Sunat: Cómo emitir la guía de remisión electrónica

A partir del 1 de diciembre del 2022, la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista podrá emitirse únicamente desde Sunat Operaciones en Línea (SOL), el aplicativo móvil APP Emprender y utilizando los Sistemas de Emisión Electrónica (SEE) del Contribuyente, indicó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat).

 

Excepcionalmente, hasta el 30 de noviembre de 2022, los contribuyentes pueden emitir sus Guías de Remisión Electrónica (remitente y transportista) a través del SEE del contribuyente o mediante un Operador de Servicios Electrónicos (OSE), considerando las condiciones y requisitos exigibles con anterioridad a la fecha de publicación de la Resolución de Superintendencia N° 123-2022/SUNAT.

 

La GRE es un documento que se utiliza para sustentar el traslado de las mercancías y con este nuevo modelo de emisión se podrán agilizar estas operaciones, evitando errores al momento de su generación y reduciendo, para mayores beneficios, el tiempo de emisión. Asimismo, contará con un código QR con el que se podrá sustentar el traslado de los bienes, no siendo necesaria su impresión, explicó Sunat.

 

Obligatoriedad

De otro lado, se debe recordar que la obligación de utilizar la Guía de Remisión electrónica (GRE) será progresiva a partir del 1 de enero del próximo año, comenzando con los contribuyentes que desde enero del 2023 se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC.

 

Adicionalmente, se deberá considerar el tipo de bien transportado, como arroz, azúcar y alcohol etílico sujetos a detracción o IVAP. Cabe precisar que para el traslado de bienes importados o de cemento desde o hacia zonas geográficas que se encuentren bajo el Régimen Especial para el control de bienes fiscalizados, será obligatoria la emisión de la Guía de Remisión Electrónica – Remitente y/o Transportista.

 

Para el 1 de julio del 2023 se tiene previsto incorporar a los contribuyentes que al 31 de diciembre del 2022 pertenezcan al directorio de la Intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los Principales Contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales.

 

Finalmente, se incorporarán todos los contribuyentes que a partir del 1 de enero del 2024 deban emitir una guía de remisión remitente o transportista. Para más información sobre la GRE, los contribuyentes pueden llamar a la Central de Consultas al 0-801-12-100, desde un teléfono fijo, o al (01) 315-0730 o *4000, desde un teléfono celular, en el horario de lunes a viernes de 08:30 a.m. a 06:00 p.m. y sábados de 09:00 a.m. a 01:00 p.m. o visitar nuestro portal especializado sobre comprobante de pago electrónico.




Nuevos requisitos para la guía de remisión electrónica

La Superintendencia de Aduanas y Administración Tributaria (Sunat) ha venido adoptando medidas para facilitar y reducir el costo del cumplimiento de obligaciones tributarias y a la vez permitir un mayor control en la verificación y fiscalización de estas. En esa línea, en 2015, se publicó la Resolución de Superintendencia N°255-2015/SUNAT, la cual regula la emisión electrónica de las guías de remisión de bienes, con excepción de las guías de remisión que sustentan el traslado de bienes fiscalizados, las cuales se siguen rigiendo por su propia norma.

 

La mencionada norma fue modificada el 12/07/2022 por la Resolución de Superintendencia N°123-2022/SUNAT, la cual incorpora nuevos requisitos que facilitan los controles, establece documentos electrónicos que sustentan el traslado de bienes, designa en forma progresiva a los sujetos que adquieren la calidad de emisores electrónicos de guías de remisión y adecua algunas disposiciones del Reglamento de Comprobantes de Pago.

 

Según lo establecido en la R.S. N°123-2022/SUNAT, solo hasta el 30 de noviembre de 2022 se podrá emitir Guías de Remisión Electrónica (GRE) utilizando el Sistema del Operador de Servicios Electrónicos (SEE – OSE) o los propios sistemas de emisión (SEE del contribuyente), con las condiciones y requisitos exigibles vigentes hasta antes de la fecha de publicación de la referida resolución.

