Licencia para control de cáncer en mujeres

Mediante la Ley 31561 (16/8/2022) se establecieron medidas complementarias para la prevención del cáncer en las mujeres, así como el control y la atención especializada del cáncer de mama y de cuello uterino.

Esta normativa dispuso que las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, para concurrir a realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.

.blog-card { display: flex; flex-direction: column; margin: 0px; box-shadow: 0 3px 7px -1px rgba(0, 0, 0, 0.1); margin-bottom: 20px; background: #fff; line-height: 1.4; border-radius: 5px; overflow: hidden; z-index: 0; } .blog-card a { color: inherit; } .blog-card a:hover { color: #838383; } .blog-card:hover .photo { transform: scale(1.3) rotate(3deg); } .blog-card .meta { position: relative; z-index: 0; height: 200px; } .blog-card .photo { position: absolute; top: 0; right: 0; bottom: 0; left: 0; background-size: cover; background-position: center; transition: transform 0.2s; height: 100% !important; } .blog-card .details, .blog-card .details ul { margin: auto; padding: 0; list-style: none; } .blog-card .details { position: absolute; top: 0; bottom: 0; left: -100%; margin: auto; transition: left 0.2s; background: rgba(0, 0, 0, 0.6); color: #fff; padding: 10px; width: 100%; font-size: 0.9rem; } .blog-card .details a { -webkit-text-decoration: dotted underline; text-decoration: dotted underline; } .blog-card .details ul li { display: inline-block; } .blog-card .details .author:before { margin-right: 10px; content: ""; } .blog-card .details .date:before { margin-right: 10px; content: ""; } .blog-card .details .tags ul:before { content: ""; margin-right: 6px; } .blog-card .details .tags li { margin-right: 2px; color: white; } .blog-card .details .tags li:first-child { margin-left: -2px; color: red; } .li_tags { margin-left: 3px !important; margin-right: 3px !important; text-decoration: none; } .li_tags a { color: white !important; } .blog-card .description { padding: 1rem; background: #fff; position: relative; z-index: 1; } .blog-card .description h1, .blog-card .description h2 { } .blog-card .description h1 { color: #1b1b1b; line-height: 1; margin: 0; font-size: 1.7rem; } .blog-card .description h1 a { color: #1b1b1b; } .blog-card .description h2 { font-size: 1rem; font-weight: 300; text-transform: uppercase; color: #a2a2a2; margin-top: 5px; } .blog-card .description .read-more { text-align: right; } .blog-card .description .read-more a { color: #fe0c0b; display: inline-block; position: relative; } .blog-card .description .read-more a:after { content: ""; margin-left: -10px; opacity: 0; vertical-align: middle; transition: margin 0.3s, opacity 0.3s; } .blog-card .description .read-more a:hover:after { margin-left: 5px; opacity: 1; } .blog-card p { position: relative; margin: 1rem 0 0; } .blog-card p:first-of-type { margin-top: 1.25rem; } .blog-card p:first-of-type:before { content: ""; position: absolute; height: 5px; background: #fe0c0b; width: 80px; top: 0px; border-radius: 1px; } .blog-card:hover .details { left: 0%; } @media screen and (min-width: 414px) { .contenido_blog h1 a { font-size: 22px; font-weight: 700; } .blog-card { flex-direction: row; } .blog-card .meta { flex-basis: 20%; height: auto; } .blog-card .description { flex-basis: 78%; } .blog-card .description:before { transform: skewX(-3deg); content: ""; background: #fff; width: 30px; position: absolute; left: -10px; top: 0; bottom: 0; z-index: -1; } .blog-card.alt { flex-direction: row-reverse; } .blog-card.alt .description:before { left: inherit; right: -10px; transform: skew(3deg); } .blog-card.alt .details { padding-left: 25px; } } @media screen and (max-width: 414px) { .contenido_blog h1 a { font-size: 13px; font-weight: 700; } .blog-card { flex-direction: row; } .blog-card .meta { flex-basis: 35%; height: auto; } .blog-card .description { flex-basis: 63%; } .blog-card .description:before { transform: skewX(-3deg); content: ""; background: #fff; width: 30px; position: absolute; left: -10px; top: 0; bottom: 0; z-index: -1; } .blog-card.alt { flex-direction: row-reverse; } .blog-card.alt .description:before { left: inherit; right: -10px; transform: skew(3deg); } .blog-card.alt .details { padding-left: 25px; } } .textstyls { background-color: #191a1c; border-radius: 5px; color: #fff; display: inline-block; font-size: 14px; margin-bottom: 15px; padding: 5px 10px; }

