, además de la escasez de telas, al margen del problema de los fletes y la pandemia”, explica Aspillaga.

 

En tanto, de parte del sector mayorista, la presidenta de la Asociación Empresarial Gamarra Perú, Susana Saldaña, coincide e indica que todavía ve imposible lograr las cifras prepandemia y solo alcanzarían el 30% de los que se logró en la campaña del 2019.

 

Al menos esperamos superar el 70% del reinicio de actividades de todo el emporio. Tenemos muchas expectativas por la demanda. Pero ahora los padres no están en la capacidad económica suficiente para gastar, entonces vamos a dar nuestra mejor oferta, a bajo costo y la mejor calidad posible”, anota.

 

De esta manera, la venta mayorista empezaría en marzo y la minorista en abril, con el reinicio de las clases de colegios públicos. “Recién estamos en proceso de producción y vamos con mucha precaución, porque es arriesgar el poco capital que se tiene después de la pandemia”, comenta.

 

Calzado escolar

Por su parte, el rubro de calzado también mantiene sus proyecciones conservadoras para esta campaña. Para Bata Perú, la campaña escolar representa alrededor del 15% de las ventas anuales, siendo esta la más importante, y tras dos años sin ella, este 2022 espera lograr el 80% de las ventas prepandemia.

 

“Es un número algo conservador, pero hay condicionantes que podrían explicar este retraso, como que ha habido mucho ausentismo escolar y, adicionalmente, la flexibilización en algunas regiones en lo que se refiere al uso del uniforme escolar”, precisa el country manager de Bata Perú, César Vargas del Pino.

 

Agrega que prevén un aplazamiento de 15 días para el inicio de esta campaña en su rubro, debido a que mayoría de colegios privados empezarán clases desde el 1 de marzo y los públicos alrededor del 15 de marzo. Dicha campaña arranca principalmente con la venta de zapatillas blancas de manera mucho más intensa y luego con zapatos negros.

 

También asevera que están manteniendo los precios de calzado del 2019 (ticket que se encuentra en S/ 69 hasta S/ 99) a pesar de que los costos han aumentado. “Procuramos darles a nuestros clientes un producto de buena calidad, pero siempre conveniente”, destaca Vargas del Pino.

 

El dato

El presidente del Gremio de Comerciantes de Artefactos Electrodomésticos de la CCL, Javier Butrón, estima que las ventas de equipos de cómputo en esta campaña escolar serían similares a la del 2021, debido a que la presencialidad en aulas será mixta, pues algunos cursos todavía se dictarán de forma virtual. Entre los productos de mayor demanda estarán las laptops, seguida por desktops.




David Tuesta: “No se avizora una reforma de pensiones que vaya a tener éxito”

¿Qué opina sobre lo anunciado por el premier Guido Bellido respecto a la reforma del sistema de pensiones?

 

El premier Bellido apuntó bien el tema, ya que hizo énfasis en la bajísima cobertura del sistema de pensiones peruano, en la que menos del 30% cotiza activamente.

 

Nuestro país necesita ya una reforma de pensiones, la cual ha sido por bastante tiempo postergada. Pero, con la otra parte del discurso, cuando se refiere al mercado laboral, el tema se vuelve más complejo porque ahí señala que los sobrecostos no son muy importantes. Sin embargo, estos tienen fuertes impactos sobre la informalidad y la baja cobertura pensionaria.

 

Por ello, no parece quedar claro por dónde viene la propuesta, pues, si al final no se basa en el camino de tratar de combatir la informalidad, estamos con un problema serio. Hay propuestas de algunos partidos como Perú Libre y Juntos por el Perú que están promoviendo eliminar las leyes que impulsen más la flexibilización laboral para atraer a trabajadores.

 

No obstante, esto generará más informalidad. Más allá del discurso, por lo menos de lo que se puede percibir, no se avizora que pueda apuntar a una reforma que vaya a tener éxito.

 

Bellido propuso la conformación de una Comisión del Sistema Nacional de Pensiones. ¿Esto funcionará?

 

Definitivamente no va a funcionar. El problema de fondo es el 75% de la población sin aportar. Ello se tiene que solucionar para que este porcentaje pueda participar activamente aportando.