 

En consecuencia, a partir del 1 de diciembre de 2022 la emisión de las GRE solo podrá efectuarse a través de los siguientes sistemas:

  • Sistema de Emisión SOL,
  • App Emprender,
  • Sistema de Emisión Electrónica del contribuyente (SEE), observando las condiciones y requisitos establecidos en la R.S. N°123-2022/SUNAT.

A continuación, informamos los detalles de las nuevas obligaciones relacionadas a la emisión de la GRE.

 

  1. DESIGNACION POR SUJETOS GRE-REMITENTE

Con respecto a los sujetos designados a emitir la Guía de Remisión Electrónica – Remitente, de acuerdo con la R.S. N°123-2022/SUNAT, su designación se establece por sujeto y por tipo de bien transportado:

 

 

Sujetos Obligados Fecha a partir de la cual debe emitir GRE-REMITENTE Operaciones Comprendidas
1 Contribuyentes que a partir del 01/01/2023 se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUC Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión Todas aquellas operaciones por las que corresponde emitir guía de remisión remitente
2 Contribuyentes que al 31/12/2022 pertenezcan al directorio de la intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los principales contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales. 01/07/2023 Todas aquellas operaciones por las que corresponde emitir guía de remisión remitente
3 Contribuyentes que a partir del 01/01/2024 deban emitir una guía de remisión remitente Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión Todas aquellas operaciones por las que corresponde emitir guía de remisión remitente

 

2. DESIGNACION POR TIPO DE BIENES TRANSPORTADOS GRE-REMITENTE

 

Sujetos Obligados Fecha a partir de la cual debe emitir GRE-REMITENTE Operaciones Comprendidas
1 Contribuyentes que trasladen arroz, azúcar y/o alcohol etílico, cuyo traslado esté sujeto a detracción o al IVAP Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 01/01/2023 Solo el traslado de arroz, azúcar y/o alcohol etílico
2 Contribuyentes que trasladen bienes por importaciones realizadas Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 01/01/2023 Solo el traslado de bienes importados
3 Contribuyentes que trasladen cemento desde o hacia zonas geográficas que se encuentren bajo el Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados o para el traslado de cemento dentro de dichas zonas Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 01/01/2023 Solo el traslado de cemento

 

  1. DESIGNACION POR SUJETOS GRE-TRANSPORTISTA

Con respecto a los sujetos designados a emitir la Guía de Remisión Electrónica – Transportista, de acuerdo a la R.S. N°123-2022/SUNAT, su designación también se establece por sujeto y por tipo de bien transportado:

 

1Contribuyentes que a partir del 01/01/2023 se inscriban en el RUC u obtengan el alta del RUCDesde el momento en que deban emitir una guía de remisiónTodas aquellas operaciones por las que corresponde emitir guía de remisión transportista

 

Sujetos Obligados Fecha a partir de la cual debe emitir GRE-TRANSPORTISTA Operaciones Comprendidas
1 Contribuyentes que al 31/12/2022 pertenezcan al directorio de la intendencia de Principales Contribuyentes Nacionales o al de los principales contribuyentes de la Intendencia Lima, Intendencias Regionales u Oficinas Zonales. 01/07/2023 Todas aquellas operaciones por las que corresponde emitir guía de remisión transportista
2 Contribuyentes que a partir del 01/01/2024 deban emitir una guía de remisión remitente transportista. Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión Todas aquellas operaciones por las que corresponde emitir guía de remisión transportista

 

4. DESIGNACION POR TIPO DE BIENES TRANSPORTADOS GRE-TRANSPORTISTA

 

