Sunat: 30.000 empresas de turismo pueden aplazar o fraccionar deudas
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Unas 30 mil empresas del sector turismo que tuvieran deudas con el Tesoro Público y el Seguro Social de Salud (EsSalud) tienen la oportunidad de aplazarlas hasta por 12 meses y/o fraccionarlas hasta por 36 meses, para aliviar su situación financiera, informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).
Este beneficio se otorga con una tasa de interés preferencial mensual de 0,27%, lo que permitirá a estas empresas la opción de concentrar sus recursos en la progresiva reactivación de sus negocios.
La mayor parte de estas empresas que pueden acogerse a esta facilidad se encuentran ubicadas en las regiones de Cusco (10.700), Lima (5.600), Puno (1.900), Arequipa (1.462) y San Martin (1.297).
RAF Turismo
Este beneficio está a disposición de las empresas del sector que fueron informadas por el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur), y cuyos ingresos anuales no superaron las 2.300 UIT (S/ 9 millones 660 mil) en el año 2019.
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El RAF Turismo es para los prestadores de servicios turísticos, entre ellos, los servicios de hospedaje, agencias de viajes y turismo, agencias operadoras de viajes y turismo, de transporte turístico, guías de turismo, restaurantes, centros de turismo termal y/o similares, servicios de turismo de aventura ecoturismo o similares; así como los artesanos.
Trámite online
El plazo para presentar las solicitudes de acogimiento al RAF – Turismo vence el 30 de junio próximo y se realiza a través de Internet, con el propósito de reducir el costo para el contribuyente y el tiempo de atención del trámite.
Para formalizar la solicitud, se debe ingresar a SUNAT Operaciones en Línea con el Código de Usuario y la Clave SOL.
Luego seleccionar la opción “Solicito Fraccionamiento RAF – TURISMO” y dentro de ella el Formulario Virtual N° 1706 – “Formulario Virtual de Fraccionamiento – RAF – TURISMO”.
Cabe indicar que el solicitante debe obtener previamente la deuda personalizada, una vez obtenida, ésta se cargará en el Formulario Virtual N° 1706. Luego se debe elegir si se acoge al aplazamiento, fraccionamiento o aplazamiento y fraccionamiento.