La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) amplió la aplicación de la facultad discrecional para no imponer sanciones administrativas por infracciones relacionadas con el Sistema Integrado de Registros Electrónicos (SIRE). La medida busca brindar mayores facilidades a los contribuyentes durante la implementación de este sistema.
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La disposición fue oficializada mediante la Resolución de Superintendencia Nacional Adjunta de Tributos Internos n.° 000032-2026-SUNAT/700000, publicada en el diario oficial.
Plazos para regularización sin multas
De acuerdo con la norma, los contribuyentes obligados a utilizar el SIRE hasta el período mayo de 2026 podrán regularizar la generación de sus registros electrónicos y realizar los ajustes correspondientes hasta el 31 de agosto de 2026, sin sanciones por las infracciones previstas en los numerales 2 y 10 del artículo 175 del Código Tributario.
Alcance para nuevos obligados
El beneficio también alcanza a quienes deban usar el SIRE a partir del período junio de 2026. En estos casos, las infracciones de junio y julio podrán ser subsanadas hasta la misma fecha límite, el 31 de agosto de 2026, sin aplicación de multas.
