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Elecciones Generales 2026 – Los cambios normativos

Uno de los cambios más significativos que entra en vigor en estas elecciones es el restablecimiento del parlamento bicameral, el Congreso de la República estará conformado por: La Cámara de Diputados, integrada por un mínimo de 130 diputados; y el Senado, compuesto por 60 senadores. Conoce sus funciones.

Álvaro Gálvez

El domingo 12 de abril de 2026, el Perú acudirá nuevamente a las urnas para celebrar las Elecciones Generales. En esta jornada electoral, los ciudadanos elegirán al presidente y vicepresidentes de la República, así como a los miembros del Congreso bicameral (senadores y diputados) y a los representantes peruanos ante el Parlamento Andino.

 

Ante la proximidad del proceso electoral, resulta pertinente recordar los principales cambios normativos y reglas institucionales vigentes.

 

El retorno a la bicameralidad

Uno de los cambios más significativos que entra en vigor en estas elecciones es el restablecimiento del Congreso bicameral, medida aprobada mediante la Ley n.º 31988, publicada el 20 de marzo de 2024 en el diario oficial El Peruano. Esta norma modificó la Constitución Política del Perú, reintroduciendo un sistema legislativo de dos cámaras, con el objetivo de fortalecer el debate, mejorar la calidad normativa y establecer contrapesos institucionales.

 

A partir de esta reforma, el Congreso de la República estará conformado por:

  • La Cámara de Diputados, integrada por un mínimo de 130 diputados, y
  • El Senado, compuesto por 60 senadores.

 

Ambas cámaras serán elegidas por un período de cinco años, en concordancia con la duración del mandato presidencial.

 

Atribuciones generales del Congreso de la República

En el nuevo diseño institucional, el Congreso conserva sus atribuciones generales, entre las que destacan:

 

  • La función legislativa, que comprende la aprobación, modificación, interpretación y derogación de leyes.
  • La vigilancia del respeto de la Constitución y las leyes, así como la determinación de responsabilidades por su infracción.
  • La aprobación del Presupuesto Público y la Cuenta General de la República, aspectos centrales para la política fiscal.
  • La autorización de empréstitos y el ejercicio del derecho de amnistía.
  • La aprobación de normas de demarcación territorial y la organización de su propio reglamento interno.

 

Estas atribuciones se ejercerán de manera coordinada entre ambas cámaras, de acuerdo con sus competencias específicas.

 

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Competencias del Senado

El Senado asume, entre otras, las siguientes funciones:

 

  • Revisar y aprobar las propuestas legislativas remitidas por la Cámara de Diputados.
  • Designar a autoridades de especial relevancia constitucional, como el defensor del pueblo, los magistrados del Tribunal Constitucional, el contralor general de la República y directores del Banco Central de Reserva.
  • Ratificar al superintendente de banca, seguros y AFP.
  • Autorizar al presidente de la República para salir del país.
  • Aprobar tratados internacionales antes de su ratificación.
  • Ejercer control político sobre decretos legislativos, decretos de urgencia y estados de excepción.

 

Funciones de la Cámara de Diputados

Por su parte, la Cámara de Diputados tiene las siguientes atribuciones:

  • La propuesta y aprobación inicial de los proyectos de ley que serán elevados al Senado.
  • La capacidad de interpelar y censurar ministros de Estado.
  • El otorgamiento o denegatoria de la cuestión de confianza.
  • La conformación de comisiones investigadoras sobre asuntos de interés público.

 

Representantes ante el Parlamento Andino

Las Elecciones Generales también comprenden la elección de los representantes peruanos ante el Parlamento Andino, órgano deliberante del Sistema Andino de Integración, que agrupa a Bolivia, Colombia, Ecuador y Perú.

 

De acuerdo con la Ley n.º 28360, modificada por la Ley n.º 28643, el Perú elige cinco representantes titulares y dos suplentes para cada uno, mediante sufragio directo, universal, libre y secreto.

