Sector Servicios creció 4,3% en enero de 2022

El sector servicios en Perú creció 4,3% en enero del 2022 respecto al mismo mes del año pasado, principalmente por los rubros alojamiento y restaurantes, los que se beneficiaron con la reducción del toque de queda y la ampliación de aforos, informó el Banco Central de Reserva (BCR).

 

El subsector de restaurantes aumentó 30,4% en el período en referencia, impulsado por los mayores horarios de atención, flexibilización de aforos y mayores coberturas del delivery.

 

Asimismo, el subsector alojamiento se incrementó 86,9%, debido a la recuperación del sector turismo y la vacunación masiva de las personas.

 

Del mismo modo, el subsector transporte y almacenamiento creció 9,2% en enero respecto al mismo mes de 2021, impulsado por el mayor transporte aéreo y vía férrea, refirió el BCR.

 

Servicios de Telecomunicaciones

 

El subsector telecomunicaciones y otros servicios de información creció 3,5% en comparación a enero de 2021; mientras que el subsector financiero y de seguros se redujo 7,0% por los menores depósitos a plazo, 

 

En cuanto al subsector de servicios prestados a empresas, este creció 3,3% por las mayores prestaciones a todas sus ramas, por el efecto base del año previo. Por otro lado, se incrementó el sector otros servicios en 4%, superando por primera vez, desde febrero de 2020, los niveles pre-pandemia.

 

En términos desestacionalizados, el sector servicios se incrementó 0,4% en enero de este año respecto al mes previo, superando sus niveles pre pandemia.

 

Economía peruana

 

Cabe indicar que en enero del 2022, la economía peruana se expandió 2,86% al compararlo con enero del año 2021 debido al desempeño favorable de la mayoría de los sectores económicos, con excepción de Pesca, Manufactura, Construcción y Financiero y Seguros; según informó el Instituto Nacional de Estadística e Informática (INEI).

 

El resultado de enero 2022 tiene como base de comparación enero 2021, periodo en el cual se amplió la inmovilización social obligatoria de la población, según el nivel de alerta del departamento y que tuvo vigencia a partir de la segunda quincena de dicho mes, indicó el INEI en su informe técnico Producción Nacional.




Inflación a escala global

La economía mundial viene sufriendo una serie de shocks que impactarán directa o indirectamente en la evolución de los precios, acelerando la inflación que ya en el 2021 alcanzó el 5,8%, luego de una deflación de 3,2% en 2020. Como respuesta, la gran mayoría de las economías del mundo vienen retirando sus estímulos monetarios e incrementando sus tasas de referencia.

 

La pandemia ha infligido diversos daños en la economía con efectos directos en la inflación global. Para empezar la crisis de los contenedores que restringieron la movilidad de productos entre los principales mercados del mundo, elevando los precios de los fletes y, por ende, un incremento en sus precios.

 

Otros factores son las paralizaciones en la cadena de suministros por falta de transportistas, personal para carga y descarga y la administración en aduanas, el encarecimiento de materias primas, la crisis de semiconductores, o el exceso de demanda impulsado por la política monetaria expansiva aplicada en todas las economías y la menor capacidad de respuesta de la oferta por las medidas de control de la pandemia.

 

A esto se suma el incremento en el precio del gas natural y del petróleo que al 9 de marzo se ubicó en US$ 109,6 el barril, incrementándose en 45% en lo que va del año, y en 13,1% en el mes de marzo ante la posición de Estados Unidos de prohibir la importación del crudo proveniente de Rusia a raíz de su conflicto bélico con Ucrania.

 

 

 

Y los factores se siguen sumando: la generación de energía renovable disminuyó en Estados Unidos y Brasil a causa de las sequías, lo que redujo la producción hidroeléctrica, y, por parte del norte de Europa, la causa fue la menor generación eólica.

 

La inflación es un problema común entre la primera economía del mundo y América Latina, Estados Unidos registró en febrero pasado una inflación acumulada anual de 7,9%, la más alta desde 1982, impulsada por los precios de la energía, en un contexto en el que el precio del barril de petróleo creció en 43,6% en los últimos doce meses; los alimentos; y la vivienda. Entretanto la región terminó el año con un incremento de precios de 11,8%.

 

Para el Fondo Monetario Internacional (FMI), la crisis de suministros seguirá generando fuertes presiones en Europa hasta el 2023. Además, los conflictos recientes ante la invasión de Ucrania por parte de Rusia, amenazan con agravar la inflación energética y alimentaria mundial.

 

Mayor inflación por alza de precio de alimentos

Los precios de los alimentos iniciaron una senda alcista desde el segundo semestre del 2020 y alcanzaron un nuevo máximo histórico en febrero de este año a causa de la alta demanda, y los elevados costes de los insumos y el transporte.

 

Hay que tener presente que las consecuencias son más severas en las economías en desarrollo, donde existe un mayor porcentaje de población en situación de pobreza o vulnerabilidad. En estos países, el presupuesto destinado al consumo de alimentos representa un tercio del gasto familiar, a diferencia de economías avanzadas en donde significa apenas la séptima parte.

