A partir de hoy, Claro, Entel y Bitel deben usar aplicativos móviles de venta solo en modalidad delivery

A partir de hoy, miércoles 31 de mayo de 2023, las empresas operadoras Claro, Entel y Bitel deberán asegurar que sus aplicativos móviles implementados para la venta del servicio público móvil se usen solo en aquellas contrataciones que se realicen mediante el canal de comercialización de entrega a domicilio (delivery) en las que interviene el personal de la misma empresa debidamente registrado.

 

Esto en cumplimiento de las medidas cautelares dispuestas, de oficio, por el Cuerpo Colegiado Permanente del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), a través de las cuales se les impuso condiciones para asegurar que estos aplicativos móviles de venta-contratación sean usados correctamente y así evitar que se utilicen en la venta ambulatoria de chips móviles.

 

También se ordenó a las tres empresas que retiren de las tiendas de aplicativos o plataformas de distribución o de descarga para sistemas operativos móviles (como Play Store o App Store), todo aplicativo o programa informático móvil con el que se puedan realizar las ventas o contrataciones del servicio público móvil.

 

Como se recuerda, previamente a esta decisión, Telefónica presentó una denuncia contra sus tres principales competidores, indicando que existía una competencia desleal en la venta y contratación del servicio público móvil, al considerar que dichas empresas incurrieron en conductas contrarias a las exigencias de la buena fe empresarial.

 

Las medidas cautelares otorgaron un plazo de cinco días hábiles a las empresas denunciadas para que cumplan con lo ordenado, desde la notificación de la resolución, el mismo que se cumplió el 30 de mayo de 2023. Ahora, culminado ese plazo, cuentan con tres días hábiles para acreditar las acciones adoptadas en cumplimiento de lo dispuesto por el Cuerpo Colegiado Permanente del Osiptel.

 

Cabe indicar que las empresas Claro, Entel y Bitel contaron con el plazo de cinco días hábiles para presentar su recurso de apelación contra las medidas cautelares dictadas, los cuales –de ser el caso– serán resueltos por el Tribunal de Solución de Controversias del Osiptel.

 

Procedimiento administrativo sancionador

La Secretaría Técnica Adjunta de los Cuerpos Colegiados del Osiptel inició procedimientos administrativos sancionadores contra las empresas operadoras Claro, Entel y Bitel, por la presunta comisión de actos de competencia desleal, en la modalidad de infracción a la cláusula general de la Ley de Represión de la Competencia Desleal (LRCD).

 

Respecto de las presuntas infracciones, se detectó que las empresas denunciadas habrían violado la cláusula general de la LRCD, por desarrollar estrategias comerciales contrarias a la buena fe empresarial, que tendrían por objeto falsear las condiciones de la competencia en el mercado de servicios públicos móviles, con el fin de obtener un beneficio ilícito.

 

Una de las estrategias sería el desarrollo, la implementación y el uso masivo de aplicativos móviles de venta como elementos facilitadores para la obtención de un beneficio ilícito, al estar destinados a fomentar las ventas itinerantes o ambulatorias de sus servicios en la vía pública, las cuales están prohibidas por la normativa vigente.

 

Al respecto, existen indicios de que en estas contrataciones por aplicativos móviles de venta que se realizan utilizando aparatos portátiles se estarían omitiendo los mecanismos de seguridad suficientes, posibilitando que los distribuidores y vendedores de las empresas operadoras denunciadas se encuentren plenamente habilitados e incentivados para utilizarlos en las ventas y contrataciones del servicio móvil en la vía pública.

 

Otra de las estrategias consistiría en que las empresas denunciadas habrían desarrollado un sistema de incentivos económicos, beneficios o promociones dirigidas a sus distribuidores y vendedores, por un número de venta de líneas móviles que se realizan, principalmente, mediante el canal itinerante en la vía pública.

 

Con ello, de acuerdo con la imputación formulada por la Secretaría Técnica Adjunta de los Cuerpos Colegiados del OSIPTEL, las empresas denunciadas habrían obtenido una mayor fuerza de ventas al utilizar un canal no autorizado (venta en la vía pública o venta itinerante), por lo que fomentarían que sus distribuidores autorizados mantengan el uso de estos aplicativos móviles, lo cual le permite incrementar su participación de mercado y disminuir indebidamente sus costos de ventas, en desmedro de sus competidores.

