Proyecto sobre el regreso del servicio militar obligatorio no tiene sustento

Desde la bancada de Renovación Popular, a través de la congresista Noelia Herrera, se lanzó el proyecto de ley N°9166, con la finalidad de implementar el servicio militar obligatorio a mayores de 18 años y menores de 51 años, que no estén ni estudiando ni trabajando. De aceurdo al documento, el objetivo es fomentar el patriotismo, la responsabilidad cívica, la disciplina y el compromiso con la defensa nacional.

El servicio militar obligatorio fue suspendido durante el gobierno de Alberto Fujimori en el año 1998, a través de la promulgación de la Ley N°27178. Aunque intentó recurrirse a un sorteo entre ciudadanos varones de 18 años cuando no se cubría la cuota necesaria, esto terminó cancelándose tras generarse críticas por considerarse discriminatorio. El nuevo proyecto de ley,propuesto por la congresista Herrera, espera que la defensa nacional se «fortalezca«, al asegurarse que el país cuente con el número suficiente de personas capacitadas para responder a «situaciones de emergencia o conflictos»,así como «crear oportunidades de formación y desarrollo personal para los jóvenes«.

Para darle mayor paso al proyecto de ley sobre el servicio militar obligatorio, la bancada de Renovación Popular colocó de ejemplo a países como Suiza, Israel y Corea del Sur, donde la medida ha conseguido resultados positivos. Sin embargo, esta propuesta no es realista para Giovanni Conetta, expresidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Empresarial de la Cámara de Comercio de Lima (CCL), quién tiene una posición en contra tras revisar el proyecto de ley.

Servicio militar obligatorio: ¿Quién asumirá el costo?

Conetta calificó la propuesta como «una que no tiene mayor sustento«. Para el especialista, hay muchos factores en contra para poder hacer realidad el servicio militar obligatorio que no se contemplan ni en la norma ni en la exposición de motivos como: «¿Han analizado quién asumirá el costo o si se cuenta con la infraestructura para el alojamiento de miles ciudadanos?; ¿Qué cantidad de ciudadanos por año se incorporarán al mismo? o ¿cuál es la lógica del servicio militar hasta los 51 años?«, cuestionó Conetta, al mismo tiempo que sigue preguntándose qué pasaría si un ciudadano decide tomarse un descanso entre un trabajo y otro encontrándose voluntariamente sin empleo en ese momento.

servicio militar obligatorio

El expresidente de la Comisión de Seguridad Ciudadana y Empresarial mostró igualmente su preocupación sobre los profesionales independientes: «¿Qué pasa con ellos? Pues no se precisa la definición de ‘no trabajo’. Por poner un ejemplo, un trabajador independiente como diseñador freelance, un traductor o un coach que no necesariamente tienen una actividad laboral que ocupe una jornada de trabajo como la de un trabajador dependiente… ¿Quién decide si estás trabajando o no?«. Otro punto cuestionable para Conetta es la mención a que serán exentos aquellos «estudiantes de instituciones educativas reconocidas que se encuentren realizando estudios superiores o técnicos«. Sobre ese punto, el especialista dijo: «No se define lo que en la norma se entiende como una insitutición reconocida, por lo que la definición de la misma sería totalmente subjetiva ¿Y si estoy haciendo un seminario o educación a distancia de un proveedor extranjero? Los fundamentos no evidencian lógica«.

Por último, respecto a los puntos sobre responsabilidad cívica, Conetta considera que no tiene nada que ver el civismo con la educación militar; y para él, deberían regresar los cursos de educación cívica: «Al ciudadano se le forma desde la casa y en la etapa escolar, no en un cuartel«.

¿Quiénes quedarán exentos del servicio militar obligatorio?

  • El proyecto presentó una lista de personas que no estarán obligadas:
  • Ciudadanos con discapacidad física o mental que impida su incorporación.
  • Aquellos que se encuentren en situaciones de salud que les impida realizar actividades físicas.
  • Estudiantes de instituciones eduactivas reconocidas que se encuentran cursando estudios superiores o técnicos.
  • Personas que sean responsables del cuidado de dependientes (niños, ancianos o personas con discapacidad)

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