Empresas deben emitir comprobantes de pagos electrónicos

En abril y junio de este año, un grupo importante de empresas con ingresos anuales menores a 23 UIT iniciaron, de manera obligatoria, la emisión de sus comprobantes de pago de manera electrónica.

 

Como se recuerda, los planes para la facturación electrónica en el Perú empezaron en el año 2009, colocando al Perú a la vanguardia de la implementación de la facturación electrónica en la región junto con Argentina, Brasil, Chile y Colombia.  

 

Desde dicho año, la Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) ha incorporado a contribuyentes dentro de la obligación de emitir comprobantes electrónicos, progresivamente, de acuerdo a determinada condición, como ser Principal Contribuyente, o en función de sus ingresos anuales.

 

En ese sentido, la más reciente y definitiva incorporación fue dictada mediante Resolución de Superintendencia Nº 128-2021/SUNAT, publicada en el diario oficial El Peruano el 30.08.2021, que estableció que las empresas con ingresos anuales menores a 23 UIT (S/96,600 soles) al 31 de diciembre del 2019, quedarían obligadas, este año 2022, a emitir facturas y boletas de venta electrónicas a partir de los meses de abril y junio, respectivamente.

 

De acuerdo a estimaciones publicadas en el diario El Peruano, el universo de empresas, con ingresos anuales menores a 23 UIT, que ingresan al grupo de aquellas obligadas a emitir electrónicamente sus comprobantes de pago, es de aproximadamente 400.000, dedicadas al comercio al por mayor o menor (34%), servicios (25%), manufacturas (11%), entre otras actividades.

 

Entendemos que una de las preocupaciones de los nuevos obligados, se ha centrado en la manera de cómo hacer efectiva la emisión electrónica de sus comprobantes de pago. Ante ello, muchos contribuyentes han optado por la alternativa de utilizar el Sistema de Emisión Electrónica –SOL, sistema de emisión gratuita de comprobantes electrónicos desde el portal de la Sunat. Este sistema, generalmente, lo utilizan micro y pequeñas empresas (Mypes) o aquellas empresas que emiten comprobantes de pago en cantidades reducidas.

 

Para empresas que comúnmente emiten grandes cantidades de comprobantes de pago, lo más conveniente es utilizar el Sistema de Emisión Electrónica Facturador, el cual también es un sistema de aplicación gratuita dirigida principalmente a medianos y pequeños contribuyentes que cuenten con un sistema computarizado y tengan un alto volumen de facturación. Mediante este sistema, Sunat almacena, archiva y conserva los comprobantes de pago electrónicos.

 

El Sistema de Emisión Electrónica Facturador, no requiere conexión de internet para la emisión del comprobante de pago, pero si para el envío a Sunat, convierte la información del contribuyente al formato XML de manera automática, realiza validaciones establecidas por Sunat y firma digitalmente el comprobante de pago.

 

Existen otros sistemas de emisión electrónica cuya utilización puede evaluar la empresa obligada, tales como SEE del contribuyente o el SEE de operadores de servicios electrónicos, sistemas no gratuitos y que generan un costo para el emisor.

 

Existen casos en los que se permite la emisión electrónica y en formatos pre impresos de los comprobantes de pagos, a la vez. A ello se le denomina “concurrencia”, debido a que por determinadas circunstancias un emisor puede emitir de manera electrónica o en formatos físicos sus comprobantes de pago y tener la misma validez.

 

Entre estos casos están:

 

  1. El emisor electrónico por determinación de la Sunat cuyo domicilio fiscal y/o establecimiento anexo declarado en el RUC se encuentre ubicado en una zona geográfica con baja o nula conexión a internet, lugares ya detallados por la Sunat, las cuales se encuentran señaladas en el anexo I de la Resolución de Superintendencia Nº 254-2018/Sunat.

 

  1. El emisor electrónico por determinación de la Sunat que, por causas no imputables a él, esté imposibilitado de emitir comprobantes de pago electrónicos, para lo cual puede solicitar emitir comprobantes físicos en contingencia. La, emisión de estos comprobantes de pago deben informarse a la SUNAT y la forma de envío dependerá del sistema de emisión electrónica utilizado.

 

Estos comprobantes emitidos en “contingencia”, deben tener la leyenda “Comprobante de Pago emitido en contingencia” como información pre impresa, y, asimismo, considerar el  límite de autorización de impresión de estos comprobantes, establecido en el 10% del promedio mensual de lo emitido en el sistema de emisión electrónica respecto del mismo tipo de comprobante de pago en los seis meses anteriores a aquel por el cual se presenta la solicitud, o en su defecto, 100 formatos por cada tipo de comprobante de pago y por cada establecimiento.   