Sujetos Obligados Fecha a partir de la cual debe emitir GRE-TRANSPORTISTA Operaciones Comprendidas
1 Contribuyentes que realicen el servicio de traslado de bienes de importaciones realizadas Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 01/01/2023 Solo por el traslado de bienes importados
2 Contribuyentes que trasladen cemento desde o hacia zonas geográficas que se encuentren bajo el Régimen Especial para el control de Bienes Fiscalizados o para el traslado de cemento dentro de dichas zonas. Desde el momento en que deban emitir una guía de remisión a partir del 01/01/2023 Solo el traslado de cemento

 

5. NUEVOS REQUISITOS GRE-REMITENTE
La R.S. N°123-2022/SUNAT modifica e incorpora nuevos requisitos, tanto en la GRE- Remitente, como en la GRE-Transportista:

 

REQUISITOS DETALLE
Hora de emisión de la GRE Dato necesario para la trazabilidad del documento
Datos del proveedor (tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres o razón social) Obligatorio para el motivo de traslado “ compra o recojo de bienes transformados”, Si es un RUC distinto, es sistema lo pasa como observación
Datos del comprador y del destinatario (tipo y número de documento de identidad, apellidos y nombres o razón social) Los datos del comprador son de carácter opcional y solo será obligatorio si el motivo del traslado es venta con entrega a tercero.
Código de Establecimiento de punto de partida y código de establecimiento de punto de llegada Exigible solo cuando el motivo de traslado corresponde al “traslado entre establecimientos”
Indicador de bien normalizado, código de subpartida arancelaria y código de producto SUNAT La SUNAT pondrá a disposición de los contribuyentes la relación de bienes normalizados
Si está activo el indicador de bien normalizado, es exigible el registro del código de la partida arancelaria y código del producto SUNAT
Unidad de medida del peso bruto y peso bruto total de la carga Se consignará siempre que el peso bruto de la carga en la unidad de peso que mejor se adapte a los bienes que son objeto de traslado
Código GTIN Opcional
Número de precinto Datos relevantes para los tipos de traslado “importación y/o exportación)
Número de registro del MTC, TUC o Certificado de Habilitación Vehicular Especial Documentos que de acuerdo a la normativa del MTC habilitan a los vehículos a realizar el transporte de bienes.
Dicha información ya es requerida por el RCP
Apellidos y nombres y número de licencia de conducir del conductor Se solicitará como datos obligatorios los siguientes:
1.Tipo y número de documento de identidad de conductor
2.Apellidos y nombres del conductor
3.Número de licencia de conducir del conductor
Código del tipo de documento relacionado, número del documento y número del RUC del emisor del documento Se utilizará la información que figura en los documentos electrónicos relacionados enviados a la SUNAT, lo que disminuirá el tiempo para ingresar los datos y reducirá las posibilidades de incurrir en errores
Indicador del traslado de bienes en vehículos de categoría M1 o L No se tendrá obligación de emitir GRE-transportista cuando se traslade bienes en este tipo de unidades, salvo que el remitente no se encuentre obligado a emitir GRE-remitente
Indicador del traslado total de la DAM o la DS En caso se consigne el indicador de traslado total de la DAM /DS para los motivos exportación y/o importación no será necesario ingresar el detalle de los bienes
Indicador de flete pagado La información del sujeto que paga el flete deberá estar vinculada al sujeto que realiza la operación (vendedor o comprador), de lo contrario podrían ser indicios de una GRE con datos falsos

 

 

6. NUEVOS REQUISITOS GRE-TRANSPORTISTA

 

 