La mencionada disposición ha sido recientemente reglamentada, mediante el Decreto Supremo 001-2024-SA (20/1/2024), que establece el procedimiento para solicitar la referida licencia.

A continuación, se detallan los términos de este procedimiento:

1. La trabajadora debe presentar al empleador la solicitud de licencia, acompañando la programación de su cita para los exámenes de detección de cáncer.

2. La sola presentación de la solicitud no da derecho al goce de la licencia por parte de la trabajadora, quien debe acreditar posteriormente la atención con la constancia respectiva.

3. Los exámenes pueden realizarse en una Institución Prestadora de Servicios de Salud (Ipress) pública o privada, incluyendo las de las Fuerzas Armadas y la Policía Nacional del Perú.

4. Después de la atención, la trabajadora debe presentar de manera obligatoria la constancia de atención en un plazo máximo de tres días hábiles.

5. La licencia con goce de haber otorgada a la trabajadora es asumida por el empleador, sin reembolso por parte de EsSalud.

6. La Ipress pública, privada o mixta que realice los exámenes de detección temprana de cáncer de mama o de cuello uterino a la trabajadora está obligada a entregar la constancia respectiva el mismo día de la atención e informar posteriormente los resultados, por medio electrónico, a la paciente.

7. El centro de labores debe brindar las facilidades a la trabajadora para que pueda continuar con la atención, así como otorgarle los permisos o licencias que fueran necesarios, adicionales al día de licencia obligatoria. Se entiende que estos permisos o licencias adicionales pueden ser descontados o recuperados conforme lo acuerden las partes.

8. El médico ocupacional o profesional de salud del centro de labores, con el fin de realizar el seguimiento respectivo de la continuidad de la atención de la trabajadora, con su previa autorización, puede solicitar los documentos que indiquen el diagnóstico de cáncer de mama o de cuello uterino, de considerarlo necesario.

Licencias laborales vigentes en el país

Cabe recordar que la licencia para la prevención del cáncer de mama y cuello uterino en las mujeres se suma a la extensa lista de licencias remuneradas que, a lo largo del tiempo, han venido concediéndose a los trabajadores, cuyo costo, materializado en el pago que debe hacerse tanto al trabajador o trabajadora que sale de licencia, como a quien deba sustituirlos, mientras dure su ausencia, debe ser asumido íntegramente por los empleadores.

Desde la Cámara de Comercio de Lima (CCL), estamos de acuerdo con los controles de salud preventivos que los trabajadores deben realizarse anualmente por el bien de su integridad.

No obstante ello, creemos que sería conveniente que, cada vez que existan propuestas legislativas de esta naturaleza –que conducen al otorgamiento de licencias laborales–, se evalúe también la carga que conlleva su cumplimiento y no se recurra simplemente al consabido término: “Esta propuesta legislativa no ocasiona gasto para el Estado”.

 

 

LEER MÁS:

Licencia con goce de haber para descartar cáncer de mama y cuello uterino: ¿En qué consiste?

 




Licencia con goce de haber para descartar cáncer de mama y cuello uterino: ¿En qué consiste?

En el marco de la salud laboral y la prevención de enfermedades, el Estado Peruano ha impulsado medidas que promueven el bienestar de los trabajadores.

En ese sentido, el 20 de enero de 2024, el Gobierno reglamentó la Ley N° 31561, Ley de Prevención del Cáncer en las mujeres y del fortalecimiento de la atención especializada oncológica, que indica que las trabajadoras tienen derecho a un día de licencia con goce de haber al año para realizarse exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.

