• Trabajadores que laboren el feriado del 6 de agosto deben recibir triple pago

    La CCL recuerda que, si un trabajador labora el 6 de agosto y no se le otorga un descanso sustitutorio, tiene derecho a una compensación económica equivalente al triple de su remuneración diaria.

    5 de agosto del 2025
    Trabajar en un día feriado genera derecho a una triple remuneración diaria.
    Reproducir:

    image_pdfimage_print

    La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que, según la Ley N.º 31530, el 6 de agosto es feriado nacional obligatorio a nivel nacional desde el año 2022, en conmemoración de la Batalla de Junín, una fecha clave en la historia de la independencia del Perú.

    “Este feriado se aplica tanto para trabajadores del sector público como del sector privado. No obstante, se producen situaciones donde algunos trabajadores deben laborar ese día”, comentó Álvaro Gálvez, gerente del Centro Legal de la CCL.

     

    LLER TAMBIÉN:

    CCL: Trabajadores que laboren los feriados 23, 28 y 29 de julio recibirán triple pago

     

    Por ello, la CCL recuerda que, si un trabajador labora el 6 de agosto y no se le otorga un descanso sustitutorio, tiene derecho a una compensación económica equivalente al triple de su remuneración diaria.

    Esta remuneración se distribuye de la siguiente manera:

    • Remuneración por el feriado (incluida en el sueldo mensual regular).
    • Pago por la jornada efectivamente trabajada.
    • Sobretasa del 100 % sobre el salario diario.

    Por ejemplo, si un trabajador percibe un salario mensual de S/ 1 500, el salario diario será S/ 50 (S/1,500 ÷ 30). En ese caso, el pago total por el 6 de agosto es S/ 50 (feriado) + S/ 50 (jornada) + S/ 50 (sobretasa 100%) = S/150.

    Álvaro Gálvez precisó que, a pesar que se denomine «triple pago», el trabajador recibe el doble de su salario diario como extra, ya que el primer componente (S/ 50 por el feriado) ya está incluido en su remuneración mensual.

    Añadió que caso que el feriado 6 de agosto coincida con el día de descanso semanal, el trabajador solo percibirá S/ 50 por el descanso semanal y no por el feriado.

    Empresas en Perú y sus trabajadores.

    Trabajar en un día feriado genera derecho a una triple remuneración diaria. 

    LEE MÁS:

    FIL Lima 2025: CCL presentó dos libros clave contra la inseguridad y la extorsión

    ¿Sabes cuándo tus impuestos prescriben?

    Poder Judicial corrige método de aplicación de sanciones de Indecopi

    No hay imágenes cargadas en la galería, por favor desactivar la opción de galeria.

    La CCL recuerda que, si un trabajador labora el 6 de agosto y no se le otorga un descanso sustitutorio, tiene derecho a una compensación económica equivalente al triple de su remuneración diaria.

    ESTUDIOS

    EMPRESA

    EXPERIENCIA LABORAL

Entradas Recientes

Trabajadores que laboren el feriado del 6 de agosto deben recibir triple pago

La Cámara de Comercio de Lima (CCL) informa que, según la Ley N.º 31530, el 6 de agosto es feriado nacional obligatorio a nivel nacional desde el año 2022, en conmemoración de la Batalla de Junín, una fecha clave en la historia de la independencia del Perú. “Este feriado se aplica tanto para trabajadores del […]

FIL Lima 2025: CCL presentó dos libros clave contra la inseguridad y la extorsión

En la 29ª Feria Internacional del Libro (FIL) de Lima 2025, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) presentó dos importantes publicaciones que incluyen temas de alto interés nacional: “Seguridad Ciudadana: Pilar fundamental para el desarrollo del país” y “Extorsión: el negocio del miedo”. El evento se realizó el lunes 4 de agosto en el […]

Artículos relacionados

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

MAPFRE  hASTA 08/06/2023
Suscríbete Contáctanos