¿Cómo acreditar operaciones comerciales para el Impuesto a la Renta?

Probar la fehaciencia de una operación comercial es crucial en la determinación del Impuesto a la Renta. No basta únicamente con sustentar un gasto mediante el respectivo comprobante de pago o su registro contable. Hablar de fehaciencia implica poder acreditar la realidad económica de una operación. 

El Tribunal Fiscal, a través de la Resolución N.º 01759-5-2003, establece supuestos en los cuales una operación podría ser considerada inexistente. Entre estos supuestos se encuentran la inexistencia o no participación de una de las partes en la operación, la falta de participación de ambas partes, y la inexistencia o discrepancia del objeto de la operación. 

Estas situaciones se manifiestan en prácticas como la clonación de facturas, las facturas emitidas de favor y la compra de facturas. Asimismo, la RTF N.º 120-5-2002 señala un mínimo de elementos de prueba que permiten acreditar la realidad económica de una operación. Entre estos elementos se encuentran contratos, recibos de caja, guías de remisión, recibos de depósitos bancarios y órdenes de compra o de servicios. 

Es importante destacar que la no fehaciencia de operaciones puede también relacionarse con los sujetos sin capacidad operativa. Si una entidad proveedora no puede demostrar fehacientemente la realización de sus operaciones comerciales debido a la capacidad operativa –sea a nivel económico, financiero, material, recursos humanos, etc.–, los documentos emitidos no podrán ser utilizados para sustentar gasto deducible.  

Por tanto, es fundamental que los representantes de las empresas, además de cumplir con el principio de causalidad en sus gastos y de contar con suficiente documentación que acredite la realidad económica de sus operaciones, verifiquen la capacidad operativa de sus socios comerciales.  

 

LEER MÁS:

Operaciones no reales o no fehacientes




Valor de operaciones en sistemas de pagos creció 17,1% a noviembre del 2022

En el periodo de enero a noviembre de 2022, el monto total de las operaciones en los tres Sistemas de Pagos fue de S/ 4.646 millones, lo que significó un incremento de 17,1% respecto a similar período del año anterior y de 5,2% frente a 2019, informó el Banco Central de Reserva (BCR).

 

En el período bajo análisis, el valor de las transferencias interbancarias realizadas en el Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real (Sistema LBTR) del BCR –montos de alto valor– ascendió a S/ 4.174 millones, superior en 17,3% con relación al mismo periodo del año anterior y en 2,8% frente a similar periodo de 2019.

 

Por su parte, la Cámara de Compensación Electrónica (CCE) donde se liquidan cheques y otros instrumentos financieros de bajo valor, cuyos montos máximos por operación no deben exceder los S/ 420.000 y US$ 75.000, subió 20,8% frente al periodo anterior (46,7% respecto a 2019) a S/ 397.000 millones, por el mayor uso de Transferencias de Crédito y de las Transferencias Inmediatas.

 

De otro lado, según el BCR las operaciones procesadas en el Sistema de Liquidación Multibancaria de Valores (SLMV), que incluye las transacciones de la Bolsa de Valores y de bonos del gobierno, alcanzó los S/ 75.000 millones, menores en 7,3% y 11,2% respecto a similares periodos de 2021 y 2019, respectivamente.