Suspensión de pagos a cuenta por renta de cuarta categoría
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Por Mauricio Raffael
A través de la Resolución Nº 000295-2022/SUNAT, se han establecido las reglas para la excepción de la obligación de efectuar pagos a cuenta y suspensión de la obligación de efectuar retenciones y/o pagos a cuenta por rentas de cuarta categoría correspondientes al ejercicio gravable 2023.
En ese sentido, no están obligados a efectuar pagos a cuenta del Impuesto a la Renta, los contribuyentes con rentas de cuarta categoría o rentas de cuarta y quinta categoría percibidas en el mes, cuyo monto no supere los S/ 3.609 mensuales; asimismo los contribuyentes que tengan funciones de directores de empresas, síndicos, mandatarios, gestores de negocios, albaceas o similares que perciban rentas por dichas funciones, y además otras rentas de cuarta y/o quinta categorías, y que el total de las mismas percibidas en el mes no superen los S/ 2.888 mensuales.
Así también, se puede solicitar la suspensión de retenciones y/o pagos a cuenta, cuando los ingresos que se proyectan percibir por todo el ejercicio 2023, por rentas de cuarta categoría o rentas de cuarta y quinta categoría, no superen los S/ 43.313; y cuando los ingresos que se proyectan percibir por todo el ejercicio 2023, por rentas por actividades de director de empresa, síndico, mandatario, gestor de negocio, albacea, no superen los S/ 34.650.
La solicitud de suspensión de retenciones se presenta a través de Sunat virtual utilizando del Formulario 1609. Para ello, deberá acceder a su Clave SOL y seguir la siguiente ruta: ‘Personas’ / ‘Otras Declaraciones’ / ‘Solicitudes’ / ‘Solicito Suspensión de Retenciones de 4ta Categoría’ / ‘Suspensión de Retención de 4ta Categoría’ / ‘Formulario 1609’.
Luego, complete la información solicitada por el sistema. Por último, la evaluación es automática, y de ser aprobada, podrá enviarla al correo electrónico que indique.