Lee también: Todo lo que hay que saber sobre las licencias de trabajo remuneradas en Perú 2024

¿Quiénes tendrán derecho a la licencia laboral?

El reglamento establece que las mujeres trabajadoras de los sectores público y privado, incluyendo la Policía Nacional del Perú (PNP) y las Fuerzas Armadas (FFAA), gozarán del derecho a obtener un día al año de licencia con goce de haber para someterse a exámenes de detección temprana de cáncer de mama y cuello uterino.

Licencia para descarte de cáncer de mama y cuello uterino

¿Cómo solicitar la licencia para descarte de cáncer de mama y cuello uterino?

Para acceder a este permiso, la trabajadora deberá coordinar con su empleador o autoridad superior. Luego, deberá presentar la orden médica en la que se indiquen los exámenes a realizar.

Posteriormente, deberá presentar los documentos que acrediten la atención médica recibida.

Por otro lado, el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE) detalla que esta licencia específica no requiere ser compensada, de acuerdo a lo establecido en la Ley N° 31561.

¿Qué pasa si la empresa se niega a dar el permiso?

Las empresas que no cumplan con otorgar licencias laborales en los casos señalados pueden ser sancionadas, puesto que esta falta se encuentra tipificada en el Reglamento de la Ley General de la Inspección de Trabajo como una infracción muy grave.

En el caso de una microempresa, la multa puede llegar hasta los S/ 3 128; para una pequeña empresa, hasta los S/ 35 190; y para una no mype, hasta los S/241 638.

Licencia para descarte de cáncer de mama y cuello uterino

¿Por qué es importante esta licencia?

La detección temprana de enfermedades como el cáncer de mama y cuello uterino puede marcar la diferencia en el tratamiento y la recuperación. La licencia con goce de haber busca fomentar que las trabajadoras peruanas se realicen periódicamente los exámenes preventivos recomendados, sin que esto afecte su situación económica y laboral.

Es importante mencionar que, la prevención es clave en la lucha contra el cáncer. Toda empresa debe brindar las facilidades para cuidar la salud de sus colaboradoras.

La licencia con goce de haber es un derecho que contribuye al bienestar de las trabajadoras y, además, al rendimiento y la productividad de la empresa.

 

 

LEER MÁS:

Día Internacional Contra el Cáncer de Mama: ¿Cómo pueden contribuir las empresas?

 




Si fallece un familiar, ¿cuántos días de permiso tengo en el trabajo?

La muerte de un ser querido es una de las situaciones más dolorosas por las que puede pasar cualquier persona. Estas circunstancias no son ajenas a los trabajadores, ya que en algún punto de su vida laboral sentirán la necesidad de disponer de un periodo para el luto y ausentarse temporalmente de su lugar de trabajo.

Ante esta situación, debes saber que existe un permiso laboral ante el fallecimiento de un familiar cercano.

En este artículo abordaremos de manera clara y directa el marco legal que regula este derecho en el ámbito laboral peruano.

Lee también: Licencias remuneradas 2024: reglamentación actual y beneficios para los trabajadores

¿Qué dice la nueva ley sobre la licencia laboral por fallecimiento de familiares?

Mediante la Ley N.° 31602, publicada en el diario El Peruano el 5 de noviembre de 2022, se estableció la licencia por fallecimiento de familiares directos para los trabajadores del sector privado. Recientemente esta norma ha sido reglamentada mediante Decreto Supremo 013-2023-TR, publicado el 24 de diciembre de 2023 en El Peruano.

Permiso por fallecimiento de familiar

¿Cuántos días me corresponden por fallecimiento de un familiar?

Esta medida, aplicable a todos los regímenes de contratación, ofrece una licencia remunerada de cinco días calendario en caso de pérdida de cónyuge, padres, hijos y hermanos.

¿Qué pasa si el fallecimiento ocurre en otra región?

La ley menciona que cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente de donde se ubica el centro laboral del trabajador, la licencia se extiende hasta por el término de la distancia, es decir, el tiempo adicional que toma el desplazamiento.