El transportista emite una GRE-Transportista en los siguientes casos:
-Por una unidad de transporte
-Por cada destino o punto de llegada
-Por cada destinatario
-Por cada remitente
Para simplificar la emisión de la GRE-Transportista, se permite que el transportista pueda emitir una sola GRE-transportista cuando realice el traslado de bienes asociados a más de una GRE-remitente, siempre que estas contengan información del mismo destinatario, punto de partida y punto de llegada.
De acuerdo con lo dispuesto en el numeral 2 del artículo 20 del Reglamento de Comprobante de Pago, en caso durante el traslado se produzca los siguientes eventos:
-La imposibilidad de arribar al punto de llegada
-El transbordar de la mercancía a otra unidad de transporte para poder llegar al punto de llegada
-La imposibilidad de entregar los bienes trasladados en el punto de llegada y en consecuencia debe partir a otro punto distinto
A fin de atender esta problemática el contribuyente debe emitir un nuevo tipo de GRE denominado GRE-por evento, que sustituya en la GRE-remitente o GRE-transportista, emitida por el mismo sujeto con anterioridad, únicamente con la información relacionada con las situaciones que generaron la imposibilidad de cumplir con el traslado de los bienes tal como estaba previsto originalmente.

 

  1. SISTEMAS MEDIANTE EL CUAL SE DEBEN EMITIR GRE

Tanto la GRE – REMITENTE, como la GRE- TRANSPORTISTA, se podrán emitir solo a través de los siguientes Sistemas: 1.- App Emprender SUNAT, 2.- Portal SUNAT (SOL) o, 3.- Desde los Sistemas del Contribuyente.

Para la emisión de GRE a través del App Emprender SUNAT o del Portal SUNAT (SOL), solo se deberá ingresar a alguno de los dos sistemas y seleccionar la GRE a emitir, sea esta remitente o transportista, seguidamente, el sistema consignará automáticamente en la GRE el mecanismo de seguridad, el cual contendrá: (i) los datos de identificación del emisor electrónico, (ii) Denominación de la GRE, ((iii) fecha de emisión, (iv)Hora de emisión, (v) numeración conformada por serie y número correlativo, (vi) número de registro otorgado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones, en caso la SUNAT cuente con dicha información, (vii) el propio sistema generará el Código QR.

Solo en caso la GRE, sea remitente o transportista, se genere desde los Sistemas del Contribuyente, el emisor electrónico debe obtener de SUNAT la correspondiente Constancia de Recepción –CDR, para considerar la guía emitida.

  1. VENTAJAS DE LA EMISION ELECTRONICA DE LA GUIA DE REMISION

Las siguientes son algunas de las ventajas, señaladas por la SUNAT, respecto de la emisión electrónica de la guía de remisión:

Podrá ser emitida por el remitente y el transportista, a partir de la información disponible relacionada con la operación, reduciendo el tiempo de emisión.

  • Se podrá emitir desde cualquier celular a través del APP Emprender SUNAT
  • Evita posibles sanciones pues se valida la información en línea.
  • Procesa y facilita la información de los comprobantes de pago y de la DAM
  • Solo debe presentar el código QR para sustentar el traslado de los bienes
  • El aplicativo está disponible 24×7
  • Facilita el registro inmediato de eventos ocurridos durante el traslado
  • Se podrá dar de baja la GRE incluso después de haberse iniciado el traslado, antes era solo antes del inicio del traslado.

Cabe mencionar que a partir del 13/07/2022 ya no se puede sustentar el traslado de bienes con las denominadas facturas-guías o liquidaciones de pago – guía. A partir del 01/12/2022 la validación de las guías de remisión será tarea exclusiva de la SUNAT, por lo que, los Operadores de Servicios Electrónicos (OSE) no podrán validar GRE.

Esperemos que la puesta en práctica de las modificaciones contenidas en la RS 123-2022/SUNAT, permitan una efectiva reducción de los costos de cumplimiento tributario, ya que estos impactan de manera directa en los ingresos de los contribuyentes.




Cuatro desventajas de no implementar guías de remisión electrónica en los negocios

Hoy en día, la digitalización de todos los procesos de negocios se vuelve una necesidad para todas las empresas que deseen mantenerse competitivas y rentables en el mercado. En este contexto, las Guías de Remisión Electrónica, documento fiscal obligatorio que sustenta el traslado de bienes desde un lugar hacia otro, se ha convertido en una tendencia global en el sector de negocios, no solo por su importancia y utilidad, sino también por el carácter de obligatoriedad que se le ha otorgado.

