Gratificación diciembre 2024: ¿En qué casos no puedes recibir el pago?
Te enseñamos qué debe suceder para que un empleador no deposite la gratificación de diciembre 2024 y las razones.
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Samuel Moreno
Los trabajadores peruanos saben que diciembre de 2024 es muy importante por la entrega de gratificaciones, un incentivo económico que, por ley, deben recibir a cambio de sus jornadas laborales. Este último mes del año adquiere aún más relevancia debido a las festividades de Navidad y Año Nuevo, lo que lleva a muchos a realizar gastos importantes.
Sin embargo, existen situaciones que podrían obstaculizar el pago de la gratificación de diciembre de 2024. A continuación, te explicamos los casos en los que el pago podría interrumpirse:
¿En qué casos no se paga la gratificación de diciembre de 2024?
• Retención por impuestos: La gratificación puede ser retenida por el impuesto a la renta, según lo establecido en el artículo 34 de la Ley del Impuesto a la Renta.
• Problemas judiciales: Si el trabajador tiene una deuda judicial por alimentos, la gratificación de diciembre de 2024 puede ser retenida.
• Gratificación trunca: Si un trabajador renuncia antes de recibir la gratificación, se le pagará una gratificación trunca, que será proporcional al tiempo de servicio y a la fecha de la renuncia.
• Suspensión perfecta de labores: Si el trabajador está sujeto a una suspensión perfecta de labores, medida que permite al empleador suspender temporalmente el pago de la remuneración sin romper el vínculo laboral.
• Embargo: Una autoridad judicial o administrativa pública puede embargar la cuenta de remuneraciones del trabajador.
¿Quiénes no recibirán la gratificación en diciembre de 2024?
Según la Ley N.º 27735, este beneficio está dirigido exclusivamente a trabajadores formales inscritos en planilla. Sin embargo, existen algunas excepciones:
• Trabajadores del sector público: En lugar de la gratificación, reciben un aguinaldo de S/300, conforme a las disposiciones del Gobierno.
• Trabajadores independientes: Aquellos que trabajan de manera autónoma o emiten recibos por honorarios no tienen vínculo laboral con ninguna empresa, por lo que no acceden a este beneficio.
• Empleados de empresas no formales: Si laboran para empleadores no registrados o que incumplen las normativas laborales, no están protegidos por las leyes que garantizan la gratificación.
• Trabajadores de microempresas: Los empleados bajo el Régimen MYPE no tienen derecho a gratificaciones, ya que este régimen solo garantiza una remuneración básica.
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