Bono Familiar Universal y Bono Navideño: ¿Podrás cobrarlos en febrero 2025?

El bono navideño y bono familiar universal continuan en tendencia gracias a la enorme demanda de la población peruana. Conoce a continuación si estos subsidios podrán cobrarse en febrero 2025.

¿Bono Familiar Universal estará activo en febrero 2025?

Este subsidio, que fue otorgado por el gobierno durante la época de la pandemia por la COVID-19, trajo importantes beneficios a la población más vulnerable. Sin embargo, a pesar de la gran demanda del Bono Familiar Universal, te contamos que, actualmente, ya no está activo; por lo que no será posible cobrarlo en enero 2025. A menos que el Gobierno peruano diga lo contrario.

La entrega del incentivo económico se extendió hasta marzo de 2021 y fue implementado en distintas fases debido a la gran cantidad de beneficiarios (más de 8 millones de hogares), la dificultad de llegar a zonas rurales y el uso de múltiples canales de pago para evitar aglomeraciones.

¿Bono Navideño se entregará en febrero 2025?

Este subsidio, que se ha hecho muy popular este mes debido a las festividades de fin de año, no será posible cobrarlo en enero 2025. Resulta que, el Bono Navideño es un incentivo otorgado exclusivamente a los trabajadores del Congreso de la República y legisladores.

Es importante acotar que tampoco existe un link oficial de consulta, puesto que la entrega del bono navideño llegará junto a la remuneración de los empleados mencionados líneas arriba.

Bono 200 soles para el sector público: ¿Quiénes salen beneficiados?

El bono 200 soles estará dentro de la Ley de Presupuesto del Sector Público 2025 (Ley N° 32185), con el objetivo de destinar recursos económicos adicionales a trabajadores públicos que cumplan con ciertos requisitos. Estos son los grupos beneficiados:

  • Decreto Legislativo 276: Empleados dentro de la carrera Administrativo del sector público.
  • Decreto Legislativo 1057 (CAS): Todo personal que esté dentro de los Contratos Administrativos de Servicios y que cumplen con las condiciones laborales propias de este régimen.
  • Decreto Legislativo 728: Trabajadores dentro del régimen laboral privado que desempeñan funciones en entidades públicas.
    Servidores del Gobierno Nacional, gobiernos regionales y gobiernos locales.

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