 

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que, a partir del 13 de julio del 2022, los contribuyentes podrán adaptarse a la emisión de Guías de Remisión Electrónica. Proceso que tendrá plazo para la adaptación hasta el próximo año 2023.

 

“Actualmente, que los negocios no cuenten con un sistema de digitalización se traduce en un gran problema que debilita los esfuerzos por lograr el éxito empresarial. Si bien los contribuyentes aún tienen tiempo para considerar la adaptación de Guías de Remisión Electrónica, lo más sugerible es que agilicen el proceso en pro del bienestar de las empresas” afirmó Renzo León- Velarde, gerente general de Digiflow, empresa de transformación digital auspiciado por la CCL, quien identifica 4 desventajas de no usar las Guías de Remisión Electrónica en los negocios:

 

1. Incremento en tiempos

La falta de un sistema de digitalización aumentará innecesariamente los tiempos de emisión, recepción y revisión de la documentación empresarial, perdiendo productividad, agilidad y eficacia en los servicios de la marca. En caso de contar con una Guía de Remisión Electrónica, se potenciará la proactividad en las dinámicas de negocio, ahorrando tiempos y gestiones complejas. Asimismo, se incentivará la satisfacción laboral al reconocerse una estructura moderna de trabajo.

 

2. Mantenimiento de gastos fijos

La documentación tradicional contempla un sistema de gastos e inversión fijos, tales como el uso desmesurado de papel, que además no colabora con una cultura amigable con el medio ambiente. Impresiones, que comprende la maquinaria y la tinta de uso diario. Y la necesidad de un courier para el traslado de documentos masivos. Con la digitalización, la optimización de dinero permitirá evidenciar ahorros significativos a corto plazo que pueden ser destinados a mejoramientos en los servicios.

 

3. Almacenamiento de documentos en físico

+Mantener el uso de papel obligará contar con un espacio organizado y seguro dónde almacenar la documentación gestionada. Un requerimiento que podría ajustar los espacios de trabajo en los negocios. Adicionalmente, se le suma la necesidad de un mantenimiento humano de manera frecuente a los archivos empresariales, para que no se pierdan o se desgasten. Con las Guías de Remisión Electrónica, el espacio de almacenamiento se torna netamente virtual, reforzando un mejor control en el stock, en la cantidad de los productos y en la mercadería de los negocios.

 

4. Falta de prestigio y trabajo a la vanguardia

Actualmente, contar con un sistema de digitalización aumentará las posibilidades de fortalecimiento de las empresas. Asimismo, generará que las relaciones de trabajo sean productivas y que las marcas sean reconocidas en el sector, por su servicio a la vanguardia. Beneficios que no se suelen conseguir con un sistema de trabajo no modernizado. Con la digitalización de documentos se potencia el servicio que se le brinda a los clientes, presentando un negocio innovador y exclusivo.

 

Para aprovechar todos los beneficios que brindan la adaptación de la digitalización, Digiflow.pe, empresa auspiciada por la CCL, ha consolidado procesos innovadores como la solución de Guías de Remisión Electrónica para todas las empresas que entran en obligatoriedad este 2023.

 




Más de 13 mil contribuyentes emitieron guía de remisión electrónica en últimos tres meses

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que desde que se autorizó, en julio último, la emisión voluntaria de la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista, más de 13 mil contribuyentes han realizado este trámite desde los sistemas de emisión habilitados.

 

Así, la digitalización de la GRE permitirá que los transportistas reduzcan de manera significativa el tiempo de su emisión y agilicen el traslado de mercancías, lo que, en un inicio, beneficiará a más de 120 mil contribuyentes en todo el país.

 

También acelera el proceso de control, toda vez que el transportista solo deberá mostrar el código QR para acreditar el traslado de las mercancías, eliminando costos de impresión y archivo.

