• Cumbre APEC en Perú: días no laborables y medidas para empresas

    Descubre las implicancias del decreto supremo que establece días no laborables en noviembre y lo que el sector empresarial debe considerar.

    28 de octubre del 2024
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    Álvaro Gálvez Calderón

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    El Gobierno Peruano, mediante el Decreto Supremo N.° 110-2024-PCM, declaró los días 14, 15 y 16 de noviembre del 2024 como no laborables en Lima Metropolitana y la Provincia Constitucional del Callao, con el objetivo de facilitar la realización de la Semana de Líderes del Foro de Cooperación Económica Asia-Pacífico (APEC), evento de gran relevancia internacional del cual nuestro país es sede.

    La disposición afecta a los trabajadores de los sectores público y privado que laboran en las jurisdicciones de Lima Metropolitana y Callao. Sin embargo, es importante destacar que estos días no son considerados «feriados«, en consecuencia, si un trabajador labora en esas fechas, no se generará ningún pago adicional. Además, este decreto establece que estos días serán hábiles para fines tributarios, lo que significa que las obligaciones tributarias no serán aplazadas.

    Recuperación de horas

    El decreto establece mecanismos para la compensación de horas no laboradas, diferenciados para el sector público y privado:

    • Sector público: las horas no trabajadas deberán ser compensadas en los quince días inmediatos posteriores. También existe la opción de realizar la compensación en otro momento, siempre que lo determine el titular de la entidad en función de las necesidades de esta.
    • Sector privado: la recuperación de horas deberá acordarse entre empleadores y trabajadores. Si no hay acuerdo, será el empleador quien determine unilateralmente cómo se efectuará la recuperación. Es recomendable que las empresas coordinen de manera anticipada para evitar conflictos laborales.

    Servicios esenciales y actividades de especial relevancia

    El decreto contempla la continuidad de ciertos servicios esenciales en el sector público y privado. Las entidades públicas deben garantizar que estos servicios se sigan prestando durante los días no laborables. Asimismo, las actividades de especial relevancia en el sector privado también podrán continuar operando. Entre estas actividades se encuentran:

    • Servicios sanitarios y de salubridad.
    • Limpieza pública y saneamiento.
    • Sepelios
    • Electricidad, agua, desagüe, gas y combustibles.
    • Telecomunicaciones y comunicaciones, transporte, puertos, aeropuertos.
    • Seguridad, vigilancia y custodia de valores.
    • Transporte público, puertos y aeropuertos.
    • Expendio de alimentos y víveres.

    Recomendaciones para las empresas

    En el marco de esta normativa, sugerimos a las empresas tomar en cuenta las siguientes recomendaciones:

    • Definir la recuperación de horas con antelación, formalizando acuerdos con los trabajadores.
    • Comunicar a los empleados que realizan actividades esenciales y deberán trabajar durante los días no laborables.
    • Asegurarse de cumplir con las obligaciones tributarias previstas para los días hábiles.
    • Coordinar el teletrabajo para los empleados cuya posición lo permita.

    Observaciones de la CCL

    En un contexto, en el que el país atraviesa una delicada situación económica, con la necesidad urgente de generar mayor producción y empleo, la Cámara de Comercio de Lima (CCL) considera que esta medida no contribuye al objetivo de reactivar la economía, pues cada día no laborado implica pérdidas económicas en sectores claves.

    En ese sentido, solicitamos a la Presidencia del Consejo de Ministros (PCM), en coordinación con el Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (MTPE), el Ministerio de Comercio Exterior y Turismo (Mincetur) y el Ministerio de Relaciones Exteriores (MRE), precise ciertos puntos normativos:

    1. Teletrabajo: explicitar que, en posiciones donde sea factible, los empleadores pueden disponer la realización de teletrabajo durante los días no laborables.
    2. Continuidad en actividades esenciales: garantizar que las empresas que forman parte de la cadena de actividades esenciales, tales como servicios de electricidad, agua, telecomunicaciones, transporte, entre otros, puedan seguir operando.
    3. Restricción de tránsito: limitar la restricción de tránsito a las zonas directamente vinculadas al desplazamiento de las delegaciones internacionales que participarán en la Cumbre APEC, en lugar de afectar toda Lima Metropolitana y el Callao. Esta precisión es vital para reducir el impacto en la movilidad y en las actividades económicas del resto de la ciudad.
    4. Excepción para actividades industriales: permitir que las empresas industriales, que debido a la naturaleza de sus operaciones no pueden paralizarse sin generar perjuicios irreparables, continúen operando. Ejemplos de estas actividades incluyen las operaciones de producción continua como plantas de manufactura, materiales de construcción, operadores logísticos, entre otros.
    5. Trabajo en farmacias: excluir a las farmacias del decreto, asegurando así el acceso continuo a medicamentos esenciales.
    6. Recuperación de horas: hacer explícito que la compensación con vacaciones es una forma aceptada de recuperación.

    Es crucial encontrar un balance entre la organización de eventos internacionales de gran envergadura, como la Cumbre APEC, y la productividad económica del país. Mantener actividades esenciales en funcionamiento y ofrecer flexibilidad a las empresas ayudará a minimizar el impacto negativo en la economía.

    LEE MÁS:

    CCL: Días no laborables por APEC perjudican la reactivación económica

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