Comisión de Defensa del Consumidor: se reducirá plazo para que deudores salgan de ‘lista negra’
Por unanimidad, la Comisión de Defensa del Consumidor del Congreso de la República aprobó el dictamen por insistencia, el cual tiene como objetivo corregir con urgencia la información de los consumidores en las centrales de riesgo, como Equifax-Infocorp.
Con 12 votos a favor, la Comisión de Defensa del Consumidor aprobó el dictamen que incorpora los artículos 13 y 14 a la Ley 28587, Ley Complementaria a la Ley de Protección al Consumidor en materia de servicios financieros, y que modifica la Ley 29571, Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Como es conocido, después de pagar sus deudas, muchos consumidores siguen siendo registrados como morosos en las centrales de riesgo, lo que afecta negativamente su crédito y reputación financiera. Con este dictamen, se establece que, una vez que las deudas sean regularizadas, la entidad bancaria deberá emitir, a solicitud del deudor, una constancia de regularización en un plazo máximo de siete días hábiles a partir de la fecha de la solicitud.
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Posteriormente, dentro del mismo plazo de siete días hábiles, el banco deberá notificar el pago a la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS), para que se registre en la Central de Riesgos en el próximo reporte, evitando así que continúe afectando la evaluación crediticia del cliente.
«El objetivo es proteger a quienes cumplen con sus obligaciones de los posibles excesos de las centrales de riesgo, como Equifax (antes Infocorp) y Sentinel, entre otros. (…) Proteger al ciudadano que debió enfrentar problemas económicos, pero cumplió sus obligaciones», indicó el congresista José Luna, uno de los autores de esta propuesta.
Operaciones no reconocidas o fraudulentas
Además, el dictamen aprobado por la Comisión de Defensa del Consumidor establece que, en caso de que un banco verifique la validez de una denuncia sobre consumos no reconocidos, deberá informar tanto a la persona afectada como a la SBS dentro de un plazo de siete días, contados a partir de la fecha de conclusión de la investigación.
En consecuencia, el documento de la entidad financiera, junto con el reporte enviado por la SBS a las empresas del sistema financiero, deberá actualizar la información registrada en la central de riesgos, con el fin de evitar que la evaluación crediticia del consumidor siga viéndose afectada.
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