 

Cabe señalar, que conforme a lo establecido en el Anexo X de la RS N°123-2022/SUNAT, desde el 1 de enero del próximo año la emisión de la Guía de Remisión Electrónica será obligatoria, pero de manera progresiva para los contribuyentes que cumplan con los requisitos establecidos. Únicamente durante el periodo de emisión voluntaria se podrá seguir emitiendo en formato físico.

 

Sistemas de emisión

 

Como se sabe, en julio último la Sunat publicó la Resolución de Superintendencia N°123-2022/SUNAT que establece que, a partir del 1 de diciembre del 2022, la emisión de la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Remitente y Transportista se realizará solo desde SUNAT Operaciones en Línea (SOL), el aplicativo móvil APP Emprender y utilizando los Sistemas de Emisión Electrónica (SEE) del contribuyente

 

Con la finalidad de garantizar la emisión masiva, la Sunat viene desarrollando reuniones de acompañamiento técnico con los grandes emisores, contribuyentes y Proveedores de Servicios Electrónicos (PSE), verificando la implementación de los sistemas y su correcto uso. Incluso ya se están recibiendo guías electrónicas emitidas desde los propios sistemas de emisión de los contribuyentes.

 

Adicionalmente, se están realizando coordinaciones con los gremios relacionados al traslado de mercancías a nivel nacional, a fin de atender y absolver las consultas generadas por los sectores económicos que representan, a través de reuniones virtuales, presenciales y mediante los canales de atención de la Sunat.

 

 




Conoce los beneficios de la guía de remisión electrónica para tu negocio

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que a partir del último 13 de julio del presente año, los contribuyentes podrán adaptarse a la emisión de Guías de Remisión, documento fiscal obligatorio que sustenta el traslado de bienes desde un lugar hacia otro, bajo la nueva normativa de digitalización establecida.

 

En ese sentido, se configura como regla general que la emisión de estas guías sea de manera electrónica.

 

“Sin duda, la transformación digital permite potenciar el sector de negocios de una manera significativa. Un ejemplo de ello, es la emisión de guías de remisión electrónica, las cuales permitirán optimizar los procesos, mejorar la competitividad y ofrecer un nuevo valor añadido a los clientes”, afirmó Renzo León-Velarde, gerente general de Perú Factura.

 

El ejecutivo identifica cuatro beneficios de la adaptación de las Guías de Remisión Electrónica en los negocios:

 

1. Facilita gestiones y controles

La emisión electrónica de guías de remisión permite tener un mejor control del que ya se tiene en el stock, en la cantidad de los productos y en la mercadería de los negocios, contemplando la administración total de inventarios y ventas. Asimismo, brindará frecuentes reportes del servicio. Lo que fortalecerá un orden contable óptimo en las empresas y en la marcha de sus dinámicas con sus clientes.

 

2. Agiliza la operatividad

Al ser electrónica la emisión de guías de remisión, permitirá que los contribuyentes generen toda documentación de manera rápida y eficaz, reduciendo así el tiempo de revisión en caso se pida sustentación relacionada al traslado de bienes. Esta practicidad logrará reducir tiempos y gestiones complejas, puesto que una guía digital potencia la proactividad en las estructuras de negocio.

 

3. Asegura productividad

Las guías de remisión electrónica evitarán invertir en el uso del papel puesto que no será necesaria su administración en formato físico. Asimismo, también reducirá gastos de couriers y a su vez, optimizará el tiempo de envío de los documentos. Lo que incrementará, exponencialmente, la rentabilidad de los negocios al aprovechar de mejor manera las facilidades en cuanto a tiempo, dinero y carga de trabajo.

 

4. Negocios a la vanguardia

Es un hecho que la tecnología siempre potenciará los negocios y sus estrategias de desarrollo. Con la digitalización de documentos no solo se obtienen beneficios en la estructura de trabajo, sino que también se potencia el servicio que se le brinda a los clientes. Los mismos que hoy en día prefieren utilizar, consumir y apostar por dinámicas digitales, indicó el ejecutivo de Perú Factura, un producto de transformación digital de Digiflow, auspiciada por la CCL.