 

Es importante mencionar que entre las ventajas que le genera a la empresa emitir electrónicamente sus comprobantes de pago, tenemos los siguientes: (i) Ahorro en el costo de transporte de los comprobantes físicos, (ii) Simplifica el proceso de emisión de sus comprobantes de pago, (iii) Elimina los costos de impresión y almacenaje de comprobantes, entre otros.  

 

Se debe precisar que, si bien con la incorporación de este nuevo grupo de empresas obligadas a emitir sus comprobantes de pago de manera electrónica, se extiende considerablemente el universo de emisores electrónicos, a casi la totalidad de empresas, aún hay contribuyentes, perceptores de renta empresarial, que pueden emitir comprobantes de pago de manera física, por ejemplo, las personas naturales con negocio que se encuentran acogidos al régimen tributario del Nuevo RUS.

 

Otro aspecto a considerar es que de acuerdo con lo dispuesto en la RS 279-2019/Sunat, son emisores electrónicos aquellos contribuyentes que dejan de pertenecer al Nuevo RUS y realizan operaciones por las que corresponde emitir facturas o boletas de venta. En estos casos, la obligación de emitir comprobantes electrónicos opera a partir del año siguiente y/o subsiguiente a aquel en que se deja de pertenecer al Nuevo RUS, de acuerdo a los siguientes momentos: (i) a partir del 01 de julio del año siguiente para la emisión de facturas electrónicas, y; (ii) a partir del 01 de enero del año subsiguiente para la emisión de boletas de venta electrónicas.

 

A modo de ejemplo de lo expuesto en el párrafo anterior, si un contribuyente que pertenece al Nuevo RUS, en el presente año (2022) se acoge al RER, Régimen MYPE tributario o al Régimen General del Impuesto a la Renta, estará en la obligación de emitir facturas electrónicas a partir del año 2023, y boletas de venta electrónicas a partir del 2024. 

 

Es necesario indicar también que, con respecto a las nuevas empresas inscritas en el RUC, y, de acuerdo con lo señalado en el literal c) del numeral 2.1 del artículo 2º de la Resolución de Superintendencia Nº 155-2017/Sunat, estos nuevos contribuyentes tienen la obligación de emitir de manera electrónica sus facturas y boletas de venta, recién a partir del primer día calendario del tercer mes siguiente al de su inscripción y siempre que se hayan acogido al RER, Régimen Mype Tributario o Régimen General.

 

Los nuevos emisores electrónicos deberán dar de baja a sus comprobantes físicos no emitidos a través del Formulario Virtual 855, ingresando al portal de Sunat con su clave SOL.

 

Finalmente, si el emisor no emite electrónicamente sus comprobantes de pago, estando obligado a ello, adicional al hecho de haber configurado la infracción señalada en el numeral 2 del artículo 174º del Código Tributario sancionado con una multa del 50% y 25% de la UIT, dependiendo del régimen tributario en el que encuentre, el comprobante emitido no servirá para deducir costo o gasto para efectos del impuesto a la renta, tampoco se podrá utilizar para deducir crédito fiscal, salvo que el pago se haya bancarizado y que cumpla, además, con los requisitos señalados en el Reglamento de la Ley del IGV.  Respecto a estos puntos Sunat ha emitido los informes de Nº 053-2017/Sunat y Nº 059-2017/Sunat.

 




Emisores de comprobantes de pago electrónico suman más de 600.000

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que, al mes de abril del presente año, son 607.148 los emisores electrónicos de comprobantes de pago, cantidad que representa un aumento de casi 50.000 nuevos emisores, con relación a los 557.741 que se tenían registrados hasta diciembre del 2021.

 

Se espera que en los siguientes meses la cantidad de emisores de comprobantes de pago electrónico aumente de manera considerable, teniendo en cuenta el cronograma para la incorporación progresiva de los pequeños negocios a la emisión electrónica.

 

En enero de este año se dispuso la emisión electrónica para los negocios con ingresos anuales de entre S/ 96.600 y S/ 315.000.

 

Asimismo, desde el 1 de abril esta obligación alcanzó a las micro y pequeñas empresas (Mymes) con ingresos anuales menores a S/ 96.600 respecto a sus facturas, culminando, este grupo, el proceso de incorporación al mundo electrónico el 1 de junio para sus boletas de venta.

