Con el objetivo de adaptar la normativa a las necesidades actuales del comercio exterior y mejorar el control del traslado de bienes, la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) aprobó una serie de modificaciones relacionadas con las guías de remisión electrónicas (GRE).
Los cambios fueron oficializados mediante la Resolución de Superintendencia n.° 000108-2026/Sunat e incluyen la incorporación de un nuevo documento vinculado al traslado de mercancías extranjeras, además de nuevos supuestos para la emisión de la guía de remisión electrónica por evento.
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NUEVO DOCUMENTO PARA MERCANCÍAS EXTRANJERAS
Una de las principales novedades es la incorporación de la “Cita u Orden de Entrega de Mercancías del Terminal Portuario” como documento relacionado con la GRE-remitente.
Este documento podrá utilizarse cuando se trasladen bienes considerados mercancía extranjera desde un puerto o aeropuerto hacia un almacén aduanero o un local temporalmente habilitado como zona primaria.
La medida busca simplificar la emisión de la guía de remisión y mejorar el seguimiento de la mercancía durante su desplazamiento.
MAYOR CONTROL Y TRAZABILIDAD DE LOS TRASLADOS
Según explicó la Sunat, la cita u orden de entrega contiene información clave sobre el transportista, el vehículo y los contenedores involucrados en la operación.
Gracias a estos datos, la autoridad tributaria podrá fortalecer la trazabilidad de la mercancía y contar con un mejor control de cada etapa del traslado.
Asimismo, se incorpora la obligación de registrar la fecha de inicio del transporte en determinados casos donde anteriormente no era exigida. Con ello, se busca contar con información más precisa sobre los movimientos de bienes en el territorio nacional.
NUEVOS SUPUESTOS PARA LA GRE POR EVENTO
La Sunat también amplió los supuestos para emitir la guía de remisión electrónica por evento, documento que se utiliza cuando ocurren situaciones posteriores que afectan el traslado de bienes.
La entidad explicó que esta modificación responde a escenarios operativos que no estaban contemplados de manera específica en la normativa vigente, especialmente en operaciones relacionadas con mercancías extranjeras no nacionalizadas que son trasladadas hacia zonas especiales de desarrollo o hacia la Zona Franca de Tacna (ZofraTacna).
De esta manera, se busca que la regulación refleje con mayor precisión las situaciones que enfrentan las empresas y operadores logísticos durante sus actividades.