 

Entonces, esta comisión de reforma debería estar conformada por los mismos pensionistas que están ahorrando y que no queda claro cuál será su pensión a futuro. También la debe integrar el 75% que no están dentro del régimen para ver la manera de cómo incorporarlos, y con esto me refiero a las micro y pequeñas empresas que no están representadas por ningún sindicato.

 

Lo que se debe hacer es buscar asociaciones de estos empresarios para ver la manera de integrarlos al sistema y que den su opinión sobre el mercado laboral. Además, no hay que olvidar que esta comisión debe contar con un nivel técnico que dan los órganos independientes como el Banco Central de Reserva (BCR) y, evidentemente, el regulador, que es la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS).

 

¿Cómo se podría integrar a la reforma al 75% que no aporta?

 

Hay varias cosas a tener en cuenta. Una, es que el sistema de pensiones ha sido diagnosticado hace bastante tiempo con informes de comisiones y organismos internacionales que han definido cuál es el problema.

 

Formar una comisión para hacer un diagnóstico, honestamente, no es necesaria porque diferentes técnicos han venido dando, a través del tiempo, una receta diferente de cómo abordar el tema sobre las recomendaciones que están en el ámbito laboral, que es la clave para intentar incorporar a más gente a este sistema.

 

En todo caso, esta nueva comisión debería sintetizar la información anterior que se tiene.

 

La segunda, y tal vez la más importante, es cómo se va implementar y esto implica un consenso político, porque dentro de los que están interesados en esta reforma hay diferentes visiones, como la del Estado, del afiliado, la del no afiliado, la ONP, AFP y de los entes como el BCR; pero también la visión que nunca se ha escuchado que es la de aquel que ha sido expulsado del mercado laboral.

 

También creo que se debe buscar la apreciación de las asociaciones que existen porque hay muchas que no son precisamente sindicatos, sino asociaciones de pymes de las diferentes regiones del Perú. Habría que ver la manera de integrarlas reduciendo los sobrecostos que les impide trabajar en el mercado laboral de manera formal.

 

El Perú tiene uno de los sobrecostos laborales más altos. ¿Cómo manejarlo?

 

Efectivamente, en el Perú los costos laborales de una empresa son altos porque, además, de pagar el sueldo al colaborador, se le tiene que adicionar los derechos sociales establecidos por norma que son casi un 30% más que el empleador tiene que asumir formalmente. Ello afecta el nivel de productividad y crea una brecha alta comparada con Latinoamérica.

 

Entonces, es un tema que necesariamente se tiene que considerar y no se puede obviar dado que estos sobrecostos distorsionan la contratación.

 

Si bien siempre se habla de mayores derechos laborales que las empresas grandes pueden asumir porque contratan trabajadores de alta productividad, el gran problema son las pequeñas empresas que no pueden afrontarlo, por eso se convierten en un elemento decisor de ser formal e informal.

 

Este problema de altos costos hace que a las empresas no les interese crecer porque tienen que pagar más impuestos y eso es un incentivo para mantenerse pequeñas e improductivas.

 

¿Cómo solucionarlo? ¿Tal vez generar aportes diferenciados?

En realidad, lo que debería existir es un régimen general y, dentro de este, dar facilidades para las diferentes empresas que, de acuerdo al tamaño, puedan beneficiarse con alguna reducción, deducción o crédito fiscal. Se debe buscar por fuera algún tipo de subsidio, subvención o cobrar menos contribuciones.

 




Retiro de AFP hasta por S/ 17.600 podrá solicitarse desde el 27 de mayo

La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) aprobó hoy el procedimiento operativo que permitirá a los afiliados a las AFP el retiro facultativo de hasta S/ 17.600 de los fondos pensionarios, a cuatro Unidades Impositivas Tributarias (UIT), y que puede solicitarse desde el 27 de mayo de 2021.

 

En la Resolución SBS N° 1484-2021, publicada hoy en el Diario Oficial, y en cumplimiento de la Ley N° 31192, se establece el procedimiento operativo para que los afiliados soliciten el retiro facultativo de hasta cuatro UIT de sus cuentas individuales de capitalización (CIC).