¿Cómo solicitar el permiso laboral por fallecimiento de un familiar?

  • Debes informar a tu jefe inmediato sobre la situación familiar que afrontas para acceder rápidamente al permiso laboral.
  • El trabajador debe solicitar al empleador la fecha de inicio y duración de la licencia.
  • Al finalizar, se presenta la documentación sustentatoria del vínculo con el familiar fallecido.

 

En caso de extensión por fallecimiento, por ubicarse en un lugar distinto al del centro de trabajo, se presentan los documentos que acrediten tal situación o una declaración jurada.

Recuerda que el permiso laboral empieza a contar a partir del momento del fallecimiento del familiar.

¿El permiso laboral por fallecimiento de un familiar es remunerado?

Es crucial tener en cuenta que este tiempo de permiso es remunerado, es decir, el trabajador seguirá percibiendo su salario habitual durante esos días, según lo especifica el reglamento aprobado.

 

 

LEER MÁS:

Todo lo que hay que saber sobre las licencias de trabajo remuneradas

 




Licencias remuneradas: reglamentación actual y beneficios para los trabajadores

Mediante la Ley N.° 31602 (El Peruano 05.11.2022) se instituyó la licencia por fallecimiento de familiares directos para los trabajadores del sector privado. Esta medida, aplicable a todos los regímenes de contratación, ofrece una licencia remunerada de cinco días calendario en caso de pérdida de cónyuge, padres, hijos y hermanos. No obstante, cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente de donde se ubica el centro laboral del trabajador, la licencia se extiende hasta por el término de la distancia, es decir, el tiempo adicional que toma el desplazamiento. 

Lee también: Todo lo que hay que saber sobre las licencias de trabajo remuneradas

Esta norma ha sido reglamentada recientemente, mediante Decreto Supremo 013-2023-TR (El Peruano 24.12.2023). Sus principales aspectos son los siguientes:  

Alcance y remuneración

  • Se otorga a todos los trabajadores del sector privado, independientemente del régimen de contratación.  
  • La licencia se otorga con pago de remuneración, según lo especifica el reglamento aprobado. 

 

Duración de la licencia

  • La licencia por fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos tiene una duración de cinco días calendario. 
  • Si el deceso ocurre en un lugar diferente al centro de trabajo, se extiende por el tiempo de la distancia, siguiendo el Cuadro General de Términos de la Distancia, aprobado mediante Resolución Administrativa N.° 288-2015-CE-PJ.  

 

¿Cómo gestionar la licencia por fallecimiento?

  • El trabajador solicita al empleador, mediante una comunicación, la fecha de inicio y duración de la licencia. 
  • Al finalizar, se presenta la documentación sustentatoria del vínculo con el familiar fallecido. 
  • En casos de extensión por fallecimiento, en lugar distinto al del centro de trabajo, se presentan los documentos que acrediten tal situación o una declaración jurada. 

 

Facultad de fiscalización

El empleador tiene la facultad de fiscalizar el uso adecuado de la licencia, asegurándose de su correcto propósito. 

Licencias laborales en Perú: panorama general

A propósito de la publicación de esta disposición reglamentaria, a continuación, sintetizamos la regulación de las licencias remuneradas en el país: 

Permisos y licencias laborales

Los permisos son ausencias autorizadas por horas durante la jornada laboral. Son solicitadas por el trabajador usualmente para atender cuestiones personales, como podría ser una cita médica, un trámite urgente o cualquier razón específica que sea aceptada por el empleador. Las licencias implican ausentarse del trabajo por una o más jornadas laborales completas.  

Su aceptación puede provenir del acuerdo entre trabajador y empleador (o de una negociación colectiva), de una decisión unilateral de empleador en ejercicio de su poder de dirección o de una disposición legal, siendo en este último supuesto un derecho del trabajador si se cumplen con los requisitos legales que correspondan. 

En cualquier caso, una vez otorgado el permiso o la licencia, la ausencia no podrá ser considerada por el empleador como una falta injustificada que amerite el despido u otra sanción.

