Legal-Tributario

Sunat desactivó el periodo de gracia para los comprobantes electrónicos

Álvaro Gálvez Calderón

Con la publicación de la Resolución de Superintendencia 000075-2026/SUNAT, el pasado 30 de abril en edición extraordinaria del Diario Oficial El Peruano, la administración tributaria eliminó los plazos de transición que acompañaban la incorporación de los contribuyentes al sistema electrónico.

A partir del 1 de junio de 2026, los contribuyentes pasarán a ser emisores electrónicos desde el mismo momento en que se inscriben en el RUC, sin margen de adaptación previo.

Antes de esta modificación, el sistema otorgaba un periodo que podía extenderse hasta el tercer mes posterior a la inscripción. Esa lógica gradual ha sido descartada.

¿Quiénes quedan comprendidos en la nueva obligación?

La norma alcanza principalmente a tres grandes grupos:

  • Nuevos contribuyentes que se inscriben en el RUC bajo el Régimen General, MYPE Tributario o Régimen Especial.
  • Contribuyentes que migran del Nuevo RUS hacia un régimen de tercera categoría.
  • En general, todos aquellos obligados a emitir comprobantes de pago que permitan sustentar costo, gasto o crédito fiscal.

En todos estos supuestos, la emisión de facturas, boletas, notas de crédito y débito será necesariamente electrónica desde el inicio de la obligación.

El SIRE

La resolución establece, además, que los contribuyentes deberán llevar tanto el Registro de Ventas e Ingresos (RVIE) como el Registro de Compras Electrónico (RCE) desde el mismo periodo en que nace la obligación tributaria, utilizando el SIRE.

Esto implica que la contabilidad tributaria deje de ser un proceso posterior y se convierta en una actividad sincronizada con la operación comercial.

El SIRE funciona como una plataforma que genera propuestas automáticas de registros en base a comprobantes electrónicos, permitiendo validar, complementar o corregir información y alimentar directamente la determinación del IGV.

En la práctica, la SUNAT pasa de fiscalizar a posteriori a controlar en tiempo casi real.

Trazabilidad total de las operaciones

La medida busca tres objetivos estratégicos:

  1. Masificación de la facturación electrónica

La eliminación del periodo de adecuación evita que contribuyentes operen temporalmente fuera del sistema digital.

  1. Integración de información tributaria

La emisión electrónica y el SIRE se articulan en un solo flujo de datos, lo que reduce inconsistencias y mejora la calidad de la información fiscal.

  1. Mayor control y reducción de la informalidad

Al registrar operaciones desde su origen, la SUNAT fortalece la trazabilidad y reduce espacios para sub declarar ingresos, utilizar indebidamente el crédito fiscal y omitir anotaciones contables.

Cambios operativos para las empresas

Las empresas deben implementar de manera obligatoria sistemas de facturación electrónica desde el inicio, integración con plataformas como SEE, OSE o facturadores SUNAT, por tanto hay una eliminación definitiva del uso de comprobantes físicos.

A nivel contable

  • Registro de operaciones directamente en el SIRE.
  • Dependencia de la información automatizada por SUNAT.
  • Controles internos para validar registros.

A nivel de fiscalización

Podría Incrementarse las fiscalizaciones automatizadadas, cruce masivo de información entre comprobantes y registros y reducción del margen de error o discrecionalidad en SUNAT.

Mecanismos de Transición y flexibilidad

Pese a la rigidez del nuevo esquema, la SUNAT ha mantenido algunos mecanismos de transición:

  • Aplicación desde el 1 de junio de 2026, dando una ventana previa de preparación.
  • Automatización progresiva del SIRE, que ya venía implementándose desde 2023.
  • Periodos de no sanción temporal para errores en el uso del sistema, en normas complementarias del propio 2026.

Nuevo modelo de cumplimiento tributario

La Resolución 000075-2026/SUNAT forma parte de un proceso amplio de transformación digital del sistema tributario peruano, iniciado hace más de una década con la facturación electrónica y consolidado ahora con el SIRE. El resultado es un cambio de paradigma, se pasa de las declaraciones basadas en registros propios, a información propuesta por la SUNAT, lo que implica también el tránsito de un control ex post, a la supervisión en línea y al cumplimiento automatizado de la obligación tributaria.

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@camaracomerciolima 🚨 ¡Atención, empresarios y emprendedores!🚨 @Sunat Oficial elimina el periodo de gracia para comprobantes electrónicos. Desde el 1 de junio de 2026, los nuevos contribuyentes deberán emitir comprobantes electrónicos desde el mismo momento en que se inscriben en el #RUC, sin tiempo de adaptación. Mira el video para conocer todos los detalles. ⚠️ Si tienes negocio o emites facturas electrónicas, este cambio te afecta directamente. #ccl #peru #sunat #empresarios ♬ sonido original – Cámara de Comercio de Lima

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