 

Las resoluciones que iniciaron los procedimientos sancionadores otorgan a Claro, Entel y Bitel, un plazo de 15 días hábiles para presentar sus descargos frente a las imputaciones formuladas.

 




Osiptel retoma prohibición y lucha frontal contra venta ambulatoria de chips móviles

El comercio callejero de chips para teléfonos móviles tiene los días contados. El presidente ejecutivo del Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel), Rafael Muente Schwarz, anunció el reinicio de las acciones de fiscalización contra la venta en la vía pública de chips móviles en el territorio nacional tras desestimarse los cuestionamientos emitidos a la entidad por parte de las empresas operadoras Claro, Entel y Bitel ante el Indecopi.

 

“Tras las denuncias de algunas empresas, la Comisión de Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi les dio la razón en primera instancia y, durante nueve meses, estuvimos impedidos de fiscalizar. Ahora que esas medidas fueron revocadas, vamos a ejercer plenamente nuestras funciones para luchar contra la venta de chips móviles en las calles”, manifestó el funcionario.

 

Agregó que se emitirán medidas correctivas, medidas cautelares, sanciones, entre otras decisiones que correspondan para asegurar el cumplimiento de las obligaciones por parte de las empresas operadoras y la protección a los usuarios.

 

Prohibición de venta de chips

 

Muente formuló estas declaraciones tras conocerse que, de forma reciente, la Sala Especializada en Eliminación de Barreras Burocráticas del Indecopi emitió dos resoluciones a favor de las acciones ejecutadas por el Osiptel para prohibir la venta en la vía pública de chips móviles en las calles y considerar que no constituyen barreras burocráticas, tal como lo denunciaron las empresas Bitel y Entel.

 

En efecto, mediante la resolución n.° 661-2021/SEL-INDECOPI, la instancia técnica declaró como infundada la denuncia presentada por Entel en contra del Osiptel al considerar que las acciones tomadas por el regulador de las telecomunicaciones sí tienen sustento normativo en el artículo 11-D del Texto Único Ordenado de las Condiciones (TUO) de los Servicios Públicos de Telecomunicaciones.

 

“Tal como Osiptel siempre ha señalado, los operadores tienen la obligación de realizar la verificación biométrica de identidad únicamente en las oficinas o centros atención de las operadoras y en los distribuidores autorizados al momento de la contratación del servicio público móvil. Eso ha sido reconocido por la Sala Especializada, que nos ha dado la razón al determinar que las contrataciones en la vía pública no permiten cumplir ello, vulnerando el marco jurídico”, explicó Muente.

 

Además, dicha sala también revocó una medida cautelar, emitida en abril de este año, que dispuso la abstención del Osiptel a aplicar a Bitel la prohibición de realizar la contratación digital de los servicios públicos móviles en la vía pública y denegó dicha solicitud presentada en marzo.

 

La instancia técnica del Indecopi explicó, mediante la resolución n.° 662-2021/SEL-INDECOPI, que esta decisión se tomó al “no encontrar verosimilitud del derecho de la empresa operadora”, pues las acciones en contra del comercio en la vía pública de chips en las calles sí tienen sustento normativo.

 

Ambas resoluciones se suman a la decisión emitida la semana pasada de declarar infundada la denuncia de Claro que también cuestionaba la prohibición del Osiptel contra la venta en la vía pública de chips móviles.

 

De esta forma, se ratifica que sus actuaciones del ente regulador frente al comercio callejero del servicio móvil fueron ejecutadas dentro del marco normativo y en concordancia con las funciones de fiscalización a las empresas concesionarias de los servicios públicos de telecomunicaciones.

 

Los pronunciamientos emitidos en última instancia administrativa por la sala surten efectos de forma inmediata a partir del día siguiente de su notificación a las partes, generando precedentes administrativos respecto de este tema sensible.