 

De esta manera, se espera que, al término del primer semestre del presente año, casi la totalidad de las empresas del país estará emitiendo facturas y boletas de manera electrónica, en el marco del proceso de masificación de los comprobantes de pago electrónicos.

 

Beneficios para emprendedores

 

La emisión de comprobantes de pago electrónicos representa una serie de beneficios para los pequeños empresarios y sus emprendimientos en cuanto a la gestión de su negocio y el cobro de la factura, integrándolo con medios de pago electrónicos y acceso al financiamiento a través del factoring. Asimismo, contribuye con la protección del medio ambiente y de nuestros recursos naturales al dejar de utilizar el papel.

 

De la misma manera, los comprobantes de pago electrónicos traen consigo un significativo ahorro en los costos en la impresión de papel, tiempo y costos de distribución y archivo, así como una notoria mejora en la gestión de relaciones con sus clientes a través de medios magnéticos.

 

Con la finalidad de masificar el uso del CPE en el país, la Sunat ha desarrollado aplicaciones Web y móviles gratuitas que facilitan a los contribuyentes la emisión electrónica de facturas y boletas de venta.

 

Evolución

 

Hasta el mes de abril, el 77% de los emisores electrónicos de comprobantes de pago utilizan aplicaciones gratuitas provistas por Sunat como el portal Web o la APP Emprender, mientras que el 19% emite sus comprobantes desde sus propios sistemas y un 4% los realiza a través de un Operador de Servicios Electrónicos (OSE).

 

La cantidad diaria de comprobantes emitidos alcanza los 8,3 millones, mientras que al mes la cifra asciende a 241 millones y al año supera los 2.889 millones. Para más información sobre los beneficios y las ventajas de la emisión de comprobantes de pago electrónicos, los emprendedores pueden ingresar al portal especializado https://cpe.sunat.gob.pe/.




Comprobantes de pago electrónicos reemplazarán a facturas y boletas impresas desde junio

A partir del 1 junio del 2022, los Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE) reemplazarán de manera definitiva a las facturas, boletas de venta y demás comprobantes físicos, al incorporarse esa fecha el último grupo de mypes a la emisión electrónica, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

 

De esta manera, para ese mes, la totalidad de las empresas del país ya emitirá facturas y boletas electrónicas, culminando así el proceso de masificación de los Comprobantes de Pago Electrónicos (CPE) iniciado el 2014, mediante el cual de manera progresiva diversos grupos de empresas se convirtieron en emisores de estos documentos electrónicos.

 

Mypes

 

Como parte de ese proceso, el pasado viernes 1 de abril, el último grupo de micro y pequeñas empresas (mypes), que en el año 2019 tuvieron ingresos anuales que no superaron los S/ 96.600 (23 UIT), empezaron a emitir facturas electrónicas y, a partir del 1 de junio, también expedirán boletas de venta electrónicas.

 

Este último grupo de mypes está compuesto por aproximadamente 400 mil empresas dedicadas al comercio al por mayor o menor (34%), servicios (25%), manufacturas (11%), entre otras.

 

De todo ese conjunto, la mayor parte emite boletas de venta, por lo que su incorporación final a la emisión electrónica se debe concretar en la mencionada fecha.

 

Oportunidad de crecer

 

Convertirse en emisores de facturas y boletas electrónicas permitirá a este grupo de mypes acceder a una serie de ventajas y beneficios que hoy ya tienen las medianas y grandes empresas, que incluye ahorro de costos, mejora en la gestión y acceder a una nueva fuente de financiamiento, entre otros.

 

Así, la facturación electrónica economiza recursos en impresión, archivo y envío de facturas a los clientes; optimiza la gestión interna del negocio, facilitando la contabilidad y la integración con mecanismos electrónicos de pago; y mejora la planificación, al posibilitar la analítica de los datos de venta del negocio.

 

También brinda seguridad al impedir la manipulación y la pérdida de los documentos y permite acceder a una nueva fuente de financiamiento a través del uso de la factura negociable electrónica o factoring, en caso de ventas al crédito.

 

Aplicaciones gratuitas

 

Para facilitar la incorporación de las mypes a la facturación electrónica, la Sunat tiene a disposición aplicaciones gratuitas de emisión electrónica, tanto en su portal institucional, como en aplicaciones móviles. Más información al respecto puede encontrarse en el portal especializado https://cpe.sunat.gob.pe/.

