Multas por no pagar gratificaciones pueden llegar hasta los S/ 139 792
El Centro Legal de la CCL informa que, para el caso de las micros y pequeñas empresas, las sanciones tienen un monto máximo de S/ 24 075.
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Faltan dos semanas para que venza el plazo del pago de las gratificaciones por Fiestas Patrias. ¿Qué sucede si la empresa incumple con esta obligación?
El Centro Legal de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que los empleadores que no paguen o no depositen la gratificación hasta el 15 de julio serán sancionados con multas diferenciadas, conforme al régimen laboral de la empresa, al considerarse una infracción grave.
Según el Decreto Supremo 008-2020-TR, las multas laborales vigentes se dan en tres escalas y van desde los S/ 588.5 hasta S/ 139 742.
La primera escala corresponde a la microempresa, cuya sanción por no pagar la gratificación puede llegar a los S/ 2,407.5. En segundo lugar, tenemos a la pequeña empresa, cuya multa máxima es de S/ 24,075. La tercera escala comprende a las medianas y grandes empresas (No MYPE) con multas de hasta S/ 139 742.
Para determinar el monto de la multa, la CCL refiere que, además del tamaño de la empresa, se debe tomar en cuenta el número de trabajadores afectados, considerando como base la UIT de S/5,350 para el año 2025.

Las empresas tienen plazo hasta el 15 de julio para depositar la gratificación.
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Inscritas en el REMYPE
Las multas para microempresas y pequeñas empresas, inscritas en el Registro de Micro y Pequeña Empresa (REMYPE), no deben ser mayor, en un mismo procedimiento sancionador, al 1 % de lo que ganó (ingresos netos) el año anterior al de la generación de la orden de inspección.
Por ejemplo: si una pequeña empresa inscrita en el REMYPE tuvo ingresos netos de S/ 500 000 en 2024, entonces la multa máxima que se le puede aplicar en 2025 sería de S/ 5 000, es decir, el 1 % de S/ 500 000.
En el siguiente cuadro se consignan las multas mínimas y máximas por no pagar o depositar la gratificación por Fiestas Patrias, según el tipo de empresa.
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