Riesgos de la venta en la vía pública

 

La venta en la vía pública de chips móviles conlleva significativos riesgos para los usuarios, como la vulneración de su derecho a recibir una óptima información del servicio contratado, uso ilícito de datos personales, el robo de identidad a través del mal uso de la huella digital, contrataciones fraudulentas, entre otros delitos.

 

Por ello, es recomendable que los usuarios compren chips prepagos a través de puntos de venta legales, formales y autorizados, pues la entrega de su identidad a un vendedor en plena vía pública podría ser el inicio de una serie de consecuencias indeseadas que perturben su tranquilidad.




Perú supera 40 millones de líneas móviles, cifra más alta desde noviembre de 2019

De manera progresiva, el mercado de telefonía móvil en Perú recuperó su ritmo de expansión y superó las 40 millones de líneas móviles en el territorio nacional al cierre de marzo del 2021, alcanzando así proporciones no vistas desde noviembre de 2019, informó el Organismo Supervisor de Inversión Privada en Telecomunicaciones (Osiptel).

 

El tercer mes del año cerró con 911 mil líneas móviles más con respecto a marzo del 2020, lo que significó un crecimiento interanual de 2,3%.

 

La ampliación del mercado móvil se cimentó, principalmente, en la intensa captación de líneas de las empresas operadoras Entel y Bitel, que registraron un incremento anual de 529.881 y 581.185 líneas, respectivamente. Mientras, la empresa Claro retrocedió en 518.469 líneas móviles.

 

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Respecto a la modalidad contractual, el 61,9% de líneas móviles correspondió al segmento prepago, un retroceso de 2,7 puntos porcentuales respecto a marzo del año previo. Mientras que el 38,1% restante perteneció al segmento contrato, que agrupa a la modalidad control (34,7%) y pospago (3,4%), que vio incrementada su posición en el mercado móvil.

 

Operadoras jóvenes

 

Asimismo, se visibilizó la fuerte expansión porcentual de los competidores más jóvenes del mercado móvil, que despegaron en este periodo.

 

El operador móvil virtual Guinea Mobile (dueña de las marcas Cuy Móvil y Wings Mobile) totalizó 20.723 líneas móviles, una subida de 1.130%, es decir, doce veces más a lo registrado en marzo del 2020 cuando tenía solo 1.684 líneas.

 

Por su parte, Flash Mobile alcanzó las 144.016 líneas móviles al cierre de marzo de 2021, siete veces más lo observado el año previo (622,9%) con 19.922 líneas, reportó Osiptel.

 

En tanto, Bitel ganó 8,6% más de líneas con lo que alcanzó las 7,3 millones de líneas móviles, seguida de Entel (+6,5%) que obtuvo 8,7 millones de líneas y Movistar (+1,4%) que alcanzó las 12,6 millones de líneas. Sin embargo, Claro se hizo de 11,2 millones de líneas móviles, un retroceso de 4,4% respecto a marzo del año pasado.

 

Participación de mercado

 

A pesar de estas variaciones en la cantidad de líneas por empresa operadora, se mantuvo el mismo orden en la participación de mercado para Telefónica (31,49%), Claro (28,01%), Entel (21,83%), Bitel (18,26%), Flash Mobile (0,36%) y Guinea Mobile (0,05%) a marzo de 2021.

 

Con cada vez más líneas activas en el servicio móvil, la competencia entre las empresas operadoras seguirá siendo beneficiosa para los usuarios.

 

Reconocimiento

 

Para facilitar la comparación y evaluación de distintos planes tarifarios vigentes de todas las empresas operadoras de una manera sencilla y amigable, el Osiptel creó la herramienta digital Comparatel, empleada más de un millón de veces por más de 700.000 usuarios desde su lanzamiento en febrero de 2020.

 

Esta herramienta digital ha sido ganadora de la edición anual de los Premios de la Cumbre Mundial sobre la Sociedad de la Información (CMSI) 2021, concurso organizado por la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT), organismo especializado de las Naciones Unidas, en la categoría de Acceso a la Información y el Conocimiento. Para acceder a Comparatel ingresa a www.comparatel.pe.