 

El Parlamento Andino cumple funciones de promoción de la integración regional, armonización legislativa y seguimiento del proceso andino, aspectos de interés para el comercio y la inversión regional.

 

Convocatoria oficial y segunda vuelta

Mediante el Decreto Supremo n.º 039-2025-PCM, publicado el 26 de marzo de 2025, el Poder Ejecutivo convocó oficialmente a las Elecciones Generales del 12 de abril de 2026. La norma establece que, si ningún candidato presidencial obtiene más del 50 % de los votos válidos, se realizará una segunda vuelta electoral el domingo 7 de junio de 2026, entre los dos candidatos con mayor votación.

 

¿Cómo se distribuyen los escaños de los Senadores y Diputados?

Senado: 60 escaños

El Senado se definirá con dos componentes:

  1. a) 30 escaños por circunscripción (distrito múltiple)
  • Se asigna 1 escaño por cada circunscripción.
  • Excepción: Lima Metropolitana recibe 4 escaños en esta distribución.
  1. b) 30 escaños nacionales (distrito único nacional)
  • Se eligen en una circunscripción nacional única, con voto de todo el país.

 

  Diputados: 130 escaños

Esquema mixto:

  1. a) Mínimo de representación: 28 escaños iniciales
  • Se asigna 1 diputado por cada circunscripción.
  • Excepción: Peruanos Residentes en el Extranjero tiene 2 escaños.
  1. b) Reparto proporcional: 102 escaños restantes
  • Se distribuyen según el número de electores de cada circunscripción. 

Reglas electorales: valla electoral, cifra repartidora y voto preferencial

 

La valla electoral:

Se trata de un umbral que define que partido político puede entrar al reparto de escaños. Para participar del procedimiento de distribución de escaños en la Cámara de Diputados o en el Senado, se exige haber alcanzado dos umbrales a nivel nacional en la respectiva cámara:

  • Al menos 5 % de los votos válidos, y
  • Al menos 5 % del número legal de miembros de cada cámara (3 senadores / 7 diputados).

En la práctica, esta regla tiene como objetivo reducir la fragmentación de Partidos que integran el Congreso, toda vez que las listas que no superan la valla no ingresan al reparto proporcional de escaños.

 

La cifra repartidora:

Sirve para establecer como se distribuyen los escaños entre las listas (representación proporcional). La cifra repartidora, se aplica cuando en una circunscripción se elige a más de un representante.

El mecanismo opera de la siguiente forma: se toman los votos válidos por lista y se dividen sucesivamente entre 1, 2, 3, etc.; luego se ordenan los cocientes de mayor a menor hasta completar el número de escaños, y el último cociente dentro de ese conjunto es la cifra repartidora; con ella se determina cuántos escaños obtiene cada lista (parte entera del número) y, si quedaran escaños por asignar, se asignan por mayor parte decimal; los empates se resuelven por sorteo.

 

Cuando en una circunscripción se elige un solo senador, no se aplica cifra repartidora: resulta elegido quien obtiene la mayoría de los votos válidos.

 

El voto preferencial:

Además de votar por una lista, los electores pueden, de manera opcional, marcar preferencias por candidatos dentro de esa lista, lo que influye en quiénes terminan ocupando los escaños que la lista ganó. La norma establece que:

  • Para senadores por distrito electoral múltiple, aplica el voto preferencial opcional.
  • Para senadores por distrito único nacional, aplica el doble voto preferencial opcional.
  • Para diputados, aplica el doble voto preferencial opcional, excepto donde se elige menos de dos diputados (en ese caso hay un solo voto preferencial opcional).

 

Con los resultados, el nuevo orden dentro de cada lista se define por la votación obtenida por cada candidato (de mayor a menor), y siguiendo ese orden se determina quienes son los electos dentro del número de escaños que la lista obtuvo.

 

Las Elecciones Generales 2026 no solo definirán el rumbo político del país, sino que marcarán el inicio de una nueva arquitectura institucional, con un Congreso bicameral llamado a desempeñar un rol central en la estabilidad normativa, la calidad legislativa y el entorno de inversión.

 

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