Procedimiento operativo

 

Las medidas dispuetas por la SBS establecen lo siguiente:

 

1. El retiro facultativo está disponible para todos los afiliados al SPP, con excepción de aquellos que califican para acceder al Régimen Especial de Jubilación Anticipada (REJA), para lo cual se evalúan los ingresos de abril 2020 a marzo 2021, considerando como fecha de corte el 30 de abril del 2021. Las AFP serán responsables de determinar si un afiliado califica o no al retiro.

 

2. El afiliado podrá presentar su solicitud de retiro, por única vez, a partir del 27 de mayo de 2021. El plazo máximo para la presentación de las solicitudes es de 90 días calendario, que vence el 24 de agosto de 2021.

 

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3. Las AFP difundirán y establecerán los mecanismos para garantizar los canales de atención de las solicitudes de sus afiliados. Las plataformas que soporten el registro de las solicitudes deben facilitar, en términos de tiempos y acceso, estándares mínimos que permitan su correcto llenado.

 

Cronograma

 

4. La entrega de los fondos se realizará según el siguiente cronograma:

  • Primer desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde presentada la solicitud ante la AFP.
  • Segundo desembolso de hasta 1 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el primer desembolso por la AFP.
  • Tercer desembolso por el remanente del monto solicitado hasta 2 UIT: en un plazo máximo de 30 días calendario, computados desde efectuado el segundo desembolso por la AFP.

 

5. Las AFP establecerán los protocolos de comunicación para aquellos afiliados que residan en el extranjero o estén físicamente imposibilitados, a efectos de que ingrese su solicitud por los canales y formatos que se habiliten para tal fin.

 

6. Los fondos retirados de las CIC mantienen su condición de intangible, excepto aquellas retenciones judiciales por deudas alimentarias, hasta un máximo de 30% de lo retirado.




Todo lo que debes saber sobre el Seguro de Vida Ley

Con el Decreto Legislativo N° 688 se estableció que todo trabajador –empleado u obrero– tiene derecho a un seguro de vida a cargo de su empleador, siempre que se hayan cumplido cuatro años de trabajo al servicio del mismo. Este seguro permite el otorgamiento de 16 sueldos por fallecimiento natural o 32 por fallecimiento a consecuencia de un accidente a los deudos beneficiarios declarados por el trabajador (cónyuge o conviviente y descendientes, y solo a falta de estos, ascendientes y hermanos menores de 18 años). La base sobre la cual corresponde asegurar a cada trabajador es su remuneración real consignada en la planilla (como mínimo la remuneración mínima igual a S/ 930) con un tope equivalente al establecido para el seguro de invalidez, sobrevivencia y gastos de sepelio en el Sistema Privado de Pensiones (S/ 9,665.33 a diciembre de 2019), según lo dispuso la Ley N° 29549.

 

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Identificación de los beneficiarios finales

 

Recientemente el Decreto de Urgencia N° 044-2019 ha modificado el Decreto Legislativo N° 688, señalando que tendrán derecho al seguro de vida ley los trabajadores desde el primer día de su ingreso al servicio; esto es, no habría que esperar a que el trabajador cumpla los cuatro años de servicio, sino que el empleador debe contratar el seguro de vida, desde la incorporación del trabajador en la planilla. Esta modificación entró en vigencia el 11 de febrero de 2020 y es de aplicación de todos los trabajadores del sector privado independientemente del régimen laboral y modalidad contractual al que se sujeten; y a trabajadores del sector público sujetos al régimen del Decreto Legislativo 728.

 

Cuando a la fecha de la contingencia el trabajador tenga menos de 30 días, el monto del beneficio se establece en base a la remuneración mensual pactada; y cuando tenga más de 30 días y menos de 3 meses, la base será la remuneración percibida en la fecha previa al fallecimiento.

 

Por último, el Ministerio de Trabajo implementará el Sistema Virtual de Registro Obligatorio de Contratos de Seguro de Vida Ley. Permitirá al trabajador verificar la contratación de la póliza por su empleador y a los familiares del trabajador fallecido, consultar si tienen la calidad de beneficiarios.