Licencias remuneradas

La suspensión de las labores puede ser sin el pago de remuneraciones (denominada suspensión perfecta) o con el pago de remuneraciones (denominada suspensión imperfecta). Sin embargo, las licencias aprobadas por ley son siempre remuneradas y corresponden a casos en donde el trabajador cuenta con alguna condición o circunstancia particular en los que el legislador ha considerado que se encuentra justificada la necesidad de que el trabajador se ocupe temporalmente de alguna actividad personal, familiar o social, diferente a la prestación de sus servicios, sin que cese la obligación de pagar la remuneración por parte del empleador, y sin que se constituya una causal de abandono del trabajo y despido. 

Licencias laborales vigentes

A nivel regional, el Perú es uno de los países que más licencias laborales remuneradas concede a los trabajadores, adicionalmente al derecho a contar con vacaciones pagadas por 30 días en el régimen laboral general y 15 días en el régimen laboral MYPE. A la aprobación de la ley comentada en este artículo se suma la extensa lista licencias remuneradas existentes. A continuación, hacemos un recuento de las principales licencias vigentes.

 

  Licencia Descripción y días otorgados
1 Licencia por Maternidad – Descanso pre y postnatal
  • La trabajadora gestante tiene derecho a gozar de 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso postnatal.
  • El goce de descanso prenatal podrá ser diferido, parcial o totalmente, y acumulado por el posnatal.
  • El descanso posnatal se puede extender por 30 días naturales en los casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad
2 Permiso por lactancia materna
  • Al término del período postnatal, la madre trabajadora tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que su hijo tenga un año de edad.
  • En caso de parto múltiple, el permiso por lactancia materna se incrementará una hora más al día.
3 Licencia por paternidad
  • El trabajador tiene derecho a una licencia por paternidad equivalente a diez días calendario consecutivos.
  • En los casos de parto natural o cesárea, son 20 días calendario consecutivos por nacimientos prematuros y partos múltiples; 30 días calendario consecutivos por nacimiento con enfermedad congénita terminal o discapacidad severa; y 30 días calendario consecutivos por complicaciones graves en la salud de la madre.
4 Licencia por familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran un accidente grave
  • Equivale a siete días calendario con goce de haber, en los casos de tener un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente enfermo diagnosticado en estado grave o terminal.
  • De ser necesario otorgar días adicionales de licencia, el trabajador debe justificar la necesidad de asistencia del trabajador al familiar directo, presentando el certificado médico correspondiente. La ampliación se concede a cuenta del descanso vacacional.
5 Licencia por pariente directo con Alzheimer u otras demencias
  • El trabajador que tenga familiares directos o que se desempeñen como cuidadores a cargo de la atención de los pacientes con enfermedad de Alzheimer y otras demencias, tienen derecho a solicitar a su empleador hasta una jornada laboral de permiso remunerado al año, a fin de atender las necesidades del paciente.
6 Licencia para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación de las personas con discapacidad
  • El trabajador tiene derecho a gozar de licencia para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación que requieran sus hijos menores con discapacidad, menores con discapacidad sujetos a su tutela y mayores de edad con discapacidad en condición de dependencia o sujetos a su curatela.
  • Si ambos padres trabajan para un mismo empleador, esta licencia es gozada por uno de los padres.
  • La licencia es otorgada por el empleador al padre o madre, tutor o curador de la persona con discapacidad que requiera asistencia médica o terapia de rehabilitación, hasta por 56 horas alternas o consecutivas anualmente, las cuales son concedidas a cuenta del período vacacional.
7 Licencia por adopción El trabajador peticionario de adopción tiene derecho a una licencia con goce de haber correspondiente a 30 días naturales, contados a partir del día siguiente de expedida la Resolución Administrativa de Colocación Familiar y suscrita la respectiva Acta de Entrega del niño.
8 Licencia para quienes se desempeñan como bomberos voluntarios El trabajador que se desempeña como bombero voluntario ejerce un cargo cívico y tiene derecho a licencia con goce de remuneraciones, cuando sean convocados por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP).
9 Licencia para continuar el tratamiento contra la tuberculosis El trabajador afectado por tuberculosis tiene derecho a ingresar una hora después del horario habitual a su centro de labores o retirarse una hora antes, para recibir su respectivo tratamiento.
10 Licencia por servicio militar El trabajador que, estando en la reserva, es llamado a cumplir periodos de instrucción y entrenamiento o sean requeridos en casos de movilización o de grave amenaza o peligro inminente para la seguridad y defensa de la Nación, tienen derecho a licencia con goce de haber hasta por un máximo de 30 días.
11 Licencia para eventos deportivos
  • Los trabajadores que sean seleccionados para representar al Perú en eventos deportivos internacionales oficiales del Sistema Olímpico o Federativo Internacional tienen derecho a una licencia con goce de haber, así como a facilidades para entrenar, desplazarse, permanecer en concentración y competir.
  • Los deportistas que participen en eventos oficiales nacionales o regionales reconocidos por la Federación Deportiva respectiva y/o Consejo del Deporte Escolar también gozarán de estas facilidades.
12 Licencia por incapacidad temporal del trabajador
  • El trabajador tiene derecho a las prestaciones del Seguro Social de Salud, siempre que cuenten con tres meses de aportación consecutivos o con cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se inició la causal.
  • El derecho a subsidio se adquiere a partir del vigésimo primer día de incapacidad. Durante los primeros 20 días de incapacidad, el empleador o cooperativa continúa obligado al pago de la remuneración o retribución. Para tal efecto, se acumulan los días de incapacidad remunerados durante cada año. El subsidio se otorgará mientras dura la incapacidad del trabajador, hasta un máximo de 11 meses y 10 días consecutivos
13 Licencia sindical El empleador solo está obligado a conceder permiso para la asistencia a actos de concurrencia obligatoria a los dirigentes hasta un límite de treinta días naturales por año calendario. Este límite no será aplicable cuando en el centro de trabajo exista costumbre o convenio colectivo más favorable.
14 Licencia por ser miembro del Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo Los miembros trabajadores del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y los Supervisores de Seguridad y Salud en el Trabajo gozan de licencia con goce de haber por 30 días naturales por año calendario para la realización de sus funciones.
 

