• Se inicia vencimiento para presentar declaración anual de renta 2019

    Luego de una postergación de cuatro meses ante la pandemia de la COVID-19.

    21 de julio del 2020
    Superintendencia Nacional de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat).
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    Hoy martes 21, luego de cuatro meses de postergación, se inicia el cronograma final de presentación de la Declaración Anual del Impuesto a la Renta 2019 para las personas naturales y las micro, pequeña y medianas empresas con ingresos de hasta 21 millones de soles, a excepción de los Principales Contribuyentes (PRICOS).

     

    A la fecha, más del 56% del total de contribuyentes que deben presentar la Declaración Anual de Renta 2019 ya cumplieron con esta obligación, entre ellos las grandes empresas y los PRICOS; quedando por declarar solo un porcentaje de las personas naturales y de las micro, pequeñas y medianas empresas.

     

    La presentación de la Declaración Anual de IR 2019 para este grupo de contribuyentes, se realizará acuerdo con el último dígito de su RUC, teniendo en cuenta las fechas máximas del siguiente cronograma:

     

     

    Las Personas Naturales deben presentar su declaración utilizando el Formulario Virtual N° 709 mientras que las empresas el Formulario Virtual N° 710, ambos formularios están disponibles en “SUNAT Operaciones en Línea – SOL”. En caso se determine un impuesto por pagar éste podrá ser cancelado por medios virtuales o solicitar el fraccionamiento de la deuda generada.

     

    Las Personas Naturales obligadas a presentar la Declaración de Renta 2019 son aquellas que hubieran percibido exclusivamente Rentas de Quinta Categoría (trabajadores en planilla) y determinen un saldo a favor por la deducción de gastos de arrendamiento y/o subarrendamiento de inmuebles.

     

    También aquellos que perciben Rentas de Cuarta (trabajadores independientes) y/o Quinta Categorías (trabajadores en planilla) y rentas de fuente extranjera que tengan un saldo a favor del Impuesto a la Renta, entre otros.

     

    En el caso de las empresas, deben presentar la Declaración Anual los contribuyentes del Régimen General y del Régimen MYPE Tributario que hubieran generado rentas o pérdidas en el ejercicio 2019.

     

    Como se recuerda, el cronograma de declaración y pago del IR 2019 estaba inicialmente programado entre el 25 de marzo al 8 de abril pasado, pero fue aplazado con la finalidad de dar mayor liquidez a los contribuyentes para afrontar el impacto económico de la cuarentena.

     

    Con ese objetivo, también se aplazaron las declaraciones mensuales y se dictaron diversas medidas de alivio tributario, que implicaron un gran esfuerzo del Estado en términos de una menor recaudación, por lo que es necesario que estas obligaciones tributarias se vayan regularizando.

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