 

El Índice de Precios de los Alimentos de la Organización Mundial para la Alimentación y la Agricultura (FAO), construido a partir de los precios de los cinco productos básicos más consumidos en el mundo (carnes, lácteos, cereales, aceite y azúcar), mostró en febrero de este año un nivel de 140,7, es decir, un incremento de 3,9% respecto a enero y de 20,7% respecto a febrero 2020. Según la FAO el resultado fue consecuencia del aumento de las cotizaciones del aceite vegetal (8,5%) y los productos lácteos (6,4%) en el último mes.

 

Conflicto entre Rusia y Ucrania incrementa la persistencia de la inflación

El conflicto entre Rusia y Ucrania es perjudicial para la economía mundial y la magnitud de dicho efecto dependerá de la duración del conflicto y del número de países que terminen involucrados en él.

 

Ambos países poseen un importante peso en la cadena de suministro agrícola. Según la FAO, son 50 países los que dependen en alrededor del 30% o más de su suministro de trigo proveniente de Rusia y Ucrania, en mayor medida países menos desarrollados de África del Norte, Asia y Oriente Medio.

 

En conjunto, ambas economías suministran al mundo el 19% del total de cebada que se produce a nivel global, el 14% del trigo y el 4% del maíz. Asimismo, representan más de un tercio de las exportaciones mundiales de cereales. Por tanto, el conflicto bélico genera una presión al alza en los precios de dichos productos, que en algunos casos como el precio del trigo aumento en 31% a lo largo del 2021.

 

 

 

La FAO también resalta la posición de Rusia como principal productor mundial de fertilizantes para la agricultura, lo que lo ha convertido en proveedor del 50% de este producto a numerosos países de Europa y Asia Central. La volatilidad de los precios del gas natural también ha impulsado el costo de los fertilizantes, como es el caso de la urea, un fertilizante nitrogenado esencial cuyo precio aumentó más del 300% en los últimos 12 meses.

 

Ante estos hechos, la Organización de Naciones Unidas (ONU) advirtió que el 2022 sería un año crítico para la seguridad alimentaria y que alrededor de 44 millones de personas en 38 países se hallarían al borde de la hambruna.

 

Es importante resaltar que el panorama para la región y el Perú no es favorable. En el caso de nuestro país, dada la coyuntura internacional descrita, se hace difícil retornar al rango meta de inflación en el presente año. En el programa monetario de marzo, el Banco Central de Reserva del Perú (BCR) anunció que dicho objetivo se lograría en el primer semestre del próximo año.

 

Se espera que la autoridad monetaria continúe con los incrementos en la tasa de referencia para el control de la inflación y de las expectativas inflacionarias, traduciéndose en una reducción del gasto privado.

 

Si bien el crecimiento 2021 de 13,3% ha significado una recuperación de la caída del produto bruto interno (PBI) nacional en 2020, aún hay catorce departamentos que no alcanzan su nivel de producto del año 2019.

 

Por otra parte, el incremento paulatino de la tasa Reserva Federal de Estados Unidos llevará a una presión devaluatoria de las monedas latinoamericanas y a un encarecimiento del financiamiento internacional.




Todo sobre el pago de utilidades a trabajadores

De acuerdo con el Decreto Legislativo 892, los trabajadores de las empresas del régimen laboral de la actividad privada, con más de 20 trabajadores en el año 2021, tienen derecho a participar de las utilidades generadas por las empresas, como consecuencia de su gestión empresarial.

 

No tienen derecho a participar de las utilidades los trabajadores de las cooperativas, empresas autogestionarias, sociedades civiles y las empresas que hayan tenido hasta 20 trabajadores en el año 2021.

 

Conforme al D. Leg. 892, las empresas con más de 20 trabajadores en el 2021, tienen 30 días calendario, posteriores al vencimiento del plazo para la presentación de la Declaración Jurada (DJ) del Impuesto a la Renta 2021, para abonar las utilidades que correspondan a sus trabajadores.

 

Cabe advertir que la DJ de Regularización del Impuesto a la Renta 2021 debe presentarse entre el 25 de marzo al 07 de abril de 2022 y los buenos contribuyentes hasta el 08 de abril de 2022, de acuerdo con el cronograma aprobado por la SUNAT (Res. 195-2021-SUNAT de 30.12.2021). Vencido el plazo de 30 días calendario y previo requerimiento escrito del trabajador, el empleador será responsable por el pago del interés legal por no pagar a tiempo las utilidades.

 

Reparto de utilidades

Para el reparto de utilidades a los trabajadores, primero se debe obtener la cantidad de dinero que se repartirá a los trabajadores por utilidades del ejercicio 2021.

 

Para calcular el monto de las utilidades, las empresas deben tener en cuenta las remuneraciones y los días que laboraron cada uno de sus trabajadores durante el 2021.

 

Los porcentajes de la renta neta anual a distribuir no han variado. Se entiende por renta neta anual antes de impuestos el saldo de la renta imponible del ejercicio gravable 2021, luego de haber compensado las pérdidas de ejercicios anteriores.