 

Adicionalmente, ha puesto a disposición de las empresas, de manera gratuita, el Certificado Digital Tributario, una credencial electrónica indispensable para emitir CPE desde los Sistemas del Contribuyente, el Facturador Sunat o un Operador de Servicios Electrónicos (OSE).

 

 




Conoce cómo emitir tus comprobantes de pago desde App Emprender Sunat

Los emprendedores de las micro, pequeñas y medianas empresas pueden emitir sus comprobantes de pago electrónicos de manera fácil y rápida desde teléfonos celulares conectados a Internet a través del aplicativo APP Emprender Sunat, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

 

Este aplicativo permite emitir facturas, boletas de venta, notas de crédito y notas de débito, de una manera amigable, simple y sin costo alguno, las 24 horas del día, los siete días de la semana.

 

El APP Emprender Sunat está dirigido a los más de 336 mil emprendedores pertenecientes a los diferentes regímenes tributarios y que, por su frecuencia de emisión de comprobantes de pago, no requieren de un operador de servicios electrónicos.

 

Para acceder a este servicio se debe instalar el APP Emprender Sunat desde las tiendas virtuales de Google Play y App Store, ingresar al aplicativo utilizando la “Clave SOL” y seleccionar el tipo de comprobante de pago electrónico que desea emitir.

 

El aplicativo también presenta la opción “catálogo de productos”, en la que el emprendedor podrá registrar los bienes o servicios que ofrece su negocio, a fin de hacer más fácil y rápida la emisión de los comprobantes de pago.

 

Al seleccionar la opción de emisión de factura o boleta, se deberá ingresar el DNI o RUC del cliente y agregar los bienes o servicios registrados previamente en el catálogo de productos, entre otros.

 

Luego de verificar los datos consignados se emitirá el comprobante con un solo clic, quedando a voluntad del contribuyente su envío mediante un correo electrónico o utilizando el WhatsApp.

 

A la fecha, medio millón de comprobantes de pago han sido emitidos de manera fácil y rápida desde la APP Emprender, facilitando esta operación a miles de emprendedores.

 

Adicionalmente, el APP Emprender permite a los emprendedores conocer la situación tributaria de su negocio, ingresar a su buzón electrónico, consultar el RUC, declaraciones y pagos, generar el reporte tributario para terceros, y recibir alertas y/o recordatorios para cumplir con sus obligaciones, e informarse sobre los beneficios tributarios que tienen las Mypes.

 

 




Sunat: Facturas y recibos por honorarios electrónicos incluirán nuevos datos

A partir del 1 de abril, las facturas y recibos por honorarios electrónicos incluirán como nuevos datos información relacionada a la modalidad de pago, si es al contado o al crédito, para facilitar a los contribuyentes (que se desempeñen como proveedores) la generación de una factura negociable en los casos que el pago sea al crédito informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

 

De esa manera, se podrá promover el factoring que consiste en un contrato mediante el cual una empresa traspasa el derecho a cobrar el monto de la factura electrónica cuya cancelación es al crédito y a cambio obtiene de manera inmediata el pago de esa transacción.

 

Los datos que los contribuyentes registrarán a partir del 1 de abril del 2021 cuando emitan sus facturas y recibos por honorarios electrónicos son:

  • La forma de pago: si es al crédito o al contado.
  • Si consigna que es al “crédito” deberá indicar:
    • El monto neto pendiente de pago, y
    • Las fechas de vencimiento del pago único o de las cuotas y los montos correspondientes.

 

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Crédito fiscal

 

Luego de la emisión, el usuario del servicio podrá indicar -en la plataforma que implementará la Sunat- si se encuentra conforme o no con dicho documento. De no hacerlo en el plazo de 8 días calendario, computados desde que recibió los comprobantes, el sistema los validará automáticamente. Cabe señalar que este proceso será necesario para poder ejercer el derecho al crédito fiscal.

 

Otro cambio importante es que los contribuyentes deberán enviar un ejemplar de la factura electrónica a la Sunat o al Operador de Servicios Electrónico (OSE), hasta el día calendario siguiente a la fecha de emisión, a diferencia de los 7 días que se tiene en la actualidad. Las modificaciones se implementarán como parte de lo dispuesto por el Decreto de Urgencia N° 013-2020, que fortalece el uso de la factura negociable, contribuyendo, además, con la masificación de los comprobantes de pago electrónicos