Opinión

CCL exige al JNE un pronunciamiento inmediato sobre la difusión de un plan de gobierno no inscrito

El candidato presidencial Roberto Sánchez ha difundido públicamente un plan de gobierno que difiere en aspectos sustanciales del documento inscrito ante el Jurado Nacional de Elecciones (JNE). Este hecho requiere una respuesta institucional inmediata.

LEA TAMBIÉN: Editorial de Raúl Barrios: Por un quinquenio mejor

El artículo 24° de la Ley N.° 28094, Ley de Organizaciones Políticas y el Reglamento de Inscripción de Fórmulas y Listas de Candidatos para las Elecciones Generales 2026 establecen que el plan de gobierno registrado ante el JNE es el documento oficial y vinculante de la candidatura. Su modificación una vez vencido el plazo de inscripción no está permitido. Promover una plataforma distinta a la inscrita constituye una infracción a las reglas del proceso electoral.

Asimismo, el artículo 176° de la Constitución Política del Perú señala que el sistema electoral tiene por finalidad asegurar que las expresiones de la voluntad popular se traduzcan en resultados legítimos. Esa legitimidad exige que los ciudadanos voten con información cierta, no con documentos cuya validez jurídica es incierta.

Por ello, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) exige al JNE que, en ejercicio de sus competencias constitucionales conforme al artículo 178° de la Constitución:

  1. Se pronuncie de manera inmediata sobre si la difusión de un plan de gobierno distinto al inscrito constituye una infracción a la normativa electoral vigente.
  2. Precise con claridad cuál es el documento con validez jurídica para efectos del voto del 7 de junio próximo.
  3. Adopte las medidas que correspondan para garantizar el principio de igualdad entre candidatos y el derecho de los electores a información auténtica.

Las reglas electorales no son optativas. La CCL no formula apreciaciones políticas sobre ningún candidato; formula una exigencia jurídica e institucional que plantearía ante cualquier candidatura que incurra en la misma conducta. El JNE tiene la autoridad y la obligación de actuar.

LEA MÁS:

Reducción de capacidad de contratación pone en riesgo obras de infraestructura

Economía