• SBS modifica reglamento para elegir directores de cajas municipales

    13 de agosto del 2020
    Reproducir:

    image_pdfimage_print

    La Superintendencia de Banca, Seguros y AFP (SBS) señaló que, con el objetivo de promover un adecuado gobierno corporativo y la idoneidad de los representantes de las cajas municipales de ahorro y crédito (CMAC), se modificó, mediante Resolución N° 1993-2020, el Reglamento para la elección de los directores de estas entidades financieras, a fin de realizar precisiones relacionadas, principalmente, a aspectos relacionados con la participación del director alterno, los requisitos para ser director, la documentación requerida para acreditar su idoneidad técnica, el proceso de designación, nominación y revocatoria, así como el plazo de duración del cargo de director de los representantes de los pequeños comerciantes o productores.

     

    Según la norma publicada hoy en el Diario Oficial, para un ordenado desarrollo de las sesiones del Directorio y/o comités exigidos, se establece que el director alterno solo participe en ausencia del director titular en estas sesiones. Se mantiene la disposición de que el director titular y el alterno no podrán percibir, en conjunto, más de tres (3) dietas al mes por su participación en el directorio y/o en los comités exigidos.

     

    También se establece que, en un plazo no mayor de diez (10) días útiles -contados a partir de la recepción del informe de la Unidad de Auditoría Interna (UAI) con la evaluación de un director propuesto-, la SBS podrá pronunciarse sobre dicha evaluación y su pronunciamiento tendrá carácter vinculante. Transcurrido el plazo, sin que la Superintendencia se pronuncie, se entenderá que los resultados de dicha evaluación son conformes, por lo que se procederá con la nominación del director por parte del Concejo Municipal.

     

    En el caso de revocación de directores por parte de la entidad designante, esta será comunicada con 15 días útiles de anticipación a su efectividad, simultáneamente, al director en cuestión, a la Gerencia Mancomunada de la CMAC y a la SBS. Dicha comunicación debe indicar los motivos de la revocatoria, la cual tendrá carácter de declaración jurada. La Superintendencia podrá requerir información adicional a la entidad designante sobre dicha revocatoria por escrito o mediante convocatoria a la entidad designante y/o al director revocado.

     

    Finalmente, se adecúa a la Ley N° 30607 (Ley que modifica y fortalece el funcionamiento de las CMAC), el plazo de duración del cargo de director representante de los pequeños comerciantes y productores (tres años).

    No hay imágenes cargadas en la galería, por favor desactivar la opción de galeria.

    ESTUDIOS

    EMPRESA

    EXPERIENCIA LABORAL

    Tags:

Entradas Recientes

CCL: bloqueo en el sur pondría en riesgo S/ 622 millones diarios y elevaría la inflación regional

El Instituto de Economía y Desarrollo Empresarial (IEDEP) de la Cámara de Comercio de Lima (CCL) advirtió que el bloqueo de carreteras generado por mineros informales podría afectar potencialmente el 20 % del Producto Bruto Interno (PBI) correspondiente a las regiones de Arequipa, La Libertad, Ica y Cusco. Esta participación es equivalente a S/ 622 […]

Cyber Days, Cyber wow: ¿Cómo evitar ser víctima de fraudes?

Durante julio se desarrollan el Cyber Days y el Cyber Wow, eventos que permitieron que el 2024 el comercio electrónico en Perú superara los US$ 23 000 millones, según el Centro de Transformación Digital de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), pero que también demandan estar alertas para evitar los fraudes. “El entusiasmo por […]

Artículos relacionados

Dejar un Comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *

BANNER CCR CUORE HASTA 21/03/2025
Suscríbete Contáctanos