15

Licencia para exámenes oncológicos Las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.
16 Licencia por fallecimiento de familiar directo El trabajador tiene licencia de cinco días calendario, remunerada, por fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos.

 

LEER MÁS:

Reglas básicas sobre salarios y conceptos no remunerativos

 




Todo lo que hay que saber sobre las licencias de trabajo remuneradas

El 5 de noviembre último se publicó, en el diario oficial El Peruano, la Ley N°31602, que establece la licencia por fallecimiento de familiares aplicable a los trabajadores del sector privado.

 

En virtud de esta Ley, se otorga a los trabajadores licencia por fallecimiento de cónyuge, padres, hijos y hermanos, por un plazo de cinco días calendario. No obstante, cuando el deceso se produzca en un lugar geográfico diferente de donde se ubica el centro laboral del trabajador, la licencia se extiende hasta por el término de la distancia, es decir, el tiempo adicional que toma el desplazamiento, situación que será regulada en el reglamento de la ley.

 

La norma precisa que los beneficios obtenidos por los trabajadores sobre licencias, por decisión unilateral o por convenio colectivo, se mantienen vigentes en cuanto sean más favorables al trabajador. Las normas reglamentarias de la ley deberán ser publicadas dentro del plazo de 60 días calendario desde la publicación de la norma, plazo que se cumplirá el 4 de enero de 2023. Sin perjuicio de la futura publicación del reglamento, se debe tener presente que la ley ya se encuentra vigente desde el 6 de noviembre pasado. La ley no indica que se trata de una licencia remunerada.

 

A propósito de la publicación de la mencionada Ley, les informamos a continuación lo que hay que saber sobre la regulación de las licencias remuneradas en el país:

 

Permisos y licencias laborales

Los permisos son ausencias autorizadas por horas o minutos del centro de trabajo durante la jornada laboral y que son solicitadas por el trabajador a su empleador, usualmente para atender cuestiones personales del colaborador, como podría ser una cita médica o un trámite urgente o cualquier razón específica que sea aceptada por el empleador.