 

Los porcentajes a distribuir son: sector pesquero, de telecomunicaciones e industriales la tasa es 10%; para el sector minero, comercio al por mayor y menor y restaurantes la tasa es de 8%. En tanto para las empresas que realizan otras actividades la tasa es de 5%.

 

El porcentaje a distribuir, según la actividad económica de la empresa se reparte del modo siguiente:

El 50% es distribuido en partes proporcionales entre los trabajadores que laboraron en la empresa durante el año 2021.

 

Este monto se divide entre la suma total de días laborados por todos los trabajadores y dicho resultado se multiplica por el número de días efectivamente laborados por cada trabajador.

 

Al respecto, cabe precisar que los días laborados son aquellos en los que el trabajador cumple efectivamente la jornada ordinaria de la empresa, así como las ausencias que deben ser consideradas como asistencia por mandato legal expreso.

 

Por ejemplo, los días de descanso médico por accidente de trabajo o enfermedad ocupacional, licencias sindicales, los días de cierre por infracción tributaria, los días no laborados por despido nulo en casos de reposición y los días de suspensión perfecta no autorizados por el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE). En opinión del MTPE también se consideran días laborados para el pago de utilidades, los días de descanso pre y post natal.

 

El 50% restante se distribuye en proporción a las remuneraciones de cada trabajador.- Los trabajadores que laboren la jornada máxima (legal o contractual) establecida en la empresa, recibirán el íntegro de las utilidades, mientras que los que  hayan laborado jornadas inferiores, recibirán las utilidades en forma proporcional.

 

Cabe señalar que también tienen derecho a percibir este beneficio aquellos trabajadores que hubieran cesado durante el ejercicio 2021, aplicándose las reglas antes expuestas en función del tiempo laborado.

 

Las utilidades a ser repartidas tienen un límite, pues no podrán exceder a los 18 sueldos de cada trabajador. El exceso a los 18 sueldos será entregado al MPTE para ser destinado a la capacitación laboral, a la promoción del empleo así como a obras de infraestructura vial (FONDOEMPLEO).

 

Liquidación de utilidades

Al pagarse las utilidades a los trabajadores, los empleadores deben entregar una hoja de liquidación que precise cómo se ha calculado el beneficio. Esta liquidación debe contener como mínimo: denominación/razón social del empleador, nombre y apellidos del trabajador y renta anual de la empresa antes de impuestos. Además, el número de días laborados por el trabajador, la remuneración considerada para el cálculo, el número total de días laborados por todos los trabajadores de la empresa con derecho a percibir utilidades, la remuneración total pagada a todos los trabajadores de la empresa y el monto que excede a los 18 sueldos, de ser el caso.

 

Plazo para cobro.- Conforme a la Ley 27321, los trabajadores tienen 4 años para cobrar sus utilidades y sólo se aplicará el interés legal a partir del requerimiento escrito que formule el trabajador. Vencido el plazo de 4 años, las utilidades no cobradas serán distribuidas entre los demás trabajadores, en el ejercicio en el que vence el plazo prescriptorio (los 4 años).

 

Impuesto a la Renta.- Conforme al D.S. 136-2011-EF, el impuesto a la renta de cargo del trabajador – 5ta. categoría que afecta a la participación de utilidades, debe retenerse (el 100% del IR) en el mes en que dicho beneficio es entregado al trabajador (no se prorratea en los demás meses del año gravable, que sí se permitía hasta antes del 2011).

 

Las utilidades no están gravadas con los aportes al EsSalud, ONP, AFP, Senati, ni Sencico, ni son computables para el pago de beneficios sociales.

 

Gasto deducible.- Las utilidades que se distribuyen a los trabajadores por mandato legal y las que el empleador otorgue unilateralmente a sus trabajadores o por convenio individual o colectivo, constituyen gasto deducible para determinar la renta imponible de la empresa, siempre que se paguen hasta antes de presentar la DJ Anual.

 

Fallos judiciales.- Además tener en cuenta las siguientes resoluciones judiciales sobre utilidades:

  • Los trabajadores que hubieran cesado antes de la fecha en la que se distribuya las utilidades, tienen derecho a cobrar el monto que les corresponde. Por ende el trabajador tiene derecho a las utilidades, pese a haber cesado con anterioridad a la distribución – Casación 3784-97-Lima.
  • Los Decretos Legislativos Nº 677 y 892 establecen que cuando una empresa tiene utilidades en un ejercicio económico se cubren primero las pérdidas de los ejercicios anteriores y, si hubiera excedente, los trabajadores participarán en las utilidades mediante la distribución por parte de esta de un porcentaje de la renta anual libre de impuestos – Casación 1564- La Libertad.
  • Para la determinación de las utilidades, debe deducirse las pérdidas que pudiera haber generado la empresa en ejercicios anteriores y que fueron deducibles tributariamente – Casación 663-97-Callao.
  • Los trabajadores deben solicitar que se efectúe una nueva liquidación cuando se realizó el reparto de las utilidades, y no cuando se produjeron las rectificaciones de declaraciones juradas del reparto de dichas utilidades – Exp 4762-2004- AA – Tribunal Constitucional.