 

 




Sunat agilizará guía de remisión electrónica para transportistas

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) informó que, desde hoy, se podrá emitir la Guía de Remisión Electrónica (remitente y transportista) a través de Sunat Operaciones en Línea, el aplicativo APP Emprender desde celulares o utilizando los Sistemas de Emisión Electrónica que tiene el contribuyente.

 

Con este nuevo servicio, se reducirá de manera significativa el tiempo de emisión de estos documentos, beneficiando a más de 400 mil contribuyentes, entre empresas usuarias y transportistas.

 

Así lo establece la Resolución de Superintendencia N° 000123-2022/SUNAT que valida el nuevo medio de emisión para la Guía de Remisión Electrónica Transportista y la optimización de la emisión de la Guía de Remisión Electrónica Remitente.

 

Con estas opciones se evitarán errores en el llenado de la información, ello debido a que el contribuyente contará con datos procesados de sus operaciones comerciales asociadas al traslado de los bienes, como el Comprobante de Pago Electrónico (CPE) y la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM), reduciendo el tiempo de su emisión porque solo deberá mostrar el código QR para acreditar la operación.

 

Disponibilidad

 

Al tratarse de una emisión electrónica el servicio estará disponible las 24 horas del día los 7 días de la semana (24×7), teniendo la posibilidad de comunicar en línea la ocurrencia de eventos fortuitos durante el trayecto.

 

Asimismo, permitirá al destinatario o transportista conocer en tiempo real si está siendo relacionado con una Guía de Remisión Electrónica (GRE), teniendo habilitada la opción de rechazar el documento de no encontrarse conforme.

 

Durante el periodo de emisión voluntaria, el contribuyente podrá seguir emitiendo la Guía de Remisión en formato físico. En caso emita la GRE Remitente y/o Transportista y se detecte el incumplimiento de los requisitos establecidos para su emisión, se levantarán únicamente Actas Preventivas.

 

La digitalización de estos y otros procesos forman parte de la estrategia de transformación digital de la Sunat, con el objetivo de facilitar y reducir los costos de cumplimiento tributario y aduanero de los contribuyentes y usuarios de comercio exterior.

 




Sunat facilitará emisión de guía de remisión electrónica

La Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat) publicó un proyecto de resolución que amplía los canales para agilizar y optimizar la emisión de la Guía de Remisión Electrónica (GRE) Transportista y Remitente, lo cual facilitará el cumplimiento de obligaciones tributarias a más de 400.000 contribuyentes.

 

La norma pre publicada señala que a partir del 13 de julio del presente año los contribuyentes podrán emitir la GRE Remitente y/o Transportista, de forma voluntaria, a través de Sunat Virtual o desde cualquier dispositivo móvil descargando el aplicativo APP Emprender, permitiendo así reducir significativamente el tiempo de emisión de los documentos.

 

Para emitir la GRE, el contribuyente contará con información procesada de transacciones comerciales asociadas al traslado de los bienes, como el Comprobante de Pago Electrónico (CPE) y la Declaración Aduanera de Mercancías (DAM).

 

Agilizar operaciones

 

Este documento electrónico agilizará las operaciones de los contribuyentes, evitando los errores y minimizando el tiempo de emisión, asimismo, contará con un Código QR con el que se podrá sustentar el traslado de los bienes, no siendo necesaria su impresión.

 

De esta manera, la Sunat facilitará al contribuyente el cumplimiento de sus obligaciones tributarias vinculadas al traslado de bienes, afianzando su avance en materia de transformación digital.

 

Cabe señalar que dicho proyecto se encuentra a disposición de los contribuyentes para su revisión y envío de aportes en el siguiente enlace: https://www.sunat.gob.pe/legislacion/proyectos-ti/2022/proy-normas.html.