 

De otro lado, por lo general hablamos de licencias cuando el trabajador requiere ausentarse del trabajo por una o más jornadas laborales completas. Así, las licencias laborales consisten en la suspensión del deber del trabajador de prestar sus servicios a favor del empleador, por un día o más, cuya aceptación puede provenir del acuerdo entre trabajador y empleador (o de una negociación colectiva), de una decisión unilateral de empleador en ejercicio de su poder de dirección o de una disposición legal, siendo en este último supuesto un derecho del trabajador si se cumplen con los requisitos legales que correspondan.

 

En cualquier caso, una vez otorgado el permiso o la licencia, la ausencia no podrá ser considerada por el empleador como una falta injustificada que amerite el despido u otra sanción.

 

Las licencias laborales remuneradas

La suspensión de las labores se puede otorgar sin el pago de remuneraciones (denominada suspensión perfecta) o con el pago de remuneraciones (denominada suspensión imperfecta).

 

Sin embargo, las licencias aprobadas por ley, generalmente son remuneradas, debiendo señalar ello expresamente ello la norma y corresponden a casos en los que el trabajador cuenta con alguna condición o circunstancia particular en los que la norma ha considerado que se encuentra justificada la necesidad de que el trabajador realice temporalmente alguna actividad personal, familiar o social, diferente a la prestación de sus servicios, sin que cese la obligación de pagar la remuneración por parte del empleador, y sin que se constituya una causal de abandono del trabajo y despido.

 

Licencias laborales vigentes en el país

Nuestro país es, a nivel regional, uno de los que más licencias laborales remuneradas concede a los trabajadores, adicionalmente al derecho a contar con vacaciones pagadas por 30 días en el Régimen Laboral General y 15 días en el Régimen Laboral MYPE. La aprobación de la Ley comentada en este artículo se suma la extensa lista licencias remuneradas existentes. A continuación, ofrecemos un recuento de las principales licencias vigentes

 

Licencia Descripción y días otorgados
1 Licencia por Maternidad
Descanso pre y posnatal
La trabajadora gestante tiene derecho a gozar de 49 días de descanso prenatal y 49 días de descanso posnatal, el goce de descanso prenatal podrá ser diferido, parcial o totalmente y acumulado por el posnatal. El descanso posnatal se puede extender por 30 días naturales en los casos de nacimiento múltiple o nacimiento de niños con discapacidad.
2 Permiso por lactancia materna La madre trabajadora, al término del período posnatal, tiene derecho a una hora diaria de permiso por lactancia materna, hasta que su hijo tenga un año de edad. En caso de parto múltiple, el permiso por lactancia materna se incrementará una hora más al día.
3 Licencia por paternidad El trabajador tiene derecho a una licencia por paternidad equivalente a 10 días calendario consecutivos. En los casos de parto natural o cesárea son 20 días calendario consecutivos por nacimientos prematuros y partos múltiples. Asimismo, se otorgan 30 días calendarios consecutivos por nacimiento con enfermedad congénita terminal o discapacidad severa; y 30 días calendario consecutivos por complicaciones graves en la salud de la madre.
4 Licencia por familiares directos que se encuentran con enfermedad en estado grave o terminal o sufran un accidente grave Equivale a siete días calendario con goce de haber, en los casos de tener un hijo, padre o madre, cónyuge o conviviente enfermo diagnosticado en estado grave o terminal. De ser necesario, otorgar días adicionales de licencia, el trabajador debe justificar la necesidad de asistencia del trabajador al familiar directo, presentando el certificado médico correspondiente. La ampliación se concede a cuenta del descanso vacacional.
5 Licencia por pariente directo con Alzheimer El trabajador que tenga familiares directos y cuidadores a cargo de la atención de los pacientes con enfermedad de Alzheimer y otras demencias, tienen derecho a solicitar a su empleador hasta una jornada laboral de permiso remunerado al año, a fin de atender las necesidades del paciente.
6 Licencia para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación de las personas con discapacidad El trabajador tiene derecho a gozar de licencia para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación que requieran sus hijos menores con discapacidad, menores con discapacidad sujetos a su tutela y/o mayores de edad con discapacidad en condición de dependencia o sujetos a su curatela. Si ambos padres trabajan para un mismo empleador, esta licencia se otorga a uno de los mismos.

