La Cámara de Comercio de Lima expresa su preocupación por la reciente actualización de la conformación de la Comisión de Gracias Presidenciales dispuesta por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos.
Recordamos que la Constitución faculta al Presidente de la República a conceder indultos, conmutar penas y ejercer el derecho de gracia (artículo 118, numeral 21). Por tratarse de una potestad excepcional, su ejercicio debe observar los más altos estándares de legalidad, prudencia, transparencia y credibilidad pública.
Asimismo, el Decreto Supremo N.° 021-2025-JUS actualizó el marco normativo de la Comisión, precisando que esta analiza y recomienda, mediante informes debidamente fundamentados, la concesión o no de indultos (incluyendo por razones humanitarias), derecho de gracia y conmutaciones. En ese contexto, la independencia y la apariencia de imparcialidad de la Comisión son determinantes para preservar la confianza ciudadana.
Por ello, exhortamos al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos a publicar con claridad los criterios de designación de sus integrantes, así como sus hojas de vida, y a asegurar reglas estrictas de gestión de conflictos de interés y motivación suficiente de los informes, conforme al marco legal vigente.
La Cámara de Comercio de Lima reafirma su compromiso con el Estado de derecho y la estabilidad institucional, condiciones indispensables para la confianza y el desarrollo del país.