La licencia es otorgada por el empleador al padre o madre, tutor o curador de la persona con discapacidad que requiera asistencia médica o terapia de rehabilitación, hasta por 56 horas alternas o consecutivas anualmente, las cuales son concedidas a cuenta del período vacacional.

7 Licencia para la asistencia médica y la terapia de rehabilitación de las personas con discapacidad
Licencia por adopción
El trabajador peticionario de adopción tiene derecho a una licencia con goce de haber correspondiente a 30 días naturales, contados a partir del día siguiente de expedida la Resolución Administrativa de Colocación Familiar y suscrita la respectiva Acta de Entrega del niño.
8 Licencia para quienes se desempeñan como bomberos voluntarios El trabajador que se desempeña como bombero voluntario ejerce un cargo cívico y tiene derecho a licencia con goce de remuneraciones, cuando sean convocados por el Cuerpo General de Bomberos Voluntarios del Perú (CGBVP).
9 Licencia para continuar el tratamiento contra la tuberculosis El trabajador afectado por tuberculosis tiene derecho a ingresar una hora después del horario habitual a su centro de labores o retirarse una hora antes, para recibir su respectivo tratamiento.
10 Licencia por servicio militar El trabajador que estando en la reserva es llamado a cumplir periodos de instrucción y entrenamiento o sean requeridos en casos de movilización o de grave amenaza o peligro inminente para la Seguridad y Defensa de la Nación, tienen derecho a licencia con goce de haber hasta por máximo 30 días.
11 Licencia para eventos deportivos Los trabajadores seleccionados para representar al Perú en eventos deportivos internacionales oficiales del Sistema Olímpico o Federativo Internacional tienen derecho a una licencia con goce de haber, así como a facilidades para entrenar, desplazarse, permanecer en concentración y competir.

Los deportistas que participen en eventos oficiales nacionales o regionales reconocidos por la Federación Deportiva respectiva y/o Consejo del Deporte Escolar también gozarán de estas facilidades.

12 Licencia por incapacidad temporal del trabajador (descanso médico) El trabajador tiene derecho a las prestaciones del Seguro Social de Salud siempre que aquellos cuenten con tres meses de aportación consecutivos o con cuatro no consecutivos dentro de los seis meses calendario anteriores al mes en que se inició la causal.

El derecho a subsidio se adquiere a partir del vigésimo primer día de incapacidad. Durante los primeros 20 días de incapacidad el empleador o cooperativa continúa obligado al pago de la remuneración o retribución. Para tal efecto, se acumulan los días de incapacidad remunerados durante cada año. El subsidio se otorgará mientras dura la incapacidad del trabajador, hasta un máximo de 11 meses y 10 días consecutivos.

13 Licencia sindical El empleador sólo está obligado a conceder permiso para la asistencia a actos de concurrencia obligatoria a los dirigentes hasta un límite de treinta días naturales por año calendario. Este límite no será aplicable cuando en el centro de trabajo exista costumbre o convenio colectivo más favorable.
14 Licencia por ser miembro del Comité o Supervisor de Seguridad y Salud en el Trabajo Los miembros trabajadores del Comité de Seguridad y Salud en el Trabajo y los Supervisores de Seguridad y Salud en el Trabajo gozan de licencia con goce de haber por 30 días naturales por año calendario para la realización de sus funciones.
15 Licencia para exámenes oncológicos Las mujeres trabajadoras de la actividad pública y privada, tienen derecho a un día al año de licencia con goce de haber, cuando concurran a realizarse los exámenes de detección temprana del cáncer